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Documento BOE-A-2005-20603

Orden EHA/3895/2005, de 19 de octubre, de extinción y cancelación del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la Mutualidad de Previsión Social de Pensionistas y futuros Pensionistas de la Renfe.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2005, páginas 41004 a 41004 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2005-20603

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 23 de abril de 2002 la Mutualidad de Previsión Social de Pensionistas y futuros Pensionistas de la Renfe ha presentado certificación del acta de la asamblea general celebrada el 13 de abril de 2002 en la que se adoptó el acuerdo de disolución y liquidación, así como el nombramiento de los componentes de la comisión liquidadora. La comisión liquidadora de la citada entidad con fecha 28 de julio de 2.005 remite documentación acreditativa de la finalización de la liquidación de la mutualidad y solicita que se declare la extinción y consiguiente cancelación de la misma del Registro administrativo previsto en el artículo 74. 1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. En consecuencia a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto declarar la extinción y consiguiente cancelación del Registro administrativo de entidades aseguradoras previsto en el artículo 74. 1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados a probado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, de la entidad denominada Mutualidad de Previsión Social de Pensionistas y futuros Pensionistas de la Renfe.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 19 de octubre de 2005.-El Ministro, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre, B.O.E. de 30-11-2004), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

Sr. Director General de Seguros y Fondos de Pensiones.

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