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Documento BOE-A-2005-3020

Resolución de 27 de enero de 2005, de la Universidad de Valencia, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al grupo B, por el turno libre, sector administración especial, Escala Técnica Media de Prevención.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2005, páginas 6531 a 6538 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2005-3020

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, haciendo uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 en relación con el 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, y según lo establecido en el artículo 190 de los Estatutos de la Universitat de València, acuerda convocar pruebas selectivas de acceso al Grupo B, por el turno libre, sector de administración especial, Escala Técnica Media de Prevención, de la Universitat de València, con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Esta convocatoria tiene por objeto, la selección de personal para cubrir 1 vacante del grupo B, por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica media de prevención para un puesto de técnico medio de prevención de riesgos laborales: seguridad en el trabajo, mediante el sistema de concurso-oposición.

1.2 Según lo previsto en el artículo 73 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, la realización de estas pruebas selectivas, se ajustará a lo previsto en la legislación vigente para la Función Pública de la Generalitat Valenciana y la normativa específica universitaria recogida en la Ley Orgánica de Universidades y en los Estatutos de la Universidad de Valencia, así como en las normas establecidas en esta convocatoria. 1.3 El proceso selectivo constituido por concurso-oposición lo integrarán, las pruebas, valoraciones, puntuaciones y materias que figuran en el Anexo I. El temario que ha de regir estas pruebas figura en el Anexo II. 1.4 La adjudicación de la plaza al o la aspirante que supere este proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación obtenida por éste en el concurso-oposición. 1.5 De acuerdo con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades esta convocatoria se publicará en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado», siendo esta última publicación la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes. El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» DOGV.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitidos o admitidas en la realización de estas pruebas los y las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, según lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.

2.1.2 Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación. 2.1.3 Estar en posesión del Titulo de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o titulación equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. 2.1.4 Poseer el titulo de técnico superior en prevención de riesgos laborales, especialidad seguridad en el trabajo (homologado por la consejería o el ministerio) o estar en condiciones de obtenerlo antes que finalice el termino de presentación de solicitudes. 2.1.5 Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones. 2.1.6 No hallarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de funciones públicas. 2.1.7 No haber sido separado mediante expediente disciplinario, de cualquier administración o empleo público. Los y las aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 Los requisitos a que se refiere el apartado 2.1, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y disfrutar de los mismos durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.

2.3 En el momento de presentar la solicitud, sólo se exigirá declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.7 de esta convocatoria, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que haber aprobado el concurso oposición.

3. Solicitudes

3.1 Quién desee tomar parte en estas pruebas selectivas lo hará constar en la solicitud que se encuentra en esta convocatoria como anexo V y que facilitará gratuitamente el Servicio de Recursos Humanos (PAS) de esta Universidad, en la Avda. Blasco Ibañez, n.º 13, nivel 1, DP 46010, de Valencia. También podrán acceder a una copia de dicha solicitud a través de la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS) cuya dirección es: http://www.uv.es/~pas/

3.2 Las solicitudes se dirigirán por triplicado (una para la entidad bancaria, una para la Universitat y una para el interesado o la interesada) al Rector de la Universitat de València. 3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» BOE. La publicación de la convocatoria en el DOGV, tendrá sólo carácter informativo. 3.4 Las solicitudes se presentarán en la oficina del Banco Santander Central Hispano. Asimismo, podrán ser presentadas en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes presentadas en las oficinas de correos deberán cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos: la solicitud se presentará en sobre abierto para que el empleado estampe el sello de fechas en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha. 3.5 A la solicitud se unirá la siguiente documentación:

3.5.1 Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los y las aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en estas pruebas, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.

3.5.2 Resguardo original del ingreso de los derechos de examen.

3.6 Los derechos de examen serán de 20 euros que se ingresarán en la cuenta corriente Derechos de examen. Universitat de València, n.º 0049/5457/28/2116017088 del Banco Santander Central Hispano, oficina de la calle Artes Gráficas n.º 12 de Valencia, o a través de transferencia a la citada cuenta.

