Visto el expediente de indulto de don Félix Tostado Muñoz, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid, en sentencia de 27 de enero de 2003, como autor de un delito continuado de falsedad, a la pena de un año y nueve meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de tres euros, en concurso con un delito continuado de estafa, a la pena de seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos durante los años 1998 a 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de marzo de 2005,
Vengo en conmutar a don Félix Tostado Muñoz la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de marzo de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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