Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-2349

Resolución de 21 de enero de 2005, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se da publicidad a la cláusula adicional número 1, por la que, al amparo de lo dispuesto en la Decisión C(2004)237, de 27 de enero, se modifica el Convenio de 17 de julio de 2002, por el que se formaliza una subvención global en cumplimiento de la Decisión C(2001)2068, de 31 de julio, relativa a la iniciativa comunitaria LEADER PLUS en la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2005, páginas 5098 a 5099 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2005-2349

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la cláusula adicional número 1 por la que, al amparo de lo dispuesto en la Decisión C(2004)237, de 27 de enero, se modifica el Convenio de 17 de julio de 2002 por el que se formaliza una subvención global en cumplimiento de la Decisión C(2001)2068, de 31 de julio, relativa a la iniciativa comunitaria LEADER PLUS en la Comunidad Autónoma de Madrid, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para el general conocimiento.

Madrid, 21 de enero de 2005.-El Director General, Francisco Amarillo Doblado.

ANEXO

Cláusula adicional número 1

Por la que, al amparo de lo dispuesto en la Decisión C(2004) 237, de 27 de enero, se modifica el Convenio de 17 de julio de 2002 por el que se formaliza una subvención global en cumplimiento de la Decisión C(2001)2068, de 31 de julio, relativa a la iniciativa comunitaria LEADER PLUS en la Comunidad Autónoma de Madrid, entre:

La Comisión de las Comunidades Europeas, en adelante denominada «la Comisión», con sede en Rue de la Loi, n.° 200, 1049 Bruselas, Bélgica, representada por el Comisario de Agricultura y Desarrollo Rural por una parte, y

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con sede en Paseo Infanta Isabel, número 1, 28071 Madrid, España, representado por la Excma. Sra. doña Elena Espinosa Mangana, Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud del Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, por el que se dispone su nombramiento y conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y La Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, con sede en calle Príncipe de Vergara ,número 132, Madrid, España, representada por el Excmo. Sr. don Fernando Merry Del Val y Díez de Rivera, Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, en virtud del Decreto 65/2003, de 21 de noviembre, por el que se dispone su nombramiento y conforme a las atribuciones que le confiere el Decreto 9/2004, de 15 de abril, de la Presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid por el que se delega en el Consejero de Economía e Innovación Tecnológica la firma de la presente cláusula adicional número 1 al Convenio por el que se formaliza una subvención global en cumplimiento de la Decisión C(2001)2068, de 31 de julio, relativa a la iniciativa comunitaria Leader Plus en la Comunidad Autónoma de Madrid, como «organismo intermediario», constituido como órgano de cooperación al amparo del artículo 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los efectos del artículo 27.2 del Reglamento (CE) 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre Fondos Estructurales, por otra.

Visto el Convenio de referencia, que trae causa de la Decisión C(2001) 2068 de la Comisión, de 31 de julio, rectificada por la Decisión C(2004) 237, de 27 de enero, por la que se concede una ayuda de la Sección de Orientación del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola para un programa de iniciativa comunitaria Leader Plus en la Comunidad Autónoma de Madrid.

Considerando que:

1. El cuadro financiero de la Decisión C(2001) 2068 prevé que la participación comunitaria ascienda al 47,94 por 100 de los gastos públicos elegibles en el eje 1 «Estrategias territoriales integradas de desarrollo rural de carácter piloto» y del 75 por 100 en los ejes 2 «Apoyo a la cooperación entre territorios rurales» y 3 «Gastos de gestión, control y evaluación», cuando, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento (CE) 1260/1999, la participación de los Fondos será de un máximo de un 50 por 100 del coste total elegible y, por norma general, un mínimo de un 25 por 100 de los gastos públicos elegibles para las medidas aplicadas en las regiones fuera de Objetivo 1.

2. Con objeto de dar cumplimiento a las disposiciones reglamentarias, la Comisión ha adoptado la Decisión C(2004) 237, de 27 de enero, por la que se rectifica la Decisión C(2001) 2068, de 31 de julio, en el sentido de sustituir el Anexo de esta Decisión por el Anexo de la nueva Decisión adoptada.

