El Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), la Universidad Complutense de Madrid y el Institut de Recerca i Tecnologia Agroalimentàries, empresa pública de la Generalidad de Cataluña, han formalizado, con fecha 10 de junio de 2005, un Convenio de Colaboración para la realización del proyecto denominado «Seguridad de productos cárnicos: procesos no térmicos y procedimientos biológicos para la eliminación de patógenos y la reducción de compuestos tóxicos».
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado Convenio, en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 29 de agosto de 2005.-El Director General, Mario Gómez Pérez.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA (INIA), LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Y EL INSTITUT DE RECERCA I TECNOLOGÍA AGROALIMENTARIES PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO «SEGURIDAD DE PRODUCTOS CÁRNICOS: PROCESOS NO TÉRMICOS Y PROCEDIMIENTOS BIOLÓGICOS PARA LA ELIMINACIÓN DE PATÓGENOS Y LA REDUCCIÓN DE COMPUESTOS TÓXICOS»
En Madrid, a 10 de junio de 2005.
REUNIDOS
De una parte, el Sr. D. Mario Gómez Pérez, Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con CIF. Q-2821013-F, con sede en Madrid, Ctra. de La Coruña, km 7,5, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 1879/2004, de 6 de septiembre, por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 12.2.d) del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre.
De otra parte, la Sra. Dña. Carmen Acebal Sarabia, Vicerrectora de Investigación y Política Científica de la Universidad Complutense de Madrid, nombrada por Decreto Rectoral 8/2005, de 14 de Marzo, y en virtud de lo que establece el Artículo 67.2 del Decreto 58/2003, de 8 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid (BOCM de 28 de mayo de 2003), y de las competencias que le han sido delegadas en la Resolución de 14 de Marzo de 2005, de la Universidad Complutense de Madrid, sobre delegación de competencias en diversos órganos unipersonales de esta Universidad (BOCM número 64, de 17 de Marzo de 2005). De otra parte, el Sr. D. Josep Tarrago i Colominas, Director General del Institut de Recerca i Tecnología Agroalimentaries (en lo sucesivo IRTA), empresa pública de la Generalidad de Cataluña creado por Ley 23/1985 de 28 de Noviembre del Parlamento de Cataluña, con CIF Q-5855049-B, con sede en Barcelona, Paseo de Gracia, 44, en representación del mismo en virtud del Decreto 335/1985 de 5 de Diciembre por el que se dispone su nombramiento y actuando conforme a las atribuciones conferidas por el Consejo de Administración del IRTA que deberá ratificar este convenio Actuando todos ellos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar el presente Convenio.
EXPONEN
Primero.-Que el INIA, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia por el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, de reestructuración de los departamentos ministeriales, actúa conforme a lo establecido en el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo y de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, en virtud de la cual pueden celebrar convenios de Colaboración los Organismos Públicos de Investigación.
Segundo.-Que por Resolución de 18 de junio de 2002, del Director General del INIA, se hizo pública la convocatoria de proyectos para el desarrollo del Plan Estratégico de actuación para el trienio 2001-2003, en la cual se valoró positivamente la presentación de proyectos coordinados, constituidos por dos o más subproyectos a cargo de otros tantos grupos de investigación del mismo o de distintos Departamentos o Centros del INIA u otros centros públicos de investigación. De esta manera, se ha pretendido fomentar la cooperación científica entre grupos de investigación con el fin de alcanzar objetivos que difícilmente podrían acometerse en un contexto más restringido. Tercero.-Que en el Proyecto CPE03-012-C3 denominado «Seguridad de Productos Cárnicos: Procesos no térmicos y procedimientos biológicos para la eliminación de patógenos y la reducción de compuestos tóxicos», aprobado entre los presentados a la citada convocatoria y coordinado por un investigador del INIA, se incluye la colaboración de un grupo de investigación de la UCM y otro del IRTA. El grupo perteneciente a la UCM está adscrito a la Facultad de Veterinaria y el correspondiente al IRTA al Centro de Tecnología de la Carne. Estos grupos, junto con otro del INIA, serán los encargados de la realización del Proyecto, dividido en los tres subproyectos que se resumen en el anexo 1 al presente Convenio. Cuarto.-Que el gasto derivado del presente convenio, al ser plurianual, ha obtenido la preceptiva autorización del Consejo de Ministros, tal como dispone el artículo 74.5 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre General Presupuestaria.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, que se regirá de conformidad a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.-El objeto del Convenio es la realización del proyecto «Seguridad de Productos Cárnicos: Procesos no térmicos y procedimientos biológicos para la eliminación de patógenos y la reducción de compuestos tóxicos», financiado conforme a lo prescrito en la convocatoria de proyectos para el desarrollo del Plan Estratégico de actuación para el trienio 2001-2003, según resolución de 18 de junio de 2002, modificada por resolución de 16 de diciembre de 2003.
