La Orden EHA/73/2005, de 25 de enero, ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante el año 2005 y el mes de enero de 2006, y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo las reglas básicas a las que aquéllas deberán de ajustarse, que básicamente son una prórroga de las vigentes en 2004. En virtud de dicha autorización, la Resolución de esta Dirección General de 28 de enero de 2005 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de subastas ordinarias para el año 2005 y el mes de enero de 2006, determinando que, para flexibilizar dicho calendario, el plazo de los valores a poner en oferta se fijaría trimestralmente, tras consulta con los Creadores de Mercado, en función de las condiciones de los mercados y del desarrollo de las emisiones durante el año. Para cumplimiento del calendario anunciado por esta Dirección General respecto de la Deuda a poner en oferta durante el primer trimestre de 2005, es necesario fijar las características de las Obligaciones del Estado a diez años que se pondrán en circulación en el próximo mes de marzo y convocar la correspondiente subasta. A tal efecto, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, a fin de completar el volumen que requieren para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la referencia que se viene emitiendo y que tiene la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997. Por otra parte, al no emitirse Bonos del Estado en marzo, y según se autoriza en el apartado 5.3.2 de la Orden EHA/73/2005, no se convoca la subasta ordinaria prevista para el día 3 de dicho mes, publicada en el calendario del apartado 1. de la Resolución de 28 de enero de 2005. Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden EHA/73/2005, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer la emisión en el mes de marzo de 2005 de Obligaciones del Estado a diez años denominadas en euros y convocar la correspondiente subasta, que habrá de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/73/2005, de 25 de enero, en la Resolución de 28 de enero de 2005 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de las Obligaciones en euros que se emiten.
a) El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron las Resoluciones de 15 y 23 de junio de 2004 para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 4,40 por 100, vencimiento el 31 de enero de 2015, siendo el primer cupón a pagar, por su importe completo, el de 31 de enero de 2006.
b) De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, las Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables.
3. La subasta tendrá lugar el día 17 de marzo, conforme al calendario hecho público en el apartado 1. de la Resolución de 28 de enero de 2005. En cuanto a la subasta ordinaria prevista en el citado calendario para el día 3 de marzo, ésta no se convoca y queda cancelada según se autoriza en el apartado 5.3.2 de la Orden EHA/73/2005, al no emitirse Bonos del Estado en dicho mes.
4. El precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará excupón. A este respecto, el cupón corrido de las obligaciones que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/73/2005, es el 0,60 por 100. 5. Las segundas vueltas de las subastas, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de la subasta y las doce horas del segundo día hábil posterior a su celebración, conforme a la normativa reguladora de estas entidades. 6. Las Obligaciones a diez años que se emitan se pondrán en circulación el día 22 de marzo próximo, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada en el apartado 1. de la Resolución de 28 de enero de 2005 para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, y se agregarán a la emisión reseñada en el apartado 2.a) anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionará como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
7. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en la subasta, se incluye tabla de equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculada de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/73/2005, de 25 de enero.
Madrid, 22 de febrero de 2005.-La Directora general, Soledad Núñez Ramos.
ANEXO Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 10 años al 4,40 %, vencimiento 31-1-2015 Subasta mes marzo (Porcentaje) |
||||
Precio excupón |
Rendimiento bruto* |
Precio excupón |
Rendimiento bruto* |
|
104,75 |
3,811 |
106,05 |
3,656 |
|
104,80 |
3,805 |
106,10 |
3,650 |
|
104,85 |
3,799 |
106,15 |
3,644 |
|
104,90 |
3,793 |
106,20 |
3,638 |
|
104,95 |
3,787 |
106,25 |
3,632 |
|
105,00 |
3,781 |
106,30 |
3,626 |
|
105,05 |
3,775 |
106,35 |
3,620 |
|
105,10 |
3,769 |
106,40 |
3,615 |
|
105,15 |
3,763 |
106,45 |
3,609 |
|
105,20 |
3,757 |
106,50 |
3,603 |
|
105,25 |
3,751 |
106,55 |
3,597 |
|
105,30 |
3,745 |
106,60 |
3,591 |
|
105,35 |
3,739 |
106,65 |
3,585 |
|
105,40 |
3,733 |
106,70 |
3,579 |
|
105,45 |
3,727 |
106,75 |
3,573 |
|
105,50 |
3,721 |
106,80 |
3,568 |
|
105,55 |
3,715 |
106,85 |
3,562 |
|
105,60 |
3,709 |
106,90 |
3,556 |
|
105,65 |
3,703 |
106,95 |
3,550 |
|
105,70 |
3,697 |
107,00 |
3,544 |
|
105,75 |
3,691 |
107,05 |
3,538 |
|
105,80 |
3,685 |
107,10 |
3,532 |
|
105,85 |
3,679 |
107,15 |
3,527 |
|
105,90 |
3,674 |
107,20 |
3,521 |
|
105,95 |
3,668 |
107,25 |
3,515 |
|
106,00 |
3,662 |
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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