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Documento BOE-A-2005-19592

Orden TAS/3683/2005, de 28 de octubre, por la que se clasifica la Fundación Labor de asistencia e inclusión social y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales de competencia estatal.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 28 de noviembre de 2005, páginas 38992 a 38993 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-19592

TEXTO ORIGINAL

Por Orden se clasifica y registra la Fundación Labor:

Visto el expediente, para la inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales, de la Fundación Labor, instituida en Madrid, y teniendo en consideración los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida en virtud de escritura pública, otorgada ante el Notario de Madrid, Don José Manuel Hernández Antolín, el día 29 de julio de 1999, con el número 4.480 de su orden de protocolo; subsanada mediante otras otorgadas ante el mismo Notario de Madrid, el 21 de enero y 22 de febrero de 2000, con los números 388 y 1.132 de su protocolo, respectivamente; e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, en la hoja personal 205, el 20 de marzo de 2000. Segundo.-La referida Fundación, con fecha 7 de febrero de 2005, presenta, ante el Protectorado de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, Acta de la reunión del Patronato, celebrada el 2 de febrero de 2005, en la que se acuerda modificar el apartado 3 del artículo 1.º de los Estatutos, quedando redactado en la siguiente forma: «El ámbito territorial en que se desarrollan las actividades es todo el territorio nacional del Estado Español». Tercero.-La Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, en su calidad de titular del Protectorado de Fundaciones Asistenciales de la Comunidad de Madrid, mediante Resolución n.º 263/05, de fecha 18 de febrero, dispone no formular acuerdo de oposición a las modificaciones estatutarias practicadas. Cuarto.-El Protectorado y el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, atendiendo a los acuerdos del Patronato de la Fundación y estimando que es conforme a derecho, han acordado transferir, mediante oficio de fecha 9 de marzo de 2005, el expediente completo de la Fundación a este Protectorado y al Registro de Fundaciones Asistenciales, al entender que la misma ha pasado a ser competencia de este Departamento. Quinto.-El Patronato de la Fundación, a requerimiento de este Protectorado, presenta escritura pública, otorgada ante el Notario de Madrid, don José Gregorio Juncos Martínez, el 30 de septiembre de 2005, con el número 3.215 de su protocolo, mediante la que se eleva a público el acuerdo de modificar los Estatutos de la misma, para su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, cuyo nuevo texto íntegro consta en la certificación incorporada a la escritura. Sexto.-Entre la documentación aportada, figura un certificado del Secretario de la Fundación, de fecha 1 de febrero de 2005, donde se recoge la reelección de los cargos del Patronato, compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Fernando Sanz Royo.

Secretaria: Doña Susana Fernández Martínez. Tesorera y Vicepresidenta: Doña Maria Paz Bravo Carrión.

Séptimo.-Recibidos y examinados los antecedentes de la Fundación, éstos se ajustan a la legislación vigente en materia de fundaciones de competencia estatal.

Vistos la Constitución Española, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre; y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, 562/2004, de 19 de abril y 1600/2004, de 2 de julio.

Fundamentos de Derecho

Primero.-A la Administración General del Estado-Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde el ejercicio del Protectorado del Gobierno sobre las fundaciones de asistencia social, respecto de aquellas de competencia estatal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 y disposición transitoria tercera de la Ley 50/2002, 26 de diciembre, de Fundaciones, en relación con el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales (artículo 9), y con los Reales Decretos 562/2004, de 19 de abril y 1600/2004, de 2 de julio, por los que se aprueba y desarrolla, respectivamente, la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad es competente para resolver el presente expediente, en virtud de la Disposición adicional sexta del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, en relación con la Orden Ministerial de 21 de mayo de 1996, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (B.O.E. del día 27 de mayo), corregida por la Orden Ministerial de 25 de junio de 1996 (B.O.E. del día 27 de junio) y modificada, entre otras, por Orden de 15 de marzo de 2001 (B.O.E. del día 29 de marzo) y por la Orden de 3 de febrero de 2003 (B.O.E. del día 5 de febrero). Segundo.-La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, establece que se inscribirán en el Registro de Fundaciones de competencia estatal, entre otros actos, la constitución de la fundación, la modificación o nueva redacción de los Estatutos, el nombramiento, revocación, sustitución, suspensión y cese, por cualquier causa, de los miembros del patronato y otros órganos creados por los Estatutos, y las delegaciones y apoderamientos generales concedidos por el patronato y la extinción de estos cargos.

Por cuanto antecede, este Departamento ha dispuesto:

Primero.-Aceptar la documentación de la Fundación Labor, domiciliada en Madrid, cuyos fines de interés general son predominantemente de asistencia e inclusión social, pasando este Departamento a ejercer el Protectorado sobre la misma.

Segundo.-Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales, bajo el número 28/1.354. Tercero.-Registrar sus Estatutos, elevados a públicos mediante escritura otorgada ante el Notario de Madrid, Don José Gregorio Juncos Martínez, el 30 de septiembre de 2005, con el número 3.215 de su protocolo. Cuarto.-Registrar la composición del Patronato, relacionado en el antecedente de hecho sexto de la presente Resolución.

Quinto.-Que de esta Orden se den los traslados reglamentarios.

Madrid, 28 de octubre de 2005.-P. D. (Orden de 15 de marzo de 2001), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, María Amparo Valcarce García.

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