Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BOE-A-2005-19964

Resolución de 21 de octubre de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se adjudica beca de posgrado del Programa Nacional de Formación de Profesorado Universitario.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2005, páginas 39823 a 39823 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-19964

TEXTO ORIGINAL

Por resolución de 13 de agosto de 2004 (B.O.E. de 27 de julio), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se convocaron becas de posgrado en el marco del Programa Nacional de Formación de Profesorado Universitario. Por resoluciones de 29 de marzo de 2005 (B.O.E. de 13 de abril) y de 6 de julio de 2005 (B.O.E. del 28), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se adjudicaron las becas de la convocatoria anterior, denegándose o desestimándose las que no aparecieron en la resoluciones de concesión. La candidata doña Margarita García Candeira recurrió en reposición la resolución de 29 de marzo de 2005, al no haberse contemplado en la calificación final de su solicitud la puntuación otorgada al director de su tesis doctoral. Teniendo en cuenta que por error informático se había otorgado a su director de tesis una puntuación errónea de 0 puntos siendo la correcta de 1 punto, se ha estimado su recurso, observándose que una vez incrementada la calificación de la solicitud con la valoración correcta de su director, la solicitud presentada supera la nota de corte establecida en su área científica, siendo procedente la concesión de la beca. Por ello, en aplicación de la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero (B.O.E. del 28 de enero), he resuelto:

Primero.-Conceder a doña Margarita García Candeira una beca de posgrado del Programa Nacional de Formación de Profesorado Universitario, adscrita a la Universidad de Santiago de Compostela, en el área científica 08 «Filología y Filosofía».

Segundo.-La concesión de la beca se realiza con efectos de 1 de noviembre de 2005 hasta 31 de diciembre de 2005, sin perjuicio de su renovación. Tercero.-El gasto resultante de la concesión, por importe máximo de 2.200 € (dos mil doscientos euros) para el ejercicio 2005, será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463-A.781 de los Presupuestos Generales del Estado, no suponiendo aumento de gasto al financiarse con cargo a las renuncias producidas en la misma convocatoria. Cuarto.-La beneficiaria de la beca queda obligada al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la resolución de convocatoria.

Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección General de Universidades. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 21 de octubre de 2005.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden ECI/87/2005 de 14 de enero, BOE del 28), la Directora General de Universidades, Carmen Ruiz-Rivas Hernando.

Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid