Visto el expediente de indulto de don Juan Francisco Valor Gómez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección séptima, de Barcelona, en sentencia de 22 de octubre de 2002, como autor de dos delitos de amenazas condicionales vertidas por escrito, a la pena de un año y nueve meses de prisión, por cada uno, con las accesorias de privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de diciembre de 2005,
Vengo en conmutar a don Juan Francisco Valor Gómez, las penas privativas de libertad impuestas, por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de diciembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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