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Documento BOE-A-2005-18155

Orden CUL/3424/2005, de 6 de septiembre, por la que se otorga la garantía del Estado a cincuenta y ocho obras para su exhibición en el Museo Nacional de Arte Romano de Mérida, en la exposición «Imágenes y Mensajes. Escultura Romana del Museo de Évora».

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 3 de noviembre de 2005, páginas 36113 a 36114 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2005-18155

TEXTO ORIGINAL

A petición del Museo Nacional de Arte Romano. De acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, así como la disposición adicional sexta de la Ley 2/2004, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005. Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, del Servicio Jurídico y de la Oficina Presupuestaria del Departamento y De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, he tenido a bien disponer:

Primero.-Otorgar la garantía del Estado prevista en las indicadas disposiciones con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan y con total sujeción al Real Decreto 1680/1991.

Segundo.-Dicha garantía se circunscribe exclusivamente a los bienes culturales que figuran en el Anexo, que formarán parte de la exposición «Imágenes y Mensajes. Escultura romana del Museo de Évora» que tendrá lugar en el Museo Nacional de Arte Romano entre el 4 de noviembre de 2005 y el 8 de enero de 2006. La recogida de las piezas se realizará a partir del 14 de octubre de 2005, mientras que la entrega de las mismas tendrá lugar hasta el 28 de enero de 2006. El valor económico total de dichos bienes es de 370.000 €. El valor individual de cada bien es el fijado en el Anexo. Tercero.-Previamente a la entrega de las obras garantizadas en sus lugares de recogida, personal técnico cualificado deberá elaborar un informe exhaustivo sobre el estado de conservación de cada una de las obras. Obtenida la conformidad escrita de cedente y cesionario sobre dicho informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta de entrega. En cualquier caso, e independientemente de cuándo se produzca la firma del acta, la garantía del Estado comenzará a surtir efecto a partir de la entrega de las obras en su lugar de origen a la empresa encargada de realizar el transporte de las mismas. Tras su exhibición en las salas del Museo Nacional de Arte Romano, las obras serán entregadas al cedente en el lugar por éste designado, firmándose en ese momento el acta de devolución del bien, en la que deberá constar la conformidad de cedente y cesionario con las condiciones en las que se encuentra la obra que es devuelta. En cualquier caso, e independientemente de cuándo se produzca la firma del acta, la garantía del Estado dejará de surtir efecto a partir de la devolución de las obras en su lugar de origen o en otro designado por el cedente por parte de la empresa encargada de realizar el transporte de las mismas. Cuarto.-El centro solicitante de la garantía o los cedentes del bien cultural, asegurarán las cantidades no cubiertas por esta garantía en virtud del artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991. Quinto.-Esta garantía se otorga a los bienes culturales descritos en el Anexo que se cita en el apartado segundo y comporta, según lo dispuesto en el artículo 3.4 del Real Decreto 1680/1991, el compromiso del Estado de indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras mencionadas, de acuerdo con los valores reflejados en el Anexo y las condiciones expresadas en la documentación que obra en el expediente. Sexto.-Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio Cultura, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado. Séptimo.-El Museo Nacional de Arte Romano enviará a la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la devolución de las obras al cedente, certificado extendido por su Director acreditando el término de la garantía otorgada, así como cualquier circunstancia que afecte a la misma. Octavo.-La Institución cesionaria adoptará todas las precauciones necesarias para el estricto cumplimiento de lo previsto en esta Orden, así como las medidas que sean procedentes para la seguridad y conservación de los bienes garantizados. Noveno.-Se incorpora a esta Orden, formando parte de la misma, el Anexo que se cita en el apartado segundo.

Décimo.-La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura dará inmediata cuenta, por vía telemática, del otorgamiento del compromiso del Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Economía y Hacienda.

Madrid, 6 de septiembre de 2005.-P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, BOE del 31), el Subsecretario, Antonio Hidalgo López.

ANEXO QUE SE CITA

Orden

Obra

N.º Inv.º

Dimensiones

Material

Valor (€)

1

Friso com páteras e bucraneos

ME 1719

Alt. 57 cm (16 elementos).

Granito.

25.000

2

Capitel

ME 1705

33 x 37 cm

Mármore.

1.500

3

Capitel

ME 1710

33 x 37 cm

Mármore.

1.500

4

Lintel

ME 5051

42 x 53 x 165 cm

Mármore.

3.000

5

Fragmento de Friso

ME 5055

52 x 24,5 cm

Mármore.

2.000

6

Mão direita de Estátua com patera

ME 488

Alt. 31,5 cm

Mármore.

5.000

7

Fragmento de retrato masculino

ME 494

Alt. 29 cm

Mármore.

3.000

8

Mão com bastão

ME 493

Alt. 19 cm

Mármore.