Segunda. Actuación de las partes.-El Proyecto objeto del presente Convenio, coordinado por un investigador del INIA, está subdividido en tres Subproyectos siguientes:
Subproyecto n.º 1: Altas presiones y lactoferrina activada en la mejora de la seguridad de los productos cárnicos
Subproyecto n.º 2: Optimización del tratamientos de productos cárnicos con electrones acelerados Subproyecto n.º 3: Utilización de métodos combinados (altas presiones y bacteriocinas) para el incremento de la seguridad microbiana en productos cárnicos cocidos loncheados y embutidos fermentados de pH elevado.
En el anexo 1 se resumen las actividades que deberán ser desarrolladas en cada uno de estos Subproyectos.
Las actuaciones de las partes son las siguientes:
1. Compromisos del INIA: Coordinación del Proyecto.
El INIA será responsable de la realización del Subproyecto 1, cuyas actividades serán desarrolladas por un grupo de investigación adscrito a la Subdirección General de Investigación y Tecnología (SGIT). Pago a la UCM y al IRTA de los presupuestos aprobados para la realización de los Subproyectos 2 y 3, respectivamente.
2. Compromisos de la UCM:
La UCM será responsable de la realización del Subproyecto 2, cuyas actividades serán desarrolladas por un grupo de investigación adscrito a la Facultad de Veterinaria.
3. Compromisos del IRTA:
El IRTA será responsable de la realización del Subproyecto 3, cuyas actividades serán desarrolladas por un grupo de investigación adscrito al Centro de Tecnología de la Carne.
Tercera. Evaluación económica.-El coste total del Proyecto, objeto del presente Convenio, es de trescientos ochenta y cuatro mil setecientos veinticuatro euros (384.724 €) que se distribuyen por organismos, subproyectos y anualidades conforme se indica en el cuadro adjunto.
Organismo |
Subproyecto |
Anualidades (€) |
|||
2005 |
2006 |
2007 |
Total |
||
INIA |
1 |
80.496 |
75.429 |
75.735 |
231.660 |
UCM |
2 |
28.191 |
29.342 |
17.373 |
74.906 |
IRTA |
3 |
34.237 |
30.841 |
13.080 |
78.158 |
Total Proyecto |
142.924 |
135.612 |
106.188 |
384.724 |
El INIA abonará a la UCM la cantidad total de setenta y cuatro mil novecientos seis euros (74.906 €), distribuida en las anualidades expuestas en el cuadro anterior. Estos pagos se realizarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.204.467D.740.01.
Así mismo, el INIA abonará al IRTA la cantidad total de setenta y ocho mil ciento cincuenta y ocho (78.158 €), distribuida en las anualidades que se exponen en el citado cuadro. Estos pagos se realizarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.204.467D.751.00.
Cuarta. Comisión de Seguimiento.-Se establecerá una Comisión de Seguimiento con objeto de examinar la marcha de los trabajos, revisar su programación, si es necesario, y resolver las discrepancias, dudas o conflictos que se presente en la ejecución de las actividades del Convenio.
La Comisión estará formada por los investigadores responsables de cada Subproyecto y un representante de la Delegación de la Administración del Estado designado por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma. Estará presidida por el Coordinador del Proyecto. La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año; y a petición de cualquiera de las partes siempre que las necesidades lo requieran. En todo lo no previsto en el presente Convenio, la Comisión de Seguimiento se regirá según lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre órganos colegiados. Quinta. Información entre las partes.-Cada parte se compromete a mantener informada a las otras partes firmantes del presente Convenio, tanto de los trabajos científico-técnicos alcanzados en su realización, como de cualquier extremo relevante para la consecución del mismo. Sexta. Propiedad de los resultados y uso de los mismos.-Las partes han acordado que la propiedad de los resultados, objeto del presente Convenio, será del INIA, de la UCM y del IRTA en la siguiente proporción:
INIA: 60,2 %.
UCM: 19,5 %. IRTA: 20,3 %.
En la medida en que estos resultados sean susceptibles de protección legal, la titularidad de los derechos de propiedad industrial relativos a las invenciones que pudieran derivarse de los referidos trabajos de investigación, pertenecerá asimismo a las partes signatarias del presente convenio en la proporción anteriormente establecida, apareciendo como inventores todos y cada uno de los investigadores cuya aportación científica sea relevante.
