Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-A-2005-18164

Resolución de 26 de septiembre de 2005, de la Secretaría de Industria, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se autoriza, para su uso e instalación en la red, un modelo de interruptor de control de potencia, automático magnetotérmico (ICP-M), marca Terasaki, modelo TEM.DIN2, serie DS06.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 3 de noviembre de 2005, páginas 36121 a 36122 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2005-18164

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por la empresa Terasaki España, S.A.U, con domicilio social en Granollers (Barcelona), c/. Roma, s/n. Vistos los artículos 3 y 5 del Real Decreto 1433/2002, de 27 de diciembre, por el que se establecen los requisitos de medida en baja tensión de consumidores y centrales de producción en Régimen Especial. Vista la documentación aportada por la empresa en la que se incluye, entre otros certificados, el informe de referencia LEL.LME.06/1670/05 emitido por el Laboratorio de Material Eléctrico del Centro de ensayos, innovación y servicios (CEIS.SL), de fecha 28 de Junio de 2005, en el que se especifica que los ensayos de los interruptores (ICM-M) se han realizado según se establece en la norma UNE 20317-05, con resultado favorable. Así también la declaración de conformidad CE en cumplimiento del parágrafo f), punto 4 del artículo 5 del RD 1433/2002. Esta Secretaria de Industria, ha resuelto:

Primero.-Autorizar para su uso e instalación en la red el siguiente modelo de interruptor de control de potencia: Interruptor automático magnetotérmico (ICP-M), marca «Terasaki», modelo TEM.DIN2, serie DS06, en sus ejecuciones unipolar, unipolar con neutro; bipolar, tripolar, tripolar con neutro y tetrapolar, para las intensidades nominales 1,5 -3 -3,5 -5 -7,5 -10 -15 -20-25 -30 -35 -40 -45 -50 y 63 A tensiones 230/400 V para unipolares, 230 V para unipolares con neutro y 400 V para el resto de las ejecuciones, poder de corte 6.000 A y frecuencia 50 Hz.

Segundo.-Antes de su comercialización, los interruptores deberán someterse a los ensayos de verificación en origen.

Tercero.-Contra esta resolución que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada delante el consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente de su notificación, sin perjuicio que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 26 de septiembre de 2005.-El Secretario de Industria, Jordi Carbonell Sebarroja.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid