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Documento BOE-A-2005-20753

Resolución de 21 de noviembre de 2005, de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, por la que se acuerda la publicación de la Addenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalidad de Cataluña para la constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación de un Laboratorio de Luz Sincrotrón.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 16 de diciembre de 2005, páginas 41235 a 41237 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-20753

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 23 de marzo de 2005, se ha suscrito una Addenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalidad de Cataluña para la constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación de un Laboratorio de Luz Sincrotrón, por la que se modifica la forma y los plazos de financiación inicialmente pactados.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría General dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de noviembre de 2005.-El Secretario General, Salvador Barberá Sandez.

ANEXO Addenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalidad de Cataluña para la Constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación de un Laboratorio de Luz Sincrotrón, por la que se modifica la forma y los plazos de financiación inicialmente pactados

En Barcelona, el 23 de marzo de 2005.

Doña María Jesús San Segundo Gómez de Cadiñanos, Ministra del Departamento de Educación y Ciencia en virtud del Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, por el que se acuerda su nombramiento, en representación del Ministerio de Educación y Ciencia.

Don Carles Solá i Ferrando, Consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, nombrado para dicho cargo por Decreto 298/2003, de 20 de diciembre, actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de Organización, Procedimiento y Régimen Jurídico de la Generalidad de Cataluña.

EXPONEN

Primero.-El 14 de marzo de 2003 se firmó el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Generalidad de Cataluña para la creación del Consorcio para la construcción, equipamiento y explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón (CELLS). El Convenio se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» de 4 de abril.

Segundo.-En dicho Convenio las partes se comprometen a realizar, entre 2003-2008, una aportación total para la construcción del Laboratorio de Luz Sincrotrón que asciende a 163.877.788 euros, de acuerdo con la siguiente distribución:

Año

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Total

MCYT

2.633.348

9.581.956

12.459.086

16.898.772

21.371.236

18.994.496

81.938.894

GdC

2.633.348

9.581.956

12.459.086

16.898.772

21.371.236

18.994.496

81.938.894

5.266.696

19.163.912

24.918.172

33.797.544

42.742.472

37.988.992

163.877.788

Tercero.-En la cláusula primera del Convenio se indica que: «La aportación de cada Administración consorciada podrá efectuarse de cualquiera de las formas siguientes:

a) Transferencias de capital de los presupuestos respectivos. En el caso del Ministerio su aportación irá con cargo a la aplicación presupuestaria 20.10.542M.741. En el caso de la Generalidad de Cataluña su aportación irá con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.741.2402.

b) Asignación de recursos procedentes de fondos europeos u otros recursos extrapresupuestarios».

Cuarto.-Las dos Administraciones firmantes han hecho efectivas hasta la fecha sus aportaciones correspondientes a 2003 a través de transferencias desde las aplicaciones presupuestarias citadas en el inciso a) del punto anterior, a favor del Consorcio para la construcción, equipamiento y explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón (en adelante, el Consorcio), constituido con el fin de gestionar la colaboración entre las dos signatarias del Convenio. El Ministerio de Educación y Ciencia ha hecho efectiva también su aportación correspondiente a 2004, quedando pendiente de pago la aportación para 2004 de la Generalidad de Cataluña.

Quinto.-Con fecha 26 de octubre de 2004, el Consejo Rector del Consorcio, como órgano de gobierno y administración del mismo, y al amparo de los dispuesto en el artículo 9 de los Estatutos, acordó en su reunión del día 26 de octubre de 2004 solicitar a las partes que estudien una modificación en cuanto al período y a la forma de financiación se refiere. Sexto.-Mediante Real Decreto 652/2004, el Gobierno aprobó la nueva estructura de Departamentos Ministeriales conforme a la cual desaparece el Ministerio de Ciencia y Tecnología cuyas competencias han sido asumidas, en cuanto se refiere a este convenio, por el nuevo Ministerio de Educación y Ciencia, cuyo ámbito competencial y estructura se regulan a través del Real Decreto 1553/2004. Séptimo.-Estudiada la petición mencionada, las partes han acordado modificar la forma de financiación de la construcción del sincrotrón, utilizando la habilitación contenida en la cláusula quinta del convenio de colaboración inicialmente firmado. Para ello han acordado la modificación del Convenio que se manifiesta en las siguientes

CLÁUSULAS

Única.-El Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat de Catalunya acuerdan modificar la cláusula tercera del convenio, relativa a sus aportaciones a la financiación de la construcción del Laboratorio de luz sincrotrón, en los siguientes términos:

a) El pago de los 139.447.180 euros que resta por aportar a la financiación de la construcción, resultado de minorar de la aportación final prevista las aportaciones comprometidas y parcialmente satisfechas de los años 2003 y 2004, se hará efectivo del siguiente modo: a) En el año 2005, cada una de las partes aportará 1.000.000 euros.

b) Entre los años 2006 y 2019 cada parte firmante aportará sucesivas anualidades de 4.581.572,70 euros. c) En el año 2020 cada parte aportará 4.581.572,20 euros.

Dichas aportaciones se harán efectivas entre el 2005 y el 2020, con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes: por parte del Ministerio, la 18.08.463B.741 y por parte de la Generalidad, la aplicación 24.04.741.2402.

De este modo, el cuadro de financiación quedaría como sigue:

Año

MEC

GdC

Total

2005

1.000.000

1.000.000

2.000.000

2006

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2007

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2008

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2009

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2010

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2011

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2012

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2013

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2014

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2015

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2016

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2017

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2018

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2019

4.581.572,70

4.581.572,70

9.163.145,40

2020

4.581.572,20

4.581.572,20

9.163.144,40

Total

69.723.590

69.723.590 (*)

139.447.180

(*) A Las cantidades totales que corresponde pagar a la Generalitat de Catalunya se añadirá la aportación correspondiente a 2004, no desembolsada hasta el momento, para el caso de que siga pendiente de pago en el momento de la firma de la presente Addenda.

b) Cualquiera de las partes podrá sustituir uno o varios de los pagos de los que es responsable por aportaciones en especie realizadas a favor del Consorcio. En tal caso, los bienes deberán hallarse libres de cargas y su valor quedar debidamente acreditado a través de la tasación que legalmente proceda. Las aportaciones en especie deberán ser aceptadas expresamente por el Consorcio, que podrá condicionar su aceptación al cumplimiento de requisitos jurídicos o técnicos, si lo estima oportuno.

En todo caso, las aportaciones en especie que pudiera realizar el Ministerio de Educación y Ciencia habrán de someterse a lo establecido en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Dado que tales aportaciones supondrían una modificación del gasto aprobado, deberán ser autorizadas por el Consejo de Ministros.

Por lo expuesto, las partes deciden suscribir, por duplicado ejemplar, el presente Convenio de colaboración, en el lugar y fecha arriba indicados.-La Ministra de Educación y Ciencia, María Jesús San Segundo Gómez de Cadiñanos.-El Consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, Carles Solá i Ferrando.

Addenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat de Catalunya para la construcción, equipamiento y explotación de un Laboratorio de Luz Sincrotrón, por la que se modifica la forma y los plazos de financiación inicialmente pactados

Memoria Justificativa

Introducción

El Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón es el resultado de numerosos acuerdos entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología (y, posteriormente, del Ministerio de Educación) y la Generalitat de Catalunya para construir un sincrotrón en esta Comunidad Autónoma. Un sincrotrón es un acelerador circular de partículas que permite alcanzar las velocidades cercanas a la luz. La luz sincrotrón puede ser utilizada prácticamente en todas las áreas de investigación científica, tanto básica como aplicada, así como en el análisis de procesos de producción industrial, en áreas que van desde la medicina a la nanotecnología, pasando por la química o la microelectrónica.

Beneficios para la comunidad científica y sociedad española

El proyecto sincrotrón es una gran instalación científico-tecnológica, de última generación, que representa para España un paso adelante en la construcción de grandes instalaciones científicas. Su construcción supone una oportunidad tecnológica para el colectivo empresarial español. El sincrotrón dará servicio, como mínimo, a 160 grupos de investigación, integrados por cerca de 750 investigadores, de diversas áreas, como biología, biotecnología, nuevos materiales, nanotecnologías, materia condensada y ciencia de superficies. Asimismo, el sincrotrón estará abierto a la colaboración internacional, además de a la de los sectores empresariales. Con la construcción de una instalación sincrotrón en Cataluña, España pasará a ser el único país al sur de Europa con una instalación de estas características. Además, se convertirá en el cuarto país europeo que dispone de un sincrotrón de última generación, tras Suiza (SLS), Gran Bretaña (Diamond) y Francia (SOLEIL).

Propuesta de modificación del Convenio

El sincrotrón español es gestionado por un consorcio formado al 50% por el MEC y la Generalidad de Cataluña. Esta instalación se ubicará en la comarca del Vallès. Se prevé que la construcción del sincrotrón se realice en seis años, desde el 2003 al 2008. La inversión total para construir esta instalación se ha calculado en 163.877.778 €. Esto supone que, en las condiciones iniciales del convenio firmado en 2003, cada una de las administraciones debe desembolsar una media de 13,6 millones de euros al año. En el año 2005, la aportación prevista del MEC para CELLS es de 12,5 millones de euros, lo que representa el 20% de los créditos presupuestados en el capítulo 7 en los Presupuestos Generales del estado. Considerando el elevado porcentaje que supone para la administración la financiación de CELLS a través del capítulo 7, y teniendo en cuenta las ventajas que supone la financiación de CELLS a través de créditos, el MEC y CELLS están tramitando, de forma paralela a la presente modificación un Convenio por el que el MEC acuerda otorgar un crédito reembolsable en 2004 a CELLS por valor de 35 millones de euros a devolver en catorce años con tres años de carencia y en el que se prevé la posibilidad de conceder nuevos créditos a lo largo de 2005 y 2006, mediante la aprobación de sucesivos convenios. Dentro de este nuevo marco de financiación se hace necesario modificar el cuadro de aportaciones inicialmente previsto por las partes. Así y teniendo en cuenta la liquidez con que contaría CELLS desde 2004 por el crédito concedido, la Generalidad de Cataluña y el MEC proponen ampliar hasta el año 2020 sus contribuciones atribuibles al capítulo 7 en la forma prevista en el cuerpo del convenio y, con ello, reducir el montante de las aportaciones anuales comprometidas con cargo al capítulo 7. Consecuentemente, la concesión de este crédito permite ampliar el número de años en el que habrán de hacerse efectivas las aportaciones comprometidas con el MEC con cargo al capítulo 7 reduciendo, por tanto, las aportaciones anuales. Por tanto, debido a la concesión de un crédito reembolsable del MEC a CELLS por un valor de 35.000.000 euros, se propone modificar el cuadro de financiación del Convenio entre el MEC y la Generalidad de Cataluña para la Constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón.

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