En cuanto a propiedad intelectual se refiere, se respetará siempre la mención a los autores de los distintos trabajos, pudiendo ser objeto de cesión solo los derechos de carácter patrimonial. Los beneficios que puedan recibir el INIA por la comercialización de estos resultados se distribuirán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes de invención y modelos de utilidad. Los resultados obtenidos tendrán carácter reservado y las partes mantendrán la confidencialidad sobre la información generada durante la ejecución de los trabajos del Convenio. La posible publicación de los resultados en revistas científicas o de divulgación necesitará del permiso por escrito y expreso de las partes. Así mismo, la publicación de estos resultados se realizará conjuntamente por las partes o, cuando menos, citando la labor de cooperación realizada por la otra. Séptima. Régimen del personal.-El régimen del personal de cada una de las partes que desarrolle actividades en sede de la otra, deberá respetar sus normas de funcionamiento interno sin que en ningún caso se altere la relación jurídica ni adquiera derecho alguno frente a la otra parte. Será de cuenta de los organismos ejecutores de cada Subproyecto la cobertura de las obligaciones en materia de Seguridad social, mutualidad, seguro de accidentes y todo tipo de cargas y gravámenes relativos al personal que aporten para la realización y desempeño de los trabajos objeto del presente Convenio. También serán responsables de la cobertura de la responsabilidad civil en que pudieran incurrir durante el desarrollo de los trabajos previstos en el mismo. Octava. Comienzo de efectos y duración del Convenio.-El presente Convenio surtirá efectos desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2007. Novena. Modificación del Convenio.-El presente Convenio de colaboración podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes, mediante la suscripción de la oportuna Addenda al Convenio, siempre que se formalice antes de la expiración del plazo de duración del mismo. No se podrá modificar el plazo de duración del presente Convenio. Décima. Resolución del Convenio.-El presente Convenio de colaboración podrá ser rescindido por mutuo acuerdo de las partes. La resolución del Convenio no interrumpirá la marcha de todas aquellas actuaciones que se hallaran en ejecución, hasta su completa terminación. Undécima. Régimen jurídico y resolución de conflictos.-El presente Convenio es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio y modificada por el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, por lo que queda fuera del ámbito de aplicación de la misma; sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Las cuestiones litigiosas a que se pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente Convenio serán resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento. Si no hubiera acuerdo, las discrepancias que surjan serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
En prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente Convenio en triplicado ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados. El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Mario Gómez Pérez.-La Vicerrectora de Investigación de la Universidad Complutense de Madrid, Carmen Acebal Sarabia.-El Director General del Institut de Recerca i Tecnología Agroalimentaries, Joseph Tarrago i Colominas.
ANEXO 1 Proyecto CPE03-012-C3
Título: Seguridad de productos cárnicos: Procesos no térmicos y procedimientos biológicos para la eliminación de patógenos y la reducción de compuestos tóxicos. Coordinador: Dr. Núñez Gutiérrez, Manuel.
Subproyecto n.º 1: Altas presiones y lactoferrina activada en la mejora de la seguridad de los productos cárnicos.
Organismo ejecutor: INIA. Centro: SGIT. Investigador responsable: Dr. Núñez Gutiérrez, Manuel. Actividades:
1. Eliminación de patógenos en carne y productos cárnicos mediante tratamientos por altas presiones hidrostáticas, lactoferrina activada y otros procedimientos biológicos.
2. Efectos de los tratamientos sobre las características fisicoquímicas y sensoriales de la carne y los productos cárnicos. 3. Cinética de la formación de aminas heterocíclicas en carne y productos cárnicos tratados y sin tratar sometidos a distintas prácticas culinarias.
Presupuesto:
Subproyecto 1. INIA
Conceptos |
Financiación (€) |
||||
2005 |
2006 |
2007 |
Total |
||
Personal investigador contratado |
20.074 |
30.750 |
31.350 |
82.174 |
|
Otro personal contratado |
20.862 |
21.279 |
21.705 |
63.846 |
|
Personal laboral eventual |
0 |
||||
Instalaciones y equipo |
14.000 |
14.000 |
|||
Gastos de funcionamiento y otros . |
18.500 |
18.000 |
16.000 |
52.500 |
|
Dietas y locomoción nacionales |
1.500 |
1.500 |
1.500 |
4.500 |
|
Dietas y locomoción extranjero |
1.300 |
1.400 |
2.700 |
||
Total |
76.236 |
71.529 |
71.955 |
219.720 |
|
Costes indirectos |
4.260 |
3.900 |
3.780 |
11.940 |
|
Total financiación |
80.496 |
75.429 |
75.735 |
231.660 |
Subproyecto n.º 2: Optimización del tratamientos de productos cárnicos con electrones acelerados.
Organismo ejecutor: Universidad Complutense de Madrid Centro: Facultad de Veterinaria. Investigador responsable: Dr. Ordóñez Pereda, José Antonio. Actividades:
1. Efecto de la irradiación con electrones acelerados sobre la eliminación de patógenos en carne y productos cárnicos.
2. Efectos de la irradiación con electrones acelerados sobre las características fisicoquímicas y sensoriales de la carne y los productos cárnicos. 3. Optimización de la irradiación de la carne y los productos cárnicos para la eliminación de patógenos.
Presupuesto:
Conceptos |
Financiación (€) |
||||
2005 |
2006 |
2007 |
Total |
||
Personal investigador contratado . |
0 |
||||
Otro personal contratado |
11.931 |
12.122 |
4.965 |
29.018 |
|
Personal laboral eventual |
0 |
||||
Instalaciones y equipo |
0 |
||||
Gastos de funcionamiento y otros . |
12.200 |
11.700 |
9.100 |
33.000 |
|
Dietas y locomoción nacionales |
1.350 |
1.350 |
1.240 |
3.940 |
|
Dietas y locomoción extranjero |
1.300 |
1.300 |
|||
Total |
25.481 |
26.472 |
15.305 |
67.258 |
|
Costes indirectos |
2.710 |
2.870 |
2.068 |
7.648 |
|
Total financiación |
28.191 |
29.342 |
17.373 |
74.906 |
Subproyecto n.º 3: Utilización de métodos combinados (altas presiones y bacteriocinas) para el incremento de la seguridad microbiana en productos cárnicos cocidos loncheados y embutidos fermentados de pH elevado.
Organismo ejecutor: IRTA. Centro: Centro de Tecnología de la Carne (Monells). Investigador responsable: Dr. Monfort Bolívar, Josep Maria. Actividades:
1. Efectos de las combinaciones de altas presiones, bacteriocinas y sales de ácidos orgánicos sobre la destrucción de microorganismos patógenos y la calidad organoléptica y fisicoquímica de los productos.
2. Formación de óxidos de colesterol en carne y productos cárnicos tratados y sin tratar sometidos a distintas prácticas culinarias.
Presupuesto:
Conceptos |
Financiación (€) |
||||
2005 |
2006 |
2007 |
Total |
||
Personal investigador contratado |
0 |
||||
Otro personal contratado |
14.317 |
14.701 |
29.018 |
||
Personal laboral eventual |
0 |
||||
Instalaciones y equipo |
0 |
||||
Gastos de funcionamiento y otros |
15.850 |
11.250 |
10.150 |
37.250 |
|
Dietas y locomoción nacionales |
750 |
900 |
750 |
2.400 |
|
Dietas y locomoción extranjero |
1.300 |
1.300 |
|||
Total |
30.917 |
28.151 |
10.900 |
69.968 |
|
Costes indirectos |
3.320 |
2.690 |
2.180 |
8.190 |
|
Total financiación |
34.237 |
30.841 |
13.080 |
78.158 |
RESUMEN DEL PRESUPUESTO
Distribución por conceptos
Conceptos |
Financiación (€) |
||||
2005 |
2006 |
2007 |
Total |
||
Personal investigador contratado |
20.074 |
30.750 |
31.350 |
82.174 |
|
Otro personal contratado |
47.110 |
48.102 |
26.670 |
121.882 |
|
Personal laboral eventual |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
Instalaciones y equipo |
14.000 |
0 |
0 |
14.000 |
|
Gastos de funcionamiento y otros |
46.550 |
40.950 |
35.250 |
122.750 |
|
Dietas y locomoción nacionales |
3.600 |
3.750 |
3.490 |
10.840 |
|
Dietas y locomoción extranjero |
1.300 |
2.600 |
1.400 |
5.300 |
|
Total |
132.634 |
126.152 |
98.160 |
356.946 |
|
Costes indirectos |
10.290 |
9.460 |
8.028 |
27.778 |
|
Total financiación |
142.924 |
135.612 |
106.188 |
384.724 |
Presupuesto del proyecto
Organismo |
Subproyecto |
Anualidades (€) |
||||
2005 |
2006 |
2007 |
Total |
|||
INIA |
1 |
80.496 |
75.429 |
75.735 |
231.660 |
|
UCM |
2 |
28.191 |
29.342 |
17.373 |
74.906 |
|
IRTA |
3 |
34.237 |
30.841 |
13.080 |
78.158 |
|
Total Proyecto |
142.924 |
135.612 |
106.188 |
384.724 |
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