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Documento BOE-A-2005-18351

Resolución de 14 de octubre de 2005, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2005, del Protocolo general de colaboración en materia de drogodependencias, suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 7 de noviembre de 2005, páginas 36498 a 36498 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2005-18351

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 10 de octubre de 2005, Convenio específico para el año 2005 del Protocolo general de colaboración en materia de drogodependencias entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Comunidad Autónoma de Extremadura (Consejería de Sanidad y Consumo), en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 14 de octubre de 2005.-El Secretario General, José Martínez Olmos.

ANEXO Convenio específico para el año 2005 del Protocolo general de colaboración a suscribir entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Extremadura (Consejería de Sanidad y Consumo)

En Madrid, a 10 de octubre de 2005.

REUNIDOS

De una parte, Dña. Elena Salgado Méndez, Ministra de Sanidad y Consumo, nombrada por R.D. 558/2004, de 17 de abril, B.O.E. de 18 de abril, en representación del Gobierno de la Nación, ejercitando la competencia delegada de acuerdo con lo establecido en el Apartado 8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, en la redacción dada por Acuerdo de este mismo Órgano de 3 de julio de 1998, sobre competencias para establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas (B.O.E. de 16 de julio de 1998), de conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De otra, el Excmo. Sr. D. Guillermo Fernández Vara, Consejero de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de las funciones atribuidas por el Art. 33.10 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad y Consumo de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.-Que la actuación de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el año 2005 se concretará en el desarrollo de los programas:

Unas buenas razones para disfrutar educando a tus hijos: 15.000,00 €

Formación. El análisis de género como herramienta de trabajo en la intervención con mujeres consumidoras de drogas: 12.000,00 €. Programa de universalización de la prevención de drogodependencias en el ámbito escolar: 130.000,00 €.

Segundo.-Que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 7 de julio de 2.005, con un total de 157.000,00 euros con cargo al concepto 26.14.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.-Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos. Cuarto.-Que la vigencia de este convenio se extenderá desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2005. Quinto.-Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Sexto.-El presente Convenio queda excluido de la aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 3.1.c. del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados. Firmado.-El Consejero de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, D. Guillermo Fernández Vara.-La Ministra de Sanidad y Consumo, D.ª Elena Salgado Méndez.

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