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Documento BOE-A-2005-2970

Resolución de 7 de febrero de 2005, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca el «Premio de Periodismo de Protección de Datos Personales», correspondiente a 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 2005, páginas 6486 a 6487 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-A-2005-2970

TEXTO ORIGINAL

La Agencia Española de Protección de Datos, en el ejercicio de las competencias que la Ley le atribuye, y con la finalidad de promover y fomentar el desarrollo del derecho fundamental a la protección de datos en el ámbito de los medios de comunicación social, ha acordado proceder a la convocatoria del «Premio de Periodismo sobre Protección de Datos Personales», correspondiente a 2005, que habrá de ajustarse a las siguientes bases:

Primera.-Se convoca el «Premio de Periodismo Protección de Datos Personales» correspondiente a 2005 con una dotación de mil quinientos euros.

Segunda.-Pueden optar al «Premio de Periodismo Protección de Datos Personales» los trabajos emitidos, entre el 2 de noviembre de 2004 y el 1 de noviembre de 2005, en cualquier medio de comunicación social (televisión, radio, prensa) que tengan como tema central la protección de datos personales. Tercera.-El premio se otorgará al artículo o reportaje, de mayor mérito, que signifique una aportación destacada al conocimiento de la realidad y perspectivas de la protección de datos personales. Cuarta.-La extensión de los trabajos será libre, debiendo aportarse, en el caso de prensa, original y dos copias, y en los aparecidos en otros medios, dos copias. En el supuesto de no presentarse en cualquiera de las lenguas oficiales españolas, se acompañará traducción en lengua castellana. Quinta.-Las obras podrán presentarse en el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos, c/. Sagasta n.º 22, planta baja, 28004 Madrid, o enviarse por correo certificado dirigido a la citada dirección antes de las catorce horas del día 18 de noviembre de 2005. Sexta.-Concederá el premio un Jurado compuesto por el Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos, bajo la Presidencia de su Director, e integrado por los vocales miembros del Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo su mandato en el momento de efectuarse el fallo. Actuará como Secretario de dicho Jurado, con voz y sin voto, el Secretario de dicho Consejo. En caso de empate decidirá la votación el voto del presidente. Si el Jurado lo estimara oportuno podrá distribuir el premio por partes iguales entre los trabajos presentados que se consideren de igual mérito. Séptima.-La decisión del Jurado, que podrá declarar desierto el premio, se hará pública antes del día 23 de diciembre de 2005. El fallo, frente al que no habrá recurso, se notificará formalmente a quien resulte premiado. Octava.-La Agencia Española de Protección de Datos podrá reproducir, total o parcialmente, el trabajo premiado citando el nombre de los autores así como el medio de comunicación de que se trate. Los trabajos y material enviado se devolverán a su autor, quedando una copia de los mismos en la Agencia Española de Protección de Datos.

Novena.-La participación en el concurso implica la aceptación de todas las bases de la convocatoria.

Madrid, 7 de febrero de 2005.-El Director, José Luis Piñar Mañas.

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