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Documento BOE-A-2005-19597

Orden APA/3686/2005, de 8 de noviembre, por la que se modifica la Orden APA/816/2004, de 26 de marzo, por la que se nombra un nuevo Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada «Rioja».

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 28 de noviembre de 2005, páginas 38996 a 38996 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2005-19597

TEXTO ORIGINAL

El artículo 38.1 del Reglamento de la denominación de origen calificada «Rioja», contenido en el Anexo I de la Orden APA/3465/2004, de 20 de octubre, por la que se aprueba el Reglamento de la denominación de origen calificada «Rioja» y de su Consejo Regulador (B.O.E. del 27), establece que el Consejo Regulador, previo nombramiento por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, estará constituido por los miembros de la junta directiva de la Organización Interprofesional del Vino de Rioja. Mediante la Orden APA/816/2004, de 26 de marzo de 2004 se nombró un nuevo Consejo regulador de la denominación de origen calificada «Rioja», cuya constitución fue modificada parcialmente por la Orden APA/3822/2004, de 28 de octubre. El mencionado Consejo regulador de la denominación de origen calificada «Rioja» en su sesión plenaria de 15 de julio de 2004 acordó algunas nuevas modificaciones en su composición que afectan a la Agrupación de Artesanos Bodegueros de Rioja (ARBOR) y a la Federación de Cooperativas de la Rioja (FECOAR) respectivamente, circunstancia de la que se deriva la necesidad de efectuar los correspondientes cambios en la composición de dicho Consejo, para la incorporación con plenitud de derechos de los nuevos vocales. En su virtud, resuelvo:

Primero.-La representación de la Agrupación de Artesanos Bodegueros de Rioja (ARBOR) en el Consejo regulador de la denominación de origen calificada «Rioja» estará constituida por los vocales: Don Sergio Sáenz López

Don Alfredo Azcona García, y Don Gonzalo Causapé Almarza.

Segundo.-La representación de la Federación de Cooperativas de la Rioja (FECOAR) en el Consejo regulador de la denominación de origen calificada «Rioja» estará constituida por los vocales:

Don José Luis Rubio Bretón

Don José María Daroca Rubio. Don Jesús Martínez Pinilla. Don Miguel Ángel Ciria Ceniceros. Don José Ángel Ruiz de Carabantes Ochoa.

Tercero.-Estos cambios en la composición del Consejo regulador de la denominación de origen calificada «Rioja» serán efectivos desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Esta resolución agota la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación o recurso potestativo de reposición ante la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes desde la notificación de este acto.

Madrid, 8 de noviembre de 2005.

ESPINOSA MANGANA

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