Visto el expediente de indulto de don Guillermo Silva Jaramillo, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2, de Arenys de Mar, en sentencia de 31 de mayo de 2004, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años y seis meses de prisión, y de una falta de daños, a la pena de cuatro fines de semana de arresto, por hechos cometidos en el año 2004, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de noviembre de 2005,
Vengo en conmutar a don Guillermo Silva Jaramillo las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de noviembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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