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Documento BOE-A-2005-18416

Resolución de 21 de julio de 2005, de la Dirección General de Industria y Energía de la Consejería de Industria y Tecnología, por la que se autoriza a la empresa Imefy, S. L., a realizar la verificación en origen de los transformadores de medida de tensión y de intensidad de hasta 36 KV.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 8 de noviembre de 2005, páginas 36656 a 36657 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2005-18416

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por la empresa Imefy, S. L., con domicilio en Pol. Industrial La Cañada, Avda. Siglo XXI s/n, 45470-Los Yébenes (Toledo), para ser autorizada para realizar la verificación en origen de los transformadores de medida de tensión y de intensidad, hasta 36 KV, para servicio interno. Vista la documentación presentada por la empresa. Considerando que la empresa IMEFY, S.L. está inscrita en le Registro de Control Metrológico con el número 11-E-001. Esta dirección General de Industria y Energía, de acuerdo con el Real Decreto 385/2002, de 26 de abril, (BOE 14-05-02) por el que se modifica el Real Decreto 2018/1997, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de puntos de medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica, el Real Decreto 1433/2002, de 27 de diciembre (BOE 31-12-02) por el que se establecen los requisitos de medida en baja tensión de consumidores y centrales de producción en Régimen Especial, y el Decreto 89/2004 por el que se fija la estructura y competencias de la Consejería de Industria y Tecnología, ha resuelto autorizar a la empresa Imefy, S. L. para realizar la verificación en origen de los transformadores de medida de tensión y de intensidad de hasta 36 KV, que fabrica y comercializa bajo las condiciones:

Primera.-Esta autorización será válida hasta que se establezca el procedimiento y condiciones de ejecución de la verificación en origen, según lo indicado en el artículo 11 del Real Decreto 2018/2002, de 27 de diciembre (BOE del 31-12-02).

Segunda.-Imefy, S. L., realizará los ensayos y las comprobaciones necesarias para dar plena garantía de que cada aparato se corresponde con el modelo autorizado para su uso e instalación en la red, siendo conforme con la legislación y normas que le sean de aplicación. Tercera.-Cada transformador verificado llevará una etiqueta con las indicaciones siguientes:

11-E-001

VO-XX

Las siglas VO significan verificación en origen y los dos últimos dígitos XX son variables y corresponden a los dos dígitos finales del año en que se efectúa la verificación.

Cuarta.-El laboratorio donde se realizaran las verificaciones en origen se encuentra en los locales de la empresa IMEFY, S. L., Pol. Industrial La Cañada, Avda, Siglo XXI s/n, 45470 Los Yébenes (Toledo). Quinta.-La relación de medios técnicos y de laboratorio son los presentados en la correspondiente memoria de solicitud. Los instrumentos tienen un carácter legal y deberán ser calibrados periódicamente en un laboratorio de calibración debidamente acreditado. Cualquier modificación o cambio de los instrumentos deberán ser notificados inmediatamente a esta Dirección General para su autorización. Los ensayos de la verificación en origen se llevarán a cabo en las instalaciones del laboratorio. Sexta.-Las instrucciones necesarias para el ejercicio de la actividad que se autoriza, así como las comprobaciones e inspecciones de la misma y de las circunstancias que han servido de base a esta resolución corresponderá la Dirección General de Industria y Energía. Séptima.-Esta autorización podrá ser revocada por Dirección General de Industria y Energía en caso de que se comprobase el incumplimiento de las garantías que representa la verificación en origen, así como de los requisitos de esta resolución y demás normativa aplicable a los transformadores de medida.

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Consejero de Industria y Tecnología, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes previsto en el artículo 115 de dicha norma legal.

Toledo, 21 de julio de 2005.-El Director General, José Manuel Martínez García.

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