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Documento BOE-A-2005-2525

Resolución de 3 de enero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía e Innovación y Tecnológica, por la que se prorroga la habilitación de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial como organismo autorizado para ejecutar diversas actuaciones en materia de metrología legal en el ámbito metrológico de la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2005, páginas 5518 a 5518 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2005-2525

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero. Con fecha 7 de enero de 2003 se habilita, mediante Resolución, a la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial como organismo autorizado para autorizado para la realización de los ensayos y emisión de informes previos a la aprobación de modelo, así como, para la ejecución de la fase de control metrológico de verificación primitiva sobre los registradores de temperatura en el transporte de productos congelados para el consumo humano, regulados por la Orden de 2 de septiembre de 1996. Segundo. En el punto undécimo de la mencionada Resolución se establece que dicha habilitación tiene validez hasta el 7 de enero de 2005, pudiendo ser prorrogada por periodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de 5 años, previa solicitud presentada por su titular tres meses antes de la fecha de vencimiento. Tercero. Durante el período de habilitación, el organismo autorizado ha cumplido con diligencia con todas las tareas a él encomendadas, dando sobradas muestras de capacidad técnica y humana para actuar en el ámbito de metrología legal. Cuarto. Una vez transcurrido el periodo de validez de la mencionada habilitación, se presenta en el Registro de Entrada de esta Dirección General la solicitud de renovación de la misma firmada por don José Mª Martínez-Val Peñalosa y don Juan Manuel González, en nombre y representación del citado organismo. Quinto. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, estima que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.

Fundamentos de Derecho

Primero. Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y el Decreto 115/2004, de 29 de julio, que establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica. Segundo. La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 2 de septiembre de 1996, del Ministerio de Fomento, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los registradores de temperatura en el transporte de productos ultracongelados para el consumo humano, establecen los requisitos reglamentarios para que dichos instrumentos puedan ser fabricados, importados, comercializados y empleados. Tercero. En concreto, la mencionada Orden de 2 de septiembre de 1996, establece que para ser fabricados, importados o comercializados, este tipo de instrumentos deberán superar las fases de aprobación de modelo y verificación primitiva, durante la cual deberán ser sometidos a una serie de ensayos cuya ejecución debe ser llevada a cabo por los servicios de las Administraciones Públicas competentes o por los organismos autorizados por éstas, que cuenten con los laboratorios y el personal técnicamente cualificado, necesarios para ejecutar los cometidos que se establecen en dicha Orden. Cuarto. La Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial dispone de los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de estos controles, además de una probada experiencia, independencia, imparcialidad y neutralidad. Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas resuelve: Conceder a la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial la prórroga, por un periodo de tres años, de la habilitación como organismo autorizado para la ejecución de la fase de control metrológico de verificación primitiva sobre los registradores de temperatura en el transporte de productos congelados para el consumo humano, regulados por la Orden de 2 de septiembre de 1996, en el ámbito metrológico de la Comunidad de Madrid. Dicha habilitación continuará estando sometida a todos los condicionamientos establecidos en la Resolución de habilitación inicial.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero del mismo año, al no poner fin este acto a la vía administrativa.

Madrid, 3 de enero de 2005.-El Director General, Carlos López Jimeno.

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