Si el pago se efectúa a través de transferencia, la solicitud deberá presentarse en el registro de una Administración Pública o en la oficina de correos. La falta de acreditación del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. 3.7 De acuerdo con lo que disponen las Normas de Ejecución Presupuestaria para el año 2005 de esta Universidad, están exentos del pago de los derechos de examen:

3.7.1 Los y las aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %.

3.7.2 Quienes se encuentren como demandantes de empleo, al menos durante el plazo de un mes antes de la fecha de la publicación de la convocatoria de estas pruebas selectivas. Para el disfrute de la exención será requisito que no hubieran rechazado, en el plazo de que se trate, ninguna oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. Estos aspirantes deberán presentar los certificados correspondientes que acrediten su condición de discapacitados (mediante certificación de la Consellería de Bienestar Social u órgano competente), o de su condición de desempleado (mediante certificación del SERVEF) y lo hagan constar expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud.

3.8 Los y las aspirantes con minusvalías que deseen solicitar medidas de adaptación, deberán indicarlo expresamente en el impreso de solicitud. En el anexo VI, figura la lista de medidas de adaptación posible. Deberán adjuntar a la solicitud, certificación del grado de discapacitación efectuada por el órgano competente.

3.9 Si la convocatoria prevé la realización de pruebas de idiomas, los ó las aspirantes deberá hacer constar su opción en el impreso de solicitud. De no hacerlo así, se entenderá que renuncia a efectuar estas pruebas, siempre que sean voluntarias y de méritos. 3.10 Los errores que pudieran advertirse serán corregidos en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado o interesada.

4. Admisión de aspirante

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación del cumplimiento de todos los requisitos de participación señalados en esta convocatoria, así como el pago de los derechos de examen, el Rector dictará una resolución que se publicará en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y que contendrá la lista provisional de admitidos y excluidos a la realización de las pruebas.

4.2 A partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, se iniciará un plazo de 10 días hábiles, para que se puedan formular alegaciones o se puedan subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En cualquier caso, con el objeto de evitar errores y para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las y los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino que además, sus nombres constan correctamente en la pertinente relación de admitidos. Los y las aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos detectados o no aleguen las omisiones, serán definitivamente excluidos de la participación de estas pruebas. 4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y alegaciones, y resueltas las mismas, se dictará una nueva resolución, que contendrá la lista definitiva de admitidos y excluidos, la fecha, el lugar y la hora de la celebración del primer ejercicio. Esta resolución se publicará en el DOGV. 4.4 Será causa de exclusión, además de las señaladas en otros apartados de estas bases:

La omisión de la firma en la solicitud

No adjuntar fotocopia del DNI.

4.5 Será causa de exclusión del ejercicio de méritos no señalar el apartado correspondiente de la solicitud; y respecto del ejercicio de idioma no especificar el idioma elegido.

5. Desarrollo de las pruebas selectivas

5.1 Los ejercicios tendrán lugar en las dependencias de la Universitat de València. El primer ejercicio se realizará en el lugar, fecha y hora que se establezca en la resolución del Rectorado de esta Universitat por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos de las pruebas objeto de esta convocatoria.

5.2 En el caso de realizarse alguno de los ejercicios en varias sesiones, el orden de actuación de los opositores se establecerá por sorteo. 5.3 En cada ejercicio, los y las aspirantes deberán acreditar su personalidad exclusivamente mediante la presentación de DNI, del pasaporte o del permiso de conducir, junto con el ejemplar para el interesado del impreso de solicitud de admisión a las pruebas. El incumplimiento de este requisito por algún aspirante determinará la exclusión de éste de la celebración de las pruebas. En ningún caso serán válidas las copias o fotocopias de dichos documentos. 5.4 Los y las aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de estas pruebas quienes no comparezcan. Decaerán en su derecho cuando se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas aún cuando sea por causa justificada. Los miembros del tribunal y el personal colaborador del mismo, no permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios, de aquellas personas que no cumplan los anteriores requisitos, ni de aquellas que comparezcan una vez concluido el llamamiento de los aspirantes convocados. No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras de carácter individual y sucesivo, el tribunal podrá apreciar las causas alegadas y admitir al o la aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto de personal. 5.5 Al finalizar cada una de las pruebas, el anuncio de la celebración de la siguiente se hará público por el tribunal en el local en que se haya celebrado dicha prueba, así como en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos (PAS) de esta Universidad con una antelación mínima de 48 horas. Complementariamente también se publicarán en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS) cuya dirección es: http://www.uv.es/~pas. 5.6 Si el tribunal tuviese conocimiento en cualquier momento del proceso selectivo de que alguno de los o las aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia al interesado o la interesada, se procederá a su exclusión, comunicándole asimismo la inexactitud o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

6. Información y publicidad de los actos del tribunal

6.1 Toda la información que sea necesario comunicar a los y las aspirantes, las listas de aprobados de cada uno de los ejercicios, la valoración de los méritos y cualquier otro anuncio que el tribunal estime pertinente, se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos (PAS), y en la página web del mismo Servicio, cuya dirección es http://www.uv.es/~pas. Las listas de aprobados de cada ejercicio también se publicarán en los locales donde se hayan celebrado dichas pruebas.

6.2 Una vez finalizadas todas las pruebas y valorados los méritos que integran el concurso-oposición, el tribunal hará pública la lista de aprobados por orden de puntuación. Esta lista de aprobados será definitiva y contendrá el mismo número de aprobados que de vacantes convocadas. 6.3 Finalizado el proceso selectivo, por resolución del rector se hará pública en el DOGV la lista definitiva de aprobados por orden de puntuación.

7. Conocimientos de valenciano

7.1 Aquellos que aprueben las pruebas selectivas deberán acreditar el conocimiento de valenciano de nivel medio con certificados, diplomas o títulos expedidos u homologados por el Servicio de Política Lingüística de esta Universidad.

7.2 Aquellos que no cumplan el requisito anterior se comprometerán a realizar los oportunos cursos de formación y perfeccionamiento que se organicen a este efecto parar adquirir en el plazo de un año desde la toma de posesión, o en el tiempo que permita la programación del Servicio de Política Lingüística el nivel medio de conocimiento de la lengua.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente al de publicación en el DOGV de la lista de aprobados, el o la aspirante al puesto deberá presentar en el Servicio de Recursos Humanos (PAS) de esta Universidad la siguiente documentación:

8.1.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil correspondiente, o fotocopia del DNI.

8.1.2 Fotocopia compulsada de los títulos académicos exigibles según la presente convocatoria. 8.1.3 Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán además efectuar la declaración de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública. 8.1.4 Certificado médico acreditativo de poseer capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A estos efectos, los reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos de la Universitat de València. 8.1.5 El o la aspirante con alguna discapacidad deberá aportar un certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la capacidad para llevar a cabo las tareas que correspondan al puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.

8.2 El o la aspirante que teniendo la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo de esta Universidad, haya concurrido a estas pruebas, quedará exento de justificar documentalmente las condiciones generales que ya hubiesen sido acreditadas por nombramientos anteriores, debiendo acreditar el resto de las mismas.

8.3 La falta de presentación de la documentación, dentro del plazo indicado (salvo casos de fuerza mayor) o la falsedad de documentos, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante y, con respecto de éste, la nulidad subsiguiente de los actos del tribunal, sin perjuicio de las responsabilidades en que el aspirante hubiera podido incurrir.

9. Nombramiento de funcionarios o funcionarias

Transcurrido el plazo de presentación y verificación de la documentación presentada, mediante resolución del rectorado, que se publicará en el DOGV, se nombrará funcionario o funcionaria de carrera a quien haya superado estas pruebas selectivas.

10. Tribunal

10.1 El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo III de esta convocatoria. El nombre de las personas que lo integran se hará público en la misma resolución en la que se publique la lista definitiva de admitidos y excluidos.

10.2 El tribunal podrá, siempre bajo su dirección y control directo, nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes. 10.3 Los miembros del tribunal, así como los colaboradores, especialistas y ayudantes deberán abstenerse de intervenir en las actividades del tribunal, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de opositores a pruebas selectivas al mismo cuerpo y escala en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La presidencia podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en los antedichos artículos. 10.4 Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el tribunal con asistencia, al menos de la mayoría reglamentaria de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión el tribunal acordará todas las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. Durante el proceso selectivo, el tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 10.5 El tribunal adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con minusvalías tengan las mismas condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este sentido se establecerá, para las personas que lo soliciten según indica la base 3.8, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. 10.6 A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universitat de València. 10.7 El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría que para estos casos determine la legislación vigente. 10.8 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contradiga lo establecido será nula de pleno derecho. 10.9 La presidencia del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, en aquellos ejercicios que sea procedente.

11. Información respecto a los datos recogidos

11.1 Los datos suministrados por los interesados podrán quedar incorporados en un fichero automatizado que constituye la Base de Datos de Personal, o la Base de Datos de Bolsa de Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD)

11.2 El fichero quedará bajo la responsabilidad de la Secretaría General de la UVEG en la Avda. Blasco Ibáñez, n.º 13, DP 46010 de Valencia. 11.3 La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de personal. 11.4 Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección que establece el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, en el que se regulan las medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal, adoptándose las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información. 11.5 Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que establece la LOPD, ante el Servicio de Recursos Humanos (PAS) de la Universitat de València, en la Avda. Blasco Ibáñez, n.º 13, nivel 1, DP 46010 de Valencia.

12. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso administrativo ante los órganos de la jurisdicción contenciosa administrativa de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación.

Contra los actos del Tribunal, se podrá interponer un recurso de alzada según lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 27 de enero de 2005.-El Rector, por delegación (DOGV 5-05-03), la Vicerrectora de Economía y Administración, Matilde Fernández Blanco.

ANEXO I Sistema selectivo

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.

Fase de oposición: Constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios y uno voluntario y de méritos: 1.º ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en un test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta, relacionadas con el programa (administración general y específica) que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

Las respuestas erróneas penalizarán según la siguiente fórmula: E A - d - 1 N = × 10 n

donde: N = Nota resultante.

A = Número de aciertos. E = Número de errores. d = Número de opciones para cada pregunta. n = Número de preguntas.

El numero de preguntas lo fijará el Tribunal, al igual que el tiempo de desarrollo del ejercicio, con la suficiente antelación.

El ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos.

2.º Ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en desarrollar dos temas elegidos de entre tres de los propuestos por el tribunal y extraídos al azar del programa específico que figura en el Anexo II de esta convocatoria. Si el temario se compone de diferentes bloques, el tribunal sorteará en primer lugar los bloques y de los que resulten, sortearán los temas, de forma que cada tema corresponda a un bloque diferente.

La duración mínima del ejercicio será de una hora y máxima de dos, a criterio del Tribunal. Una vez concluida la prueba, los ejercicios serán introducidos en un sobre que se cerrará posteriormente, quedando bajo la custodia del Tribunal calificador, el cual llamará individualmente a los opositores para la lectura pública de los temas que hayan desarrollado. El lugar, fecha y hora de la lectura, lo anunciará el Tribunal con suficiente antelación. Cada tema se valorará de 0 a 10 puntos y para superar esta parte será necesario obtener al menos 10 puntos entre ambos y no haber sido calificado con cero puntos en ninguno de los dos temas. 3.º Ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en la resolución de dos ejercicios prácticos a elegir entre tres de los propuestos por el tribunal, relacionados con el contenido del temario específico que figura en el anexo II de esta convocatoria. La prueba practica tendrá las características adecuadas a la función que se desarrolla en la escala a la que se integra la plaza convocada. Se podrán realizar con medios informáticos (tratamiento de texto, hoja de cálculo, base de datos, programas específicos, dibujo, laboratorios, etc.) que el tribunal considere oportuno. Todo esto se anunciará en el momento de la publicación de los resultados del primer ejercicio. Así mismo, y según las características del ejercicio, en este momento se anunciará la duración. Cada supuesto se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlos haber obtenido al menos 10 puntos entre los dos y no ser valorado con cero puntos en ningún supuesto. 4.º Ejercicio (Voluntario y de méritos): Los que opten por la realización de este ejercicio deberán hacer necesariamente la parte de conocimiento del valenciano y la entrevista.

Primera parte: Voluntaria. Tendrá por objeto valorar el conocimiento de uno o varios idiomas comunitarios, de entre los siguientes: inglés, alemán, francés e italiano, según la opción manifestada por el aspirante en el impreso de solicitud.

El ejercicio se valorará a razón de 1,5 puntos como máximo por idioma, y en conjunto no se podrán superar los 3 puntos. El tiempo de realización lo fijará el tribunal con suficiente antelación

Segunda parte: Obligatoria. Constará de dos partes:

Traducción directa y sin diccionario de un texto del castellano al valenciano. Se valorará de 0 a 1,5 puntos.

Redacción en valenciano sin utilizar el diccionario de un oficio, carta, circular, memoria, etc. Se valorará de 0 a 1,5 puntos.

El tiempo de esta parte será fijado por el Tribunal con suficiente antelación. Tercera parte: Obligatoria. Tendrá por objeto mantener una entrevista. El lugar, día y hora de celebración de la misma, será fijada por el tribunal con suficiente antelación.

Se valorará de 0 a 3 puntos.

Fase de concurso: Se valorarán los méritos de los curriculums de los y las aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el anexo IV. La puntuación obtenida en la fase de concurso se sumará a la obtenida en la fase de oposición para elaborar el orden definitivo de los concursantes aprobados.

A continuación, se elaborará por orden de puntuación una lista de aprobados, que contendrá el mismo número de aspirantes que de vacantes convocadas. En caso de empate entre los aspirantes incluidos en la relación, el orden se establecerá atendiendo a la puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si este continuase, a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y si persistiera se atenderá en primer lugar, a la puntuación del primer ejercicio, y si se mantuviese el empate, este se dirimiría por sorteo.

ANEXO II Temario

Legislación de carácter general

1. La Universidad como servicio público. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades: su significado en el ordenamiento jurídico universitario. La autonomía universitaria, sus límites. Régimen jurídico de las universidades publicas. Estructura general de las universidades públicas. 2. La Universidad de Valencia. Características diferenciadoras. Los Estatutos de la Universidad de Valencia, contenido y significado dentro del régimen jurídico aplicable a esta Universitat pública. Estructura de la Universitat. Órganos de gobierno, colegiados y unipersonales. Los diferentes colectivos de personal a través de los Estatutos de la Universitat. De los Estudiantes. El régimen económico de la Universitat de Valencia a través de sus estatutos. 3. Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica: Plan Nacional de investigación. Organismos públicos de investigación. Proyectos y programas y contratos nacionales e internacionales. La OTRI. 4. La Constitución española de 1978, estructura y contenido. Análisis del titulo I de la Constitución, los derechos fundamentales, las libertades públicas y los derechos económicos y sociales. Su papel en el sistema democrático, su garantía y suspensión. La Corona. Las Cortes Generales. El control democrático del Gobierno. El poder Judicial. La Reforma de la Constitución. 5. El Título VIII de la Constitución española de 1978, el estado de las autonomías. Su significado y consecuencias en el ordenamiento jurídico español. La Comunidad Valenciana. El Estatuto de Autonomía: su significado y contenido. Las instituciones autonómicas valencianas. 6. La Unión Europea y su incidencia en el ordenamiento jurídico español. Tratamiento constitucional del problema. Principales instituciones de la Unión Europea. El parlamento, la comisión, el Tribunal de Justicia. Producción normativa de la Unión Europea. El sistema monetario único. 7. El derecho público, su nacimiento y significado en la historia reciente. El derecho administrativo: sistema de fuentes. La ley: clases de leyes. Elementos normativos con fuerza de ley. El reglamento, su configuración e importancia en el sistema administrativo actual. 8. El acto administrativo concepto y clases. Sus elementos. La notificación. La motivación. Eficacia del acto administrativo. Nulidad y anulabilidad. 9. La acción administrativa ante los particulares. El administrado: concepto y clases. Los derechos subjetivos de los administrados ante la administración: derechos subjetivos activos y derechos subjetivos reaccionales. La participación de los particulares en la actividad administrativa. Los interesados. Análisis del Título IV de la Ley 30/1992, modificado por la Ley 4/1999. 10. El procedimiento administrativo: concepto e importancia en el ordenamiento jurídico vigente. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Las partes del procedimiento. Fases del procedimiento administrativo. Distintas formas de terminación del procedimiento. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Tipos de recursos, plazos y procedimientos. 11. Los contratos administrativos. Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos. 12. El Presupuesto: Concepto y clases. El presupuesto al amparo de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana. El ciclo presupuestario. Ordenación del gasto y ordenación del pago: fases y documentos contables. Liquidación y cierre de ejercicio. El control: control interno y control externo. 13. El personal docente e investigador de las universidades públicas. Régimen jurídico del profesorado universitario según la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades. Incompatibilidades. 14. El personal al servicio de las administraciones públicas. El personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Valencia. Su régimen jurídico. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Promoción y carrera administrativa. Provisión de los puestos de trabajo. Los funcionarios de la administración especial: características. Régimen de Incompatibilidades del personal funcionario. El personal laboral al servicio de la Universidad de Valencia. 15. Los derechos sindicales y de participación del personal funcionario. La negociación de las condiciones de trabajo. La salud laboral: análisis de la legislación referente a la prevención de riesgos laborales en el ámbito universitario.

Programa específico

Bloque I

1. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Estructura y análisis de su contenido. Normativa de desarrollo.

2. Derechos y obligaciones de los trabajadores y empresarios en la ley de prevención de riesgos laborales. Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores. Consulta y participación de los trabajadores en la prevención de riesgos laborales. Responsabilidades y sanciones en materia de prevención de riesgos laborales. 3. El reglamento de los servicios de prevención. Estructura y análisis de su contenido. Normativa de desarrollo. 4. Organización de los recursos para las actividades preventivas. Modalidades. Los servicios de prevención. Conceptos generales. Requisitos. Funciones. Recursos materiales y humanos. Acreditación. 5. Criterios para la autorización sanitaria de los servicios de prevención propios y mancomunados. Criterios sanitarios y técnicos para la acreditación de los servicios de prevención ajenos. Verificación del mantenimiento de las condiciones de autorización. 6. Integración de la actividad preventiva en la empresa. El plan de prevención de riesgos laborales. Recursos preventivos presenciales. Coordinación de actividades empresariales. 7. Auditoria del sistema de prevención. Conceptos generales y objetivos. Tramitación y requisitos para la autorización de las entidades auditoras. Norma OHSAS 18001. 8. El sistema español de la Seguridad Social. La Ley de Bases de la Seguridad Social, el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y otros textos legislativos en la materia. Los Reglamentos de aplicación. Las entidades gestoras. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Bloque II

1. Evaluación de los riesgos laborales: conceptos generales, metodología, planificación de la actividad preventiva.

2. Normativas de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sobre seguridad y salud en los lugares de trabajo y sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. 3. Normativas de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sobre utilización de equipos de protección individual, utilización de equipos de trabajo y sobre seguridad y salud en las obras de construcción. 4. Normativas de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sobre agentes biológicos y cancerígenos. 5. Normativas de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos laborales sobre manipulación manual de cargas y sobre equipos con pantallas de visualización de datos. 6. Normativa española sobre aproximación de la legislación de los estados miembros sobre máquinas y sobre equipos de protección individual. 7. Normativa española sobre comercialización de sustancias, productos y preparados peligrosos. Limitaciones a la comercialización y uso. Normativa de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sobre sustancias químicas. Normativa de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sobre atmósferas explosivas. 8. Gestión de residuos peligrosos: envasado, etiquetado, almacenamiento, eliminación. Control de riesgos inherentes a los accidentes graves en que intervienen sustancias peligrosas. Normativa aplicable. Procedimientos de autorización y registro de los residuos peligrosos y no peligrosos. Gestión de residuos sanitarios. Legislación. 9. Normativas de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sobre riesgo eléctrico. 10. Economía de la prevención: costes de los accidentes y enfermedades profesionales. 11. La medicina del trabajo: conceptos básicos, objetivos y funciones, vigilancia de la salud de los trabajadores, protocolos de vigilancia sanitaria específica. 12. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: concepto, notificación, registro y clasificación, normativa legal, enfermedades del trabajo y relacionadas con él. 13. Las incapacidades laborales temporales y permanentes: conceptos generales, peculiaridades de las contingencias profesionales, normativa vigente. 14. Riesgos laborales en sectores específicos: el sector de la construcción 15. Ergonomía y psicosociología aplicada I: conceptos básicos. Ergonomía: concepto y objetivo, condiciones ambientales en ergonomía. 16. Psicosociología aplicada: factores de naturaleza psicosocial, estructura de la organización, características de la empresa, del puesto y del individuo. 17. Promoción de la prevención de riesgos laborales en la empresa: formación, análisis de necesidades formativas, planes y programas formativos, técnicas educativas, seguimiento y evaluación, la comunicación en prevención, canales y tipos, técnicas de negociación, la negociación colectiva en prevención de riesgos laborales. 18. Seguridad y salud en el trabajo: conceptos básicos, condiciones de trabajo y salud, riesgos laborales, daños derivados del trabajo, prevención y protección, técnicas de prevención de riesgos laborales.

