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Mediante Orden APU/4217/2004, de 22 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 25), del Ministerio de Administraciones Públicas, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo de los planes de formación en el marco del Tercer Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas de 11 de enero de 2001 (en adelante 3.er AFCAP). De conformidad con lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden APU/4217/2004 citada, el Instituto Nacional de Administración Pública efectuó la convocatoria de concesión de ayudas en el marco del 3.er AFCAP para 2004, mediante Resolución de 27 de diciembre de 2004 («Boletín Oficial del Estado» del 10 de enero de 2005). El procedimiento ha sido instruido de acuerdo con lo previsto en los artículos 5 a 11 de la Resolución de 27 de diciembre de 2004, del Instituto Nacional de Administración Pública. El artículo 15.6) del 3.er AFCAP atribuye a la Comisión General para la Formación Continua la función de aprobar definitivamente los Planes de Formación. El artículo 4.3 de la Orden de 22 de diciembre de 2004 otorga al Instituto Nacional de Administración Pública la competencia para resolver el procedimiento, y configura el informe de la Comisión General para la Formación Continua como preceptivo y vinculante. En la sesión del día 22 de febrero de 2005, la Comisión General para la Formación Continua, y según propuesta de resolución formulada por el instructor del procedimiento, ha acordado aprobar definitivamente los Planes de Formación presentados por las Organizaciones Sindicales en el presente ejercicio. A la vista de lo anterior, resuelvo aprobar la relación de ayudas concedidas para el desarrollo de Planes de Formación Continua a los promotores que aparecen relacionados en el anexo I y por las cuantías que se explicitan con la siguiente aplicación presupuestaria 22.101.921O.481, al existir crédito adecuado y suficiente en el vigente Presupuesto de Gastos de este Organismo.
Contra la Resolución de concesión de ayudas que, de conformidad con la Disposición Final de la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, de 27 de diciembre de 2004, pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación o, en su caso, publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; pudiendo también potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).
Madrid, 2 de marzo de 2005.-El Director, Francisco Ramos Fernández-Torrecilla.
ANEXO I Entidades promotoras y cuantías de las ayudas concedidas |
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Promotores |
Total euros |
Organizaciones sindicales firmantes del III AFCAP |
|
Confederación Intersindical Galega CIG |
368.871,15 |
Central Sindical Independiente y de Funcionarios. CSI-CSIF |
2.840.307,85 |
Federación Comunicación y Transporte CC.OO. |
228.515,68 |
Federación de Enseñanza CC.OO. |
2.364.375,53 |
Federación de Servicios Públicos de UGT. FSP-UGT |
5.893.360,76 |
Federación de Servicios y Administraciones Públicas de CC.OO. |
3.241.114,01 |
Federación Estatal de Sanidad de CC.OO. |
1.783.184,00 |
Federación Trabajadores de la Enseñanza. FETE UGT |
1.723.828,46 |
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