El Tribunal Constitucional, por Auto de 2 de febrero actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de inconstitucionalidad número 2811/1999, planteado en relación con el artículo 5, apartado 4, letras a y b, de la Ley Foral del Parlamento de Navarra 6/1999, de medidas públicas de apoyo a la implantación de la jornada laboral de treinta y cinco horas y de reducción y reordenación del tiempo de trabajo, declarándose extinguido el proceso, que fue admitido a trámite por providencia de 13 de julio de 1999.
Madrid, 2 de febrero de 2005.-La Presidenta del Tribunal Constitucional,
CASAS BAAMONDE
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