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Documento BOE-A-2005-20869

Resolución de 22 de noviembre de 2005, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se modifican ayudas concedidas por Resolución de 29 de agosto de 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 19 de diciembre de 2005, páginas 41425 a 41425 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2005-20869

TEXTO ORIGINAL

Vistas las renuncias producidas entre los beneficiarios de las ayudas concedidas por Resolución de esta Dirección General de 29 de agosto de 2005, tras valorar las razones expuestas por los interesados y considerar que su aceptación no afecta a la consecución de los fines generales de dichas ayudas. Visto lo dispuesto en el apartado séptimo de la Resolución de convocatoria de 9 de marzo de 2005 sobre posibles desistimientos, en relación con lo previsto en el apartado primero de la Resolución de concesión de 29 de agosto para aquellos beneficiarios que, previo requerimiento, no acreditasen el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Se hace preciso, en consecuencia, modificar la citada Resolución de concesión de 29 de agosto de 2005, por lo que esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas al amparo de la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, y Resolución de convocatoria de 9 de marzo de 2005, a propuesta de la Subdirección General de Teatro y teniendo en cuenta la valoración de los proyectos contenida en el informe emitido en su día por la Comisión de Valoración creada al efecto, resuelve:

Primero.-Admitir las renuncias a dichas ayudas de los beneficiarios que se relacionan en el anexo I a esta Resolución.

Segundo.-Declarar el desistimiento de los beneficiarios que se relacionan en el mismo anexo I, dejando sin efecto la ayuda concedida a los mismos por Resolución de 29 de agosto de 2005, por no haber cumplimentado el requerimiento efectuado en el plazo concedido para ello. Tercero.-Aplicar el consiguiente remanente de crédito presupuestario producido con dichas renuncias y desistimientos a conceder las ayudas que se relacionan en el anexo II por la cuantía señalada, determinada ésta siguiendo los criterios que se establecen en el apartado noveno de la Resolución de convocatoria de 9 de marzo de 2005.

Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Así mismo la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 22 de noviembre de 2005. El Director General, José Antonio Campos Borrego.

ANEXO II Ayudas concedidas

Apoyo a la difusión de la dramaturgia y de la creación españolas contemporáneas (A1)

Traspasos Kultur, S.L.: 18.000 euros.

Apoyo a la difusión de la dramaturgia internacional clásica y contemporánea (A3)

Producciones Andrea D'Odorico, S.L.: 40.000 euros.

Ayudas para festivales, muestras, ferias y actividades de carácter teatral organizadas por entidades sin fines de lucro (C3)

Asociación José Estruch (A.T.E): 18.000 euros.

Giras teatrales por el extranjero (B1)

Fundiciones Teatrales C-2, S.L.: 12.000 euros. Antonia San Juan, S.L.: 8.000 euros. Agerre Teatro Taldea, S.L.: 3.500 euros. Geografía, S.L.: 5.000 euros. Producciones Sorondongo, S.L.: 5.269,60 euros. María José Vidal García: 12.000 euros. Producciones Nun Tris, S.L.: 7.000 euros.

Incrementos

Apoyo a la difusión de la dramaturgia y de la creación española contemporánea (A1)

Ernesto Caballero de las Heras: 12.000 euros.

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