Bloque III

1. La seguridad en el trabajo: conceptos básicos, técnicas de seguridad, investigación de accidentes como técnica preventiva, análisis y evaluación general del riesgo de accidentes, inspecciones de seguridad e investigación de accidentes.

2. Norma y señalización en seguridad. Normas y procedimientos de trabajo. Mantenimiento preventivo. 3. La protección colectiva e individual. Planes de emergencia y autoprotección. Socorrismo y primeros auxilios. 4. Análisis, evaluación y control de los riesgos específicos ligados a máquinas, equipos, instalaciones y herramientas. Análisis, evaluación y control de los riesgos específicos ligados a lugares y espacios de trabajo. 5. Análisis, evaluación y control de los riesgos específicos ligados a la electricidad. 6. Análisis, evaluación y control de los riesgos específicos ligados a manipulación, almacenamiento y transporte 7. Análisis, evaluación y control de los riesgos específicos ligados a productos químicos. 8. Análisis, evaluación y control de los riesgos específicos ligados a incendios. 9. Medidas preventivas de eliminación y reducción de riesgos. 10. La higiene industrial: conceptos básicos, metodología en higiene industrial. Contaminantes físicos, químicos y biológicos. 11. Agentes químicos y toxicología laboral: evaluación de la exposición, principios generales, acciones sobre el foco contaminante, acciones sobre el medio de propagación, ventilación, acciones sobre el individuo, equipos de protección individual y clasificación, normativa legal específica. Riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo: carcinógenos laborales, normativa legal específica. 12. Ruido: características generales, efectos, evaluación y control, normativa legal específica. Vibraciones: características generales, efectos, evaluación y control. 13. Ambiente térmico: características generales, efectos, evaluación y control. Radiaciones ionizantes: características generales, efectos, evaluación y control, normativa legal y reglamentación específica. 14. Agentes biológicos: características generales, efectos, evaluación y control, normativa específica.

ANEXO III Tribunal Calificador

Titular:

Presidente: El rector o persona en quien delegue.

Vocales:

Dos vocales propuestos por el rector, del mismo grupo de administración y de la misma escala o superior.

Dos vocales elegidos por sorteo entre los del mismo grupo de administración y de la misma escala o superior. Un representante de otra administración pública, del mismo grupo de administración y de la misma escala o superior. Un representante propuesto por los sindicatos con representación a la Mesa Negociadora, del mismo grupo y de la misma escala o superior.

Todos ellos con voz y voto.

Igual estructura para el tribunal suplente.

ANEXO IV Baremo de la fase de concurso

A la fase de concurso nada más podrán acceder los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Se valorarán los méritos aportados por el aspirante según el baremo que se indica a continuación y que deberá de poseer el aspirante en la fecha de publicación de esta convocatoria.

Baremo

Experiencia profesional.-Se valorará hasta un máximo de 7,5 puntos la experiencia profesional en cualquier administración pública en cuerpos o escalas iguales o equivalentes al de las actividades funcionales de la plaza convocada, en cualquier y a través de cualquier tipo de relación jurídica (administrativa o laboral) a razón de:

0,50 puntos por año de servicios completos en puestos de trabajo de la Universitat de València.

0,25 puntos por año de servicios completos en puestos de trabajo de cualquier Universitat Pública. 0,15 puntos por año de servicios completos en puestos de trabajo de cualquier otra Administración Pública.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO VI

Medidas de adaptación

Las medidas de adaptación que pueden solicitar las personas con discapacidad son las siguientes:

1. Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a silla de ruedas.

2. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio. 3. Aumento de amplitud de los caracteres del examen, por dificultad de visión. 4. Necesidad de interprete por causa de sordera. 5. Sistema braille de escritura. 6. Otros. En caso de que la adaptación requerida no figure entre las previstas, indíquelo en una hoja complementaria.

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