En el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero de 2004 se publicó la Orden SCO/188/2004, de 28 de enero de 2004, por la que se establecen las bases y se convocan becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Por Resolución de 21 de mayo de 2004 (BOE 15-6-2004), se adjudicaron 1.4 becas, por un periodo de tiempo, hasta el 31 de diciembre de 2004, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años y previa fiscalización del gasto correspondiente. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de prórroga, el pasado 1 de diciembre, de acuerdo a los apartados y requisitos exigidos en la citada Orden de convocatoria, a propuesta de la Comisión de evaluación, esta Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios dicta Resolución con arreglo a los siguientes:
Hechos
Primero.-Por Orden SCO/188/2004, de 28 de enero de 2004, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero de 2004, se convocaron 1.4 becas de iniciación y perfeccionamiento en la Agencia. Segundo.-Las 1.4 becas adjudicadas por Resolución de 21 de mayo de 2004 tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2004. Tercero.-Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prórroga, que ha finalizado el pasado 1 de diciembre de 2004, la Comisión de Evaluación ha admitido 1.4 solicitudes, previo examen y evaluación conforme a los requisitos exigidos para la renovación en la citada Orden de convocatoria, como así se hace constar en el acta de la reunión de la citada Comisión de fecha 3 de diciembre de 2004 al que se acompaña relación de solicitudes admitidas.
Fundamentos de Derecho
1. Competencia.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Estatuto de la Agencia, aprobado por Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ostenta la representación legal de la misma y le corresponde, dentro de sus competencias, la decisión y firma de los acuerdos o resoluciones que hayan de adoptarse por la Agencia. 2. Motivación.-Las becas adjudicadas por Resolución de 21 de mayo de 2004 tienen una duración hasta el 31 de diciembre de 2004. 3. Conforme a los apartados 2.3, 6.1 y 6.2 de la mencionada Orden de convocatoria procede, mediante la presente resolución, a la renovación de las becas propuestas por la Comisión de evaluación por el periodo de tiempo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005, pudiendo prorrogarse por un periodo máximo de cuatro años y previa fiscalización del gasto. 4. Concesión.-Procede, por tanto, la renovación de las catorce solicitudes propuestas por la Comisión de Evaluación.
En consecuencia, y según lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a los efectos establecidos en la disposición transitoria segunda y en la Orden SCO/790/2003 de 10 de enero y demás disposiciones aplicables, y previo informe de la Comisión de evaluación, resuelvo:
Renovar catorce becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, adjudicadas por Resolución de 21 de mayo de 2004, en la cuantía de 1.489,03 euros para la beca de perfeccionamiento y 846,03 euros para la beca de iniciación (incluido, respectivamente, el incremento del 2% previsto para el sector publico conforme a la Ley de Presupuestos para el año 2004), de acuerdo con la citada Orden de convocatoria y a los solicitantes admitidos que se relacionan en el Anexo a esta Resolución.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Director de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, en los términos previstos en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá impugnarse la Resolución ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 30 de diciembre de 2004.-La Directora, María del Val Díez Rodrigálvarez.
ANEXO RENOVACIÓN BECAS AÑO 2005 Convocatoria por Orden SCO/188/2004, de 28 de enero |
||||||
Nombre |
División de destino |
Código |
Modalidad |
Importe mes 2004 Euros |
Increm. 2% |
Importe mes 2005 Euros |
Alicia Fayos Moltó |
Química y Tecnología Farmacéutica |
GC4 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
María Jesús Piña Souto |
Estupefacientes y Psicótropos |
ICF1 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
Mónica Beteta Robles |
Productos Biológicos y Biotecnología |
MUH1 |
Iniciación. |
829,45 |
16,58 |
846,03 |
Ana Isabel Madrid González |
División de Farmacología y Evaluación Clínica |
MUH3 |
Iniciación. |
829,45 |
16,58 |
846,03 |
Nuria Sanz Sanchís |
División de Farmacología y Evaluación Clínica |
MUH2 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
M.ª Begoña Ángel Martínez |
Evaluación Medicamentos Uso Veterinario |
MV10 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
M.ª Pilar Casáus Lara |
Evaluación de Medicamentos Uso Veterinario |
MV10 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
Beatriz Pérez Zafrilla |
División de Farmacología y Evaluación Clínica |
FF4 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
María Elena López González |
División de Farmacología y Evaluación Clínica |
FF4 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
Edurne Lázaro Bengoa |
División de Farmacología y Evaluación Clínica |
FF4 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
M.ª Ángeles Martínez Díaz |
División de Gestión de Procedimientos |
SG1 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
Paloma Domínguez García |
Evaluación de Medicamentos Uso Veterinario |
MV11 |
Iniciación. |
829,45 |
16,58 |
846,03 |
Isabel Campos Barquero |
Sub. Gener. de Productos Sanitarios |
PS1 |
Iniciación. |
829,45 |
16,58 |
846,03 |
Virginia Daroca Arcas |
Sub. Gener. de Inspección y Control de Medicamentos |
ICF2 |
Iniciación. |
829,45 |
16,58 |
846,03 |
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