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Documento BOE-A-2005-19601

Resolución de 24 de octubre de 2005, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el acuerdo de prórroga para el año 2005, del Convenio de colaboración entre la Consejería de Salud del Gobierno de La Rioja y MUFACE en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 28 de noviembre de 2005, páginas 38998 a 38999 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2005-19601

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 2 de enero de 2005 se suscribió el Acuerdo de Prórroga para el año 2005 del Convenio de colaboración entre la Consejería de Salud del Gobierno de La Rioja y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) en materia de gestión de prestaciones sanitarias. En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 24 de octubre de 2005. La Directora General, Carmen Román Riechmann

ANEXO Acuerdo de prórroga para el año 2005 del Convenio de colaboración entre la Consejería de Salud del Gobierno de La Rioja y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado en materia de gestión de prestaciones sanitarias

Madrid, a 2 de enero de 2005

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Pedro Soto García, Consejero de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, nombrado para este cargo por Decreto de la Presidencia 12/2003 de 7 de julio (BOR 8 de julio). Por razón del cargo que ostenta, está facultado para la firma de este Convenio por Delegación del Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de fecha 2 de abril de 2004 (B.O.R. núm 45, de 8 de abril de 2004). Tal delegación se ha producido según lo contemplado en los artículos 23.g) y 25 de la Ley 8/2003 de 28 de octubre (BOR 13 de noviembre), del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros.

De otra, D.ª Carmen Román Riechmann, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), actuando en nombre y representación de la mencionada Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.K) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. Reconociéndose mutuamente capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto

EXPONEN

1.º Que con fecha 25 de abril de 2003, las partes suscribieron un Convenio de colaboración en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

2.º Que la cláusula novena del mencionado Convenio estipula que será vigente desde su fecha hasta el 31 de diciembre de 2003, pudiendo prorrogarse por periodos anuales de mutuo acuerdo de las partes, antes de la fecha en que finalice su vigencia. 3.º Que la cláusula décima establece que, en el supuesto de prórroga, la cantidad fija anual que MUFACE abonará a la Consejería de Salud por su colaboración se calculará en el tercer trimestre natural del ejercicio en el que finalice su vigencia, incrementándose la cantidad reseñada en la cláusula OCTAVA de acuerdo con el incremento del IPC General, referido al 30 de junio y con efectos de uno de enero del año siguiente. 4.º Que dicho Convenio fue prorrogado para 2004 por Acuerdo de 31 de diciembre de 2003 (B.O.E: 20 de febrero de 2004) 5.º Que próxima a finalizar la vigencia del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo para el año 2005, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Se prorroga para el período comprendido entre el 1 de enero de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2005 la vigencia del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de la Rioja y MUFACE.

Segunda.-Que, para la prórroga que se acuerda, la cantidad a abonar por MUFACE a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de la Rioja asciende a 955'22 euros de acuerdo con el incremento del 3'5 % del I.P.C. General, referido al 30 de junio de 2004. Tercera.-El importe del gasto que representa para MUFACE en el año 2005 la colaboración recibida se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.412 L.259. La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio para financiar las obligaciones derivadas de la misma.

Cuarta.-La presente prórroga entrará en vigor el 1 de enero del año 2005.

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente prórroga por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.-Pedro Soto García, Consejero de Salud.-Carmen Román Riechmann, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE).

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