Las partes contratantes convienen lo siguiente

Artículo primero.

Se sustituye el Anexo I «Subvención Global Leader Plus-Cuadro financiero indicativo por ejes prioritarios y medidas (2000-2006)» del Convenio de referencia por el Anexo que se incorpora a la presente Cláusula Adicional número 1.

Artículo segundo.

Con arreglo a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 2 del Convenio y sin perjuicio de lo previsto en el apartado 2 del artículo 14 del mismo, el anexo a la presente Cláusula Adicional contiene el reparto indicativo por medidas para el período 2000-2006.

Artículo tercero.

La referencia a la «Fecha de la última Decisión de la Comisión sobre el programa» que consta en el anexo II del Convenio, se entenderá hecha a la de la Decisión C(2004) 237, de 27 de enero de 2004.

Artículo cuarto.

Las demás disposiciones del Convenio de referencia permanecen en vigor.

Bruselas, 20 de octubre de 2004.-El Comisario de Agricultura y Desarrollo Rural, Franz Fischler.-La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Elena Espinosa Mangana.-El Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, Fernando Merry del Val y Díez de Rivera.

ANEXO 1

SUBVENCIÓN GLOBAL LEADER PLUS

Cuadro financiero indicativo por ejes prioritarios y medidas (2000-2006)

N.º de referencia asignado por la Comisión al programa: 2000 ES 060 PC 014

Titulo: Leader + Madrid

Fecha de la última decisión sobre el programa: 27/01/2004

Euros

Eje prioritario/Medida

Ámbito

Coste total

Sector Público

Sector Privado

Total

Contribución Comunitaria FEOGA

Contribución Nacional

Total

Central

Regional

Local

Eje prioritario 1. Estrategias territoriales integradas de desarrollo rural de carácter piloto.

Medida 1.1

411,414,415

100.000

100.000

50.000

50.000

25.000

25.000

-

-

Medida 1.2

411,414,415

1.857.600

1.857.600

928.800

928.800

407.130

521.670

-

-

Medida 1.3

154,36,166

2.586.960

1.022.386

511.193

511.193

209.930

228.799

72.464

1.564.574

Medida 1.4

1.312,343,332

1.928.237

1.369.486

684.743

684.743

201.463

208.596

274.684

558.751

Medida 1.5

114,1304,122

4.684.041

2.168.474

1.084.237

1.084.237

288.815

665.990

129.432

2.515.567

Medida 1.6

161,164,163

2.827.234

970.258

485.129

485.129

210.465

274.664

-

1.856.976

Medida 1.7

354,172,1.306

2.016.041

1.500.980

750.490

750.490

187.108

238.961

324.421

515.061

Medida 1.8

1.310,171,173

5.117.150

1.754.452

877.226

877.226

210.846

468.410

197.970

3.362.698

Medida 1.9

1.307,1.305,1.311

1.166.786

546.654

273.327

273.327

90.826

182.501

-

620.132

Medida 1.10

167,174,2

505.937

409.710

204.855

204.855

83.417

120.409

1.029

96.227

Total eje prioritario 1

22.789.986

11.700.000

5.850.000

5.850.000

1.915.000

2.935.000

1.000.000

11.089.986

Eje prioritario 2. Apoyo de la cooperación entre territorios rurales.

Medida 2.1

13,16,17

631.042

588.000

294.000

294.000

147.000

147.000

0

43.042

Medida 2.2

13,16,17

252.000

252.000

126.000

126.000

63.000

63.000

0

0

Total eje prioritario 2

883.042

840.000

420.000

420.000

210.000

210.000

0

43.042

Eje prioritario 4. Gastos de gestión, seguimiento y evaluación del programa.

Medida 4.1

411,412,413

60.000

60.000

30.000

30.000

15.000

15.000

0

0

Total eje prioritario 4

60.000

60.000

30.000

30.000

15.000

15.000

0

0

Total

23.733.028

12.600.000

6.300.000

6.300.000

2.140.000

3.160.000

1.000.000

11.133.028

El cálculo utilizado para todas las medidas de este programa está basado en el gasto público.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid