De acuerdo con lo establecido en el artículo 20,1,c) de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el capítulo III, del título III, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado (B.O.E. de 10 de abril de 1995), una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, vistas las solicitudes presentadas y el informe de la Dirección General de la Guardia Civil, esta Secretaría de Estado ha dispuesto declarar desierto el puesto de Trabajo de Director de Programas de la Unidad de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil, convocado por Resolución de 18 de julio de 2005 (B.O.E. de 15 de agosto).
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Madrid, 24 de octubre de 2005.-El Secretario de Estado, Antonio Camacho Vizcaíno.
Sra. Subsecretaria del Ministerio del Interior.
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