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Documento BOE-A-2005-2517

Resolución de 19 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se concede la modificación adicional cuarta de la aprobación CE de modelo al instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo báscula aérea de dos células, modelo L-9004, a favor de Europlas Norte, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2005, páginas 5513 a 5514 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2005-2517

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad Europlas Norte, S.L. (Barrio Kukullaga, n.º 4, E-48450 Etxebarri -España), en solicitud de modificación adicional cuarta de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo báscula aérea de dos células, modelo L-9004, con aprobación CE de modelo número E-01.02.41 de 12 de noviembre de 2001, con modificación adicional primera número E-01.02.41 de 21 de diciembre de 2001, con modificación adicional segunda número E-01.02.41 de 22 de enero de 2002, y con modificación adicional tercera número E-01.02.41 de 22 de abril de 2003, emitidas por esta Dirección General (Organismo Notificado número 0315). Visto el dossier técnico que acompaña la petición de la entidad interesada, donde se incluye la documentación relativa a la modificación. Considerando que la documentación presentada acredita que el instrumento está de acuerdo con la Directiva de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión, y con la Directiva por la que se establecen los procedimientos de evaluación de la conformidad y los requisitos de protección relativos a la compatibilidad electromagnética de los equipos, sistemas e instalaciones. Esta Dirección General del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985 de 18 de marzo; el Decreto 199/1991 de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.-Autorizar a favor de la Entidad Europlas Norte, S.L., la modificación adicional cuarta de la aprobación CE de modelo número E-01.02.41 de 12 de noviembre de 2001, con modificación adicional primera número E-01.02.41 de 21 de diciembre de 2001, con modificación adicional segunda número E-01.02.41 de 22 de enero de 2002, y con modificación adicional tercera número E-01.02.41 de 22 de abril de 2003.

Segundo.-Esta modificación cuarta corresponde a:

El cambio en la titularidad de la aprobación CE de model número E-01.02.41.

El cambio en la titularidad del certificado de ensayo metrológico número E-98.02.C01 correspondiente a la célula de carga modelo TC-110. El cambio en la titularidad del certificado de ensayo metrológico número E-00.02.C03 correspondiente a la célula de carga modelo TFA/2. El cambio en la titularidad del certificado de ensayo metrológico número CEM-CY-96/008-5.2 correspondiente al dispositivo indicador modelo V2000. El cambio de placa de características.

Tercero.-Se trata de una báscula aérea de dos células, instrumento de pesaje de funcionamiento no automático (IPFNA), graduado, de equilibrio automático, monorango y monoescalón, con indicación digital de peso. Las características metrológicas son:

Clase de precisión media

(III)

-

n ≤ nmáx

2000

3000

2000

3000

kg

Máx

200

300

400

600

kg

Mín

2

2

4

4

kg

e

100

100

200

200

g

Temperatura

-10 a +40

ºC

Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la modificación adicional cuarta a que se refiere esta resolución deberán de cumplir las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales que figuran en el certificado de modificación adicional cuarta número E-01.02.41 y su anexo. El modelo esta completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en esta Dirección General con el número de referencia 60/04. Quinto.-Esta modificación adicional cuarta número E-01.02.41 estará afectada por los mismos plazos de validez de la resolución de aprobación CE de modelo de 12 de noviembre de 2001. Sexto.-Los instrumentos de pesaje correspondientes a la modificación adicional cuarta a que se refiere esta resolución, llevarán las inscripciones indicadas en el anexo técnico del certificado de modificación cuarta número E-01.02.41. Séptimo.-Ninguna propiedad de este instrumento, descrita o no, puede ser contraria a la legislación en vigor.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 19 de noviembre de 2004.-El Director General, por delegación de la firma, el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

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