2.000

9

Fragmento de dedo

ME 546

Alt. 11 cm

Mármore.

1.000

10

Dedo polegar esquerdo

ME 4058

Alt. 9 cm

Mármore.

1.000

11

Fragmentos (2) de dedo de estátua colossal

ME 547 e ME 548.

12 + 10 cm

Mármore.

1.000

12

Leão

ME 505

83 x 132,5 cm

Mármore.

15.000

13

Cabeça Feminina

ME 5053

Alt. 21,2 cm

Mármore.

2.500

14

Cabeça masculina

ME 4117

Alt. 16,5 cm

Mármore.

2.000

15

Ara a Júlia Norbana

ME 1706

Alt. 71 cm

Mármore.

5.000

16

Ara a Canídia Albina

ME 1718

Alt. 130

Mármore.

15.000

17

Placa funerária de Júlia Munilla e Júlia Galla

ME 1818

43 x 70 cm

Mármore.

2.500

18

Fragmento de Lintel

ME 1712

49 x 103 cm

Mármore.

4.000

19

Ara a Silvanus

ME 1708

70 x 41 cm

Mármore.

4.000

20

Ara a Lucius Fabius

ME 1709

66,5 x 28,5

Mármore.

4.000

21

Fragmento de estatueta de Vénus Marina

ME 490

Alt. 31,5 cm

Mármore.

2.000

22

Efebo

ME 4462

Alt. 70 cm

Bronze.

20.000

23

Fragmentos de torso de Eros

ME 3595

Alt. 36 cm

Mármore.

2.500

24

Sátiro

ME 1721

Comp. 159 cm

Mármore.

40.000

25

Busto de mulher

ME 1711

Alt. 56 cm

Mármore.

40.000

26

Mão a segurar bastão

ME 491

Alt. 26 cm

Mármore.

1.000

27

Mão e antebraço

ME 1698

Alt. 40,5 cm

Mármore.

1.000

28

Herma de Dionísio

ME 175

Alt. 22 cm

Mármore.

2.500

29

Menade

ME 1703

21,5 cm

Mármore.

20.000

30

Figura feminina num trono

ME 1707

Alt. 116 cm

Mármore.

50.000

31

Fragmento de estátua de togado

ME 497

Alt. 43 cm

Mármore.

5.000

32

Monumento dedicado a Iova Óptimo Maximo

ME 1715

78 x 58,5 cm

Mármore.

8.000

33

Ara de Múmia Cupita

ME 1702

123 x 63 cm

Mármore.

5.000

34

Ara de Martialis

ME 1704

112 x 49,5

Calcário Róseo.

5.000

35

Ara a Lucius Cominius

ME 1714

52 x 23,5

Mármore.

5.000

36

Cupa de Lucius Polibius

ME 1723

53 x 109,5 cm

Mármore.

15.000

37

Mascarão de recipiente

ME 4482

8,5 cm

Bronze.

1.000

38

Aplique em forma de cabeça de carneiro

ME 4477

5, 3 cm

Bronze.

1.000

39

Estatueta de Javali

ME 3349

5,7 cm

Bronze.

5.000

40

Cavalo

ME 3348

6,5 cm

Bronze.

2.000

41

Hércules criança

ME 4479

6,5

Bronze.

1.000

42

Cabeça

ME 4480

2,2 cm

Bronze.

1.000

43

Águia

ME 3332

4,5 cm

Bronze.

1.500

44

Marte

ME 4481

7,2 cm

Bronze.

1.500

45

Hércules

ME 3333

7,5 cm

Alabastro.

2.500

46

Cabeça

ME 4486

2,8 cm

Terracota.

500

47

Personagem com Paenula

ME 4485

10,5 cm

Terracota.

500

48

Personagem togada

ME 4484

5,7 cm

Terracota.

500

49

Figura feminina com manto

ME 4487

7 cm

Terracota.

500

50

Grupo de dois Erotes

ME 4489

7,9 cm

Terracota.

1.000

51

Lucerna de canal

ME 3389

Ø 8,5 cm

Terracota.

2.500

52

Lucerna de bico redondo

ME 5028

Ø 6,7 cm

Terracota.

1.000

53

Lucerna de volutas

ME 5029

Ø 6, 2 cm

Terracota.

1.000

54

Lucerna de volutas duplas e bico redondo

ME 5030

Ø 7 cm

Terracota.

1.000

55

Lucerna de bico cordiforme

ME 5034

Ø 7,5 cm

Terracota.

1.000

56

Lucerna de corpo circular

ME 5046

Ø 4,8 cm

Terracota.

1.000

57

Lucerna de volutas

ME 5047

Ø 4, 8 cm

Terracota.

1.000

58

Fragmento de estátua feminina sentada (Ceres?)

MNMC E577

94 x 76 cm

Mármore.

20.000

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