Por Orden de 1 de octubre de 2004 (Boletín Oficial de la Región de Murcia de 19 de octubre), de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se declara apta en la fase de prácticas y aprobada en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 21 de marzo de 2001 (BORM de 29 de abril), a doña Josefa Marín Soto, aspirante seleccionada en virtud de cumplimiento de sentencia n.º 366/2003, de 22 de octubre, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero (Boletín Oficial del Estado del 28), el artículo 17 de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado y el Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribuciones de competencias en materia de personal. Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros, a doña Josefa Marín Soto, especialidad Educación Infantil, con Número de Registro de Personal 2294090513 A0597, Documento Nacional de Identidad 22940905 y una puntuación de 6,5648.
Segundo.-La Sra. Marín Soto, se considerará ingresada en el Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2002. Tercero.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 15 de diciembre de 2004.-La Ministra, P. D. (Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, B.O.E del 6), el Subsecretario, Fernando Gurrea Casamayor.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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