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Documento BOE-A-2005-21129

Orden SCO/4034/2005, de 12 de diciembre, por la que se amplía el plazo previsto para la realización de los procesos extraordinarios de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2005, páginas 42014 a 42014 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2005-21129

TEXTO ORIGINAL

El artículo único del Real Decreto-Ley 9/2004, de 3 de diciembre que determina los plazos de ejecución de los procesos previstos en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias de los Servicio Nacional de Salud (convalidado por Resolución de 22 de diciembre de 2004), establece que «a efectos de lo previsto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para la resolución de los procesos de selección y provisión convocados al amparo de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias de los Servicio Nacional de Salud queda fijado en 12 meses contados desde el día siguiente al de la entrada en vigor de este Real Decreto Ley» .El citado artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contempla que excepcionalmente, podrá acordarse la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes y sólo una vez agotados todos los medios a disposición posibles. El proceso de consolidación de empleo, por sus propias características de excepcionalidad y singularidad, supone la gestión de unas magnitudes, en lo referido a número de participantes y actos administrativos derivados de las pruebas selectivas, no habituales en los procesos selectivos de las Administraciones Públicas, lo que ha generado una gran complejidad de la logística de los mismos, que aún con la habilitación de todos los medios personales y materiales posibles, hace imposible el cumplimiento de los plazos establecidos. Por otro lado, la articulación procesal del modelo diseñado no ha permitido anticipar las medidas de gestión habituales en los procesos selectivos ordinarios de carácter masivo. Ello, unido a las medidas garantizadoras adicionales que la ley, de forma acertada, ha puesto a disposición de los participantes motiva la necesidad de ampliar el plazo previsto para la culminación definitiva de dichos procesos. En su virtud, esta Dirección General, en uso de las facultades conferidas en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por el número 11 del apartado Tercero de la Orden SCO/2475/2005, de 8 julio, del Ministerio de Sanidad y Consumo, sobre delegación de competencias, resuelve lo siguiente:

Primero.-Se amplía en doce meses, el plazo previsto en el artículo único del Real Decreto-Ley 9/2004 (convalidado por Resolución de 22 de diciembre), para la resolución de los procesos convocados al amparo de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias de los Servicio Nacional de Salud.

Segundo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Ministerio de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes o recurso contencioso administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados ambos a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 12 de diciembre de 2005.-P. D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, «Boletín Oficial del Estado» de 23 julio), la Directora General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, Consuelo Sánchez Naranjo.

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