Visto el expediente de indulto de doña Charity Ifada Isaac, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, Sección Primera, de Vizcaya, en sentencia de 29 de enero de 2003, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 9.015 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de octubre de 2005,
Vengo en conmutar a doña Charity Ifada Isaac la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 28 de octubre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid