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Documento BOE-A-2005-20825

Resolución de 22 de noviembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se da publicidad al Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Comunidad Foral de Navarra para la puesta en marcha de un proyecto de reforma de la Administración de Justicia en dicha Comunidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2005, páginas 41382 a 41386 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2005-20825

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 28 de julio de 2005, se ha suscrito el Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra para la puesta en marcha de un proyecto de reforma de la Administración de Justicia en la Comunidad Foral de Navarra. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de noviembre de 2005.-El Secretario de Estado, Luis López Guerra.

ANEXO Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra para la puesta en marcha de un Proyecto de reforma de la Administración de Justicia en la Comunidad Foral de Navarra

En Madrid, a 28 de julio de 2005.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Don Juan Fernando López Aguilar, Ministro de Justicia, en virtud de la competencia conferida por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de julio de 1998, publicado por Resolución de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales de 8 de julio de 1998.

De otra, el Excmo. Sr. Don Javier Caballero Martínez, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 41.1, de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre.

EXPONEN

I. La Constitución española establece en su artículo 149.1.5.ª que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia.

II. Por Real Decreto 813/1999 de 14 de mayo, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 9 de junio de 1999, se hicieron efectivos los traspasos en materia de provisión de medios materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia a la Comunidad Foral de Navarra. III. Las Administraciones Públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y colaboración, y en su actuación por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos. Este principio general informa la actuación administrativa ante la entrada en vigor de la reforma efectuada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. IV. Ambas Administraciones consideran objetivo prioritario lograr que la Justicia actúe con rapidez, eficacia, y calidad, con métodos más modernos y procedimientos menos complicados, en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, y que actúe como poder independiente, unitario e integrado, con una estructura regida por la coherencia institucional que le permita desarrollar más eficazmente sus funciones constitucionales. V. La Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, consigna una dotación presupuestaria dentro del capítulo IV del programa 13.02.112 A (Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal) con la rúbrica: «Comunidades Autónomas. Programa de Reforma de la Administración de Justicia».

Por lo que, la partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, dentro del marco que establecen las disposiciones legales vigentes, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Gobierno de Navarra para la puesta en marcha de programas y proyectos técnicos o de organización que permitan la reforma de la Administración de Justicia y que serán determinados previamente por ambas Administraciones.

Segunda.-El Convenio se extiende a la Comunidad Foral de Navarra donde se efectuarán los programas y proyectos contemplados. Tercera.-El Ministerio de Justicia contribuirá al desarrollo de los proyectos que integran los programas y actuaciones previstos para el ejercicio 2005, con una cuantía máxima de 88.405.€, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.112 A 450. Cuarta.-Los objetivos, metodología, plazos y presupuesto del proyecto para instalación de «Sistemas de Grabación para las Salas de Visitas de la Administración de Justicia de Navarra» que es el objeto de este Convenio, se especifican en documento anexo. Quinta.-El proyecto señalado en la cláusula anterior no podrá extenderse, en cualquier caso, más allá del 31 de diciembre de 2005. En caso de que su duración sea superior, sólo se financiarán las fases o etapas realizadas hasta esa fecha. Sexta.-Se establecerá una comisión técnica integrada por cuatro miembros, dos representantes por cada Administración firmante, para determinar la viabilidad del programa y proyecto propuesto y su adaptación a la rúbrica presupuestaria señalada. La presidencia de esta comisión corresponderá al Director General de Relaciones con la Administración de Justicia o persona en quien delegue, como uno de los representantes del Ministerio de Justicia. Séptima.-El Ministerio de Justicia, a través de la Secretaría de Estado de Justicia, mediante Resolución del Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, determinará el importe de los créditos presupuestarios asignados al proyecto enunciado en la cláusula cuarta de este Convenio. Octava.-El Gobierno de Navarra, perceptor de dicha financiación, acreditará que las cantidades percibidas han sido destinadas a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo del proyecto financiado mediante el correspondiente certificado, el cual deberá expedirse, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2005. A estos efectos, la comisión técnica a la que se ha hecho referencia en la cláusula sexta ejercerá la vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran surgir, reuniéndose cuantas veces estime necesario y asesorándose por cuantas personas estime oportuno. Novena.-El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y mantendrá su vigencia, hasta el 31 de diciembre de 2005, pudiendo prorrogarse por años naturales. Se entenderá prorrogado, si al vencimiento del mismo, ninguna de las partes lo hubiera denunciado y hubiera crédito presupuestario suficiente para su cumplimiento. El Convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes con tres meses de antelación a su fecha de vencimiento. Décima.-Serán causas de resolución del presente Convenio, el incumplimiento de las condiciones o términos establecidos en el mismo y el mutuo acuerdo entre las partes.

Undécima.-El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. De los litigios que puedan plantearse en la aplicación e interpretación de este Convenio conocerá la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez.

ANEXO AL PROTOCOLO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y EL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR DEL GOBIERNO DE NAVARRA PARA LA PUESTA EN MARCHA DE UN PROYECTO DE REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Sistemas de grabación para las salas de vistas de la Administración de Justicia de Navarra

1. Introducción

Como consecuencia de la entrada en vigor el 7 de enero de 2001 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, las actuaciones orales en vistas y comparecencias judiciales deben registrarse en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido y de la imagen. De este modo, se implantó un sistema de grabación y reproducción que en estos momentos está instalado en las Salas de Vistas que utilizan los órganos judiciales del orden civil de Pamplona, Aoiz, Tafalla, Tudela y Estella.

Dispone en el Capítulo IV: «De la fe pública judicial y de la documentación de las actuaciones», en su artículo 147, que:

«Las actuaciones orales en vistas y comparecencias se registrarán en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido y de la imagen. La grabación se efectuará bajo la fe del Secretario Judicial, a quien le corresponderá la custodia de cintas, discos y dispositivos, en los que la grabación se hubiera efectuado.» Las partes podrán pedir, a su costa, copia de las grabaciones originales. Y en su artículo 187, que:

1. El desarrollo de la vista se registrará en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido y de la imagen o, si fuera posible, sólo del sonido, conforme a lo dispuesto en el artículo 147 de esta Ley. En estos casos, si el tribunal lo considera oportuno, se unirá a los autos, en el plazo más breve posible, una trascripción escrita de lo que hubiera quedado registrado en los soportes correspondientes.

2. Las partes podrán en todo caso, solicitar a su costa una copia de los soportes en que hubiera quedado grabada la vista. 3. Si los medios de registro a que se refiere el apartado anterior no pudieran realizarse por cualquier causa, la vista se documentará por medio de acta realizada por el secretario Judicial.

Los medios técnicos para la grabación y reproducción de imágenes y sonido en los procesos civiles deben cumplir lo dispuesto por la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, (publicada en el BOE número 7, de 8 de enero).

a) Son obligadas para las Comparecencias y Vistas que se celebren en las Salas de Vistas y Multiuso de los Edificios Judiciales.

b) Son potestativas para las Actuaciones que se celebren fuera de dichas Salas.

El sistema actual está implantado en 12 Salas de Vistas y 36 despachos de Secretarios judiciales y Magistrado y que realizan la captación de la imagen y el sonido, la integración y grabación, y su reproducción y gestión.

El sistema deberá aprovechar el equipamiento actual e instalarse en las 13 Salas de Vistas restantes, así como a todos los usuarios del sistema. Para desarrollar este proyecto se ha realizado una encomienda a la empresa pública Obras Públicas de Navarra, S. A.

2. Antecedentes

Situación actual de usuarios de grabación:

Los Secretarios Judiciales y personal de las oficinas judiciales (oficiales, auxiliares y agentes) son los encargados de la grabación de juicios celebrados en las Salas de Vistas del Palacio de Justicia. Intervinientes en la grabación: Secretario: Maneja las cámaras (realizador de TV) y hace el acta durante la celebración del juicio. El sistema actual tiene incorporado un procesador de textos donde se genera el Acta del juicio.

Auxiliar (a veces agente u oficial): una vez finalizada la sesión de un día pasa a un CD la grabación, realizando 2 copias por cada jucio (llamadas respectivamente Master y Copia), con la finalidad de que la copia sea la que se facilite a los procuradores que lo soliciten.

Equipamiento de cada sala: Cuatro cámaras de vídeo marca JVC model TK-C1381 equipada con soporte de sujeción a pared y óptica varifocal mod. Computar MG-2Z4516-FCS. Una de ellas apunta al testigo que declara, otra al fiscal, otra al abogado y otra al juez. Solo tres de ellas se utilizan ya que la que graba al juez está siempre desconectada.

Cuatro micrófonos. Un dispositivo generador de cuadrantes marca Robot MV-85. Un mezclador de audio. Un PC equipado con sistema de captura y codificación de señales de audio y vídeo. Un equipo de grabación y reproducción compuesto por 4 unidades CD-R Axis Stor Point CD E 100. Un monitor multifrecuencia de 15'' AOC. Un rack RETEX de 18 u. totalmente equipado Mod. Alurack 19».

Procedimiento: Los sistemas de reproducción (lectora DVD de PC -tarjeta de imagen y sonido- altavoces) instalados a los 24 Magistrados y Jueces relacionados anteriormente, son para uso personal. Con posterioridad, se han incorporado jueces de refuerzo o sustitutos que deben de visionar las vistas realizadas.

Los sistemas de reproducción (lectora DVD de PC -tarjeta de imagen y sonido -altavoces) y grabación (grabadora CD de PC), instalados a los 18 Secretarios relacionados anteriormente, son para su uso personal o de las personas (oficiales, auxiliares o agentes) que ellos hayan designado y en su caso sus sustitutos. Soft de gestión: Realizado a medida por SIMAVE en entorno Windows 98. En cierto momento se cambió a 2000 y se quieren estudiar la posibilidad de pasarlo a entorno XP.

El esquema del sistema actual es el siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

Como hemos dicho, existe un sistema similar a este en cada una de las 12 salas que se encuentran operativas en la actualidad. Hay que tener en cuenta que cada sistema es totalmente independiente de los demás y no tienen ningún tipo de conexión con el exterior. En el PC de Sala está instalada una aplicación software que permite al Secretario Judicial presente en cada juicio las siguientes funcionalidades, entre otras:

Creación de nuevas sesiones en las que quede almacenado el vídeo, audio y comentarios del juicio.

Apertura de sesiones anteriores para continuar la grabación del juicio. Eliminación de sesiones. En la apertura de una sesión, el software solicita la introducción de los datos de número de procedimiento, Secretario Judicial, Fecha, Hora, y permite la creación de una password para el acceso a dicha sesión. Control del generador de cuadrantes de modo que permita la selección de una de las cámaras de la sala o de todas ellas al mismo tiempo. Escritura de comentarios sobre la sesión, que luego quedarán guardadas en formato Word. División del vídeo en fases (declaración de un testigo, del juez, ...) de modo que luego sea más sencilla la búsqueda de una parte concreta del juicio. Control de grabación, pausa y stop. Grabación de las sesiones en un CD-ROM.

Usuarios:

Los usuarios de los equipos y sistemas de captación (imagen y sonido), integración-grabación (SCASI), reproducción y gestión (soft) de las 12 salas de vistas son los 18 secretarios anteriormente relacionados o las personas (oficiales, auxiliares o agentes) que ellos hayan designado y, en su caso, sus sustitutos.

Problemas actuales:

Tras la implantación del sistema basado en Nero han desaparecido los problemas de los sistemas de grabación a CD.

Algunos micrófonos no recogen bien el sonido (especialmente el correspondiente a los testigos, el de pie) y además no se puede garantizar durante la grabación si el sonido se está recogiendo bien o no. No coincide la hora del sistema con la del programa por lo que es difícil buscar (en caso de juicios largos) una actuación concreta ya que la búsqueda es por la hora y no se sabe cuál es la que tiene la grabación. El programa no puede minimizarse o al menos no ocupar toda la pantalla del ordenador para dejar a la vista otros programas que puedan usarse al mismo tiempo. El procesador de texto es como un bloc de notas que no tiene menús como por ejemplo justificar el texto.

3. Objetivos

Con carácter general se desea implementar una solución para la grabación y reproducción de las vistas celebradas por los órganos judiciales de Navarra en materia civil, penal, contencioso y social, así como el almacenamiento de las imágenes y sonido obtenidos de manera que permita recuperar y consultar la información almacenada.

El objetivo es resolver las necesidades de grabación de las vistas celebradas por los órganos judiciales de Navarra. Por un lado contempla la actualización del sistema ya implantado en 12 salas con la corrección de las deficiencias detectadas y por otro lado la implantación del nuevo sistema en otras 13 salas.

4. Solución adoptada

Para dar solución a las necesidades solicitadas el Sistema englobará en sí una configuración mixta distribuida y centralizada. Cada sala será autónoma con funcionalidades de servidor para los eventos en ella celebrados. En caso de fallo del sistema centralizado cada sala soportará las funcionalidades mínimas requeridas.

El Sistema queda dividido en tres Subsistemas:

1. Subsistema Local. Fundamentalmente realiza el tratamiento y captura de video y audio de los eventos celebrados, así como el tratamiento de metadatos y documentos adjuntos ofreciendo la posibilidad de realizar copias del conjunto del evento en soporte óptico de modo manual. Además permite su gestión y acceso a los eventos a través de la intranet.

2. Subsistema Centralizado. Comprende el conjunto de servidores y aplicaciones que automatizan el almacenamiento y gestión de los eventos celebrados en los Subsistemas locales así como un gestor de copias.

Subsistema de Gestión/Control y Consulta. En función de los permisos de usuario permitirá realizar diferentes operaciones de consulta, gestión, control,...

Subsistema local:

El subsistema local se divide en: Sistema de captación y tratamiento de audio.

Sistema CCTV. Sistema de captación audio/vídeo.

Subsistema centralizado:

Servidor Central.

Subsistema de gestión/control y consulta:

Subsistema de Consulta.

Subsistema de Gestión/Control.

Red de Datos.

Software comercial. Funcionalidad y operativa del sistema:

Se detalla aquí la funcionalidad y operativa de todos los módulos de aplicación a desarrollar.

1.1 Generalidades.

Para acceder a cualquier módulo de la aplicación será preciso indicar al sistema un nombre de usuario y una contraseña secreta.

Cada usuario dispondrá de un perfil que definirá sus privilegios y sus funciones. Así tendremos los siguiente tipos de usuario:

Secretarios.

Oficiales. Auxiliares. Magistrados. Jueces. Fiscales. Representantes legales. Administrador sistemas. PAU's. Guardias. Administrador funcional.

Y los siguientes privilegios de acceso:

Grabación en sala.

Grabación en sala y en servidor central. Reproducción desde CD, DVD o ordenador de sala. Reproducción desde servidor. Funciones avanzadas: consultas, estadísticas e informes. Reproducción externa desde CD o DVD. Administración y soporte técnico. Administración funcional.

1.2 Módulo de captación local.

Utilizado por los Secretarios Judiciales en las Salas de Vistas.

Alta, baja, modificación y consulta de sesiones de un juicio. Permite abrir sesiones anteriores para reiniciar grabaciones, y agregar más información a la misma. Asociar información a la sesión: N.º de procedimiento, Secretario Judicial, fecha y hora, sala, contraseña de sesión, comentarios y cualquier otra información que el Gobierno de Navarra estime necesaria en la fase de Definición de Requisitos de Usuario: Magistrado/Juez, Abogado, acusado, tipo de delito,... Asociar archivos externos a la sesión: el sistema solicitará la unidad y archivos a asociar.Elaboración del acta de la vista mediante un procesador de texto estándar como Microsoft Word (no incluido su suministrado en este presupuesto). Control de la grabación: inicio, parada, pausa y reinicio. División de la vista en fases para facilitar su la posterior búsqueda de una parte del juicio (declaración de testigo, abogado, juez,...). En cada fase quedará registrada la hora, y una descripción de la misma. Volcado de la sesión al servidor central: si no hay conexión con el servidor el sistema avisará con un mensaje aclaratorio. Eliminación de la sesión: sólo es posible si se ha volcado previamente al servidor central. Control del generador software de cuadrantes: selección de una cámara o del cuadrante. Control del codificador MPEG4: inicio/parada de codificación y envío de transmisión para grabación, control de los parámetros de la grabación (resolución, ancho de banda,...). Inclusión de marca de agua.

1.3 Módulo Servidor Central.

Se ejecuta en el ordenador central y es utilizado por todos los demás módulos para realizar las funciones de que disponen.

Permite servir la aplicación web a través de la Intranet. Utiliza la base de datos para almacenar la información relativa a las sesiones. Permite registrar en logs otros eventos del sistema: entrada de usuarios a las aplicaciones, consulta de sesiones desde la red, realización de duplicaciones desde la aplicación de consultas, movimientos de gestión de usuarios, volcados de grabaciones desde las salas, etc. Volcado de grabaciones desde los puestos de captación remotos a determinadas horas del día, configurables por el administrador del sistema. Realiza la identificación de los usuarios, la validación de acceso y asignación de funciones según los privilegios concedidos. Sirve los vídeos a aquellos usuarios autorizados que han solicitado consultas a través de la Intranet.

1.4 Módulo de Consulta.

Se ejecutan desde los puestos de la red que se determine y a través de la Intranet.

Permite realizar consulta de información y visualización de grabaciones de sesiones por determinados criterios de consulta: fecha, hora, n.º procedimiento, etc. Cuando el usuario disponga de privilegios le permitirá realizar una grabación de la vista a formato CD/DVD (debe disponer de grabador). Cuando el usuario disponga de privilegios le permitirá acceder al módulo de estadísticas e informes predefinidos, que permite establecer unos criterios de consulta, ordenación y agrupación, para obtener listados con los datos de las sesiones.

1.5 Módulo de Control/Administración.

Se ejecutará desde cualquier punto de la Intranet.

Gestión de usuarios y asignación de contraseñas, privilegios de acceso y funciones. Definición de políticas de eliminación de grabaciones antiguas (según capacidad total de almacenamiento). Control del estado de sesiones y ocupación del servidor. Control del estado de las consultas de visualización. Configuración de hora de volcado de sesiones desde los centros remotos: Una hora diferente para cada centro. Consulta de logs del sistema. Consulta de estadística diaria de consumo de ancho de banda del sistema (grabaciones y consultas).

Gestión de grabaciones a CD/DVD Maestra y Copia; el sistema permite consultar los CD/DVD generados, así como la gestión de la entrega de dichas copias a representantes legales: registrando fecha y hora, nombre de la persona a quien se presta, tiempo esperado de devolución. El sistema incorpora un procedimiento de avisos, que indica al administrador cuando se ha sobrepasado la fecha de devolución prevista de las copias.

5. Presupuesto

Sistema de grabación Salas de Vistas Palacio Justicia

Presupuesto para 13 salas nuevas y adaptación 12 existentes

Unidades

Precio

-

Euros

Total

-

Euros

Sistema sonido (13 salas nuevas)

Etapa de potencia Black Sound CH350 (2 × 170 W)

13,00

311,00

4.043,00

Micrófono Electret unidireccional Fonestar FCM 764. Con anillo luminoso para indicar funcionamiento. Con base de sobremesa antichoque y flexo con tubo

65,00

175,00

11.375,00

Micrófono dinámico cardiode Shure PG 58 con pinza y cable

13,00

69,39

902,07

Pie de micrófono Vanguard II Jirafa

13,00

45,07

585,91

Mezclador Alesis Multimix 12R. 8 entradas mono + 2 Stéreo. 2 Envíos auxiliares (Pre y Post Fader). 1 Retorno stéreo para grabador 2 pistas. 8 inserciones. Ecualizador 2 cortes. Salida principal y salida monitores independientes

13,00

380,00

5.044,00

Compresor Limitador Alto CLE 8,0. 8 canales. Filtro pasa altos. Detección RMS. Vumetros de 9 segmentos de LED por canal

13,00

465,50

6.051,50

Ecualizador gráfico digital IEQ 15 2 canales con limitador, reductor de ruido Type Veliminador de realimentación de realimentaciones AFS. 15 Bandas de ecualización 2/3 de octava de Q constante. Rango + - 12 dB

13,00

706,00

9.178,00

Pequeño material e instalación

1,00

4.017,07

4.017,07

Total subpartida

45.616,55

Equipos de Sala

Equipo de Videograbación y transmisión digital de 4 canales de vídeo y 1 de audio según diseño llave en mano y aplicación especial para las necesidades de los Órganos de Justicia de Navarra, de acuerdo a las especificaciones recogidas anteriormente

25

6.571,16

164.279,00

Grabador simultáneo de 4 CD/DVD, impresora, teclado, ratón y monitor TFT 17''

13

5.456,64

70.936,32

SAI de 1400 W

25

813,05

20.326,25

Armario Rack de 19'' puerta transparente 24U (1222 × 600 × 600) incluso SAI de 1400 W

13

1.455,61

18.922,93

Total subpartida

274.464,50

Unidad central de almacenamiento masivo y control

Servidor central HP Proliant DL380 G3 Packaged Cluster Xeon a 2.8 GHz, 2 unidades disco 36,4 GB para SO, 3 unidades disco 145 GB almacenamiento, incluido licencias SO y SQL Server, ventiladores y fuente de alimentación redundantes, disco de red 1 Tb para almacenamiento masivo y KVM

1

27.086,62

27.086,62

Grabador simultáneo de 4 CD/DVD, impresora, teclado, ratón y monitor TFT 17''

1

5.456,64

5.456,64

Armario Rack de 19'' puerta transparente 24U (1222 × 600 × 600) incluso SAI de 1400 W

1

1.455,61

1.455,61

Total subpartida

33.998,87

Software Standard

Licencia Microsoft Windows XP

25

315,00

7.875,00

Total subpartida

7.875,00

CTV

Cámara color, referente con CCD Sony de 1/3'' 420 líneas y sensibilidad de 0.1 Lux, según hoja adjunta en anexo 1

19

418,28

7.947,32

Óptica marca varifocal con longitudes de 3,5 a 8 mm, formato 1/3'' e iris manual. Según hoja adjunta en anexo 2

19

45,25

859,75

Soporte Techo/Pared de interior

18

6,85

123,30

Mt lineal de cable coaxial RG-59 para transmisión de imágenes de cámaras a videograbador

780

0,54

421,20

Mt lineal de cable de alimentación para cámaras

780

0,48

374,40

Mano de obra de instalación de cámaras, soportes y ópticas, incluyendo el tendido de líneas de transmisión de imagen y alimentación en las 13 salas de vistas que no disponen de instalaciones

208

25,20

5.241,60

Total subpartida

14.967,57

Electrónica de Red

SuperStack 3 Switch 4400 24-port

4

850,55

3.402,20

SuperStack 3 Switch 4400 1000BASE-T Module

4

219,40

877,60

Configuración e instalación en armarios de equipos

1

380,00

380,00

Total subpartida

4.659,80

Total subpartidas

381.582,29

IVA

61.053,17

Total

442.635,46

6. Plazo de ejecución

El plazo de ejecución será de seis meses, desde la firma del contrato con la empresa pública encomendante, es decir, junio de 2005.

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