Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-5377

Resolución de 16 de marzo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales actualizadas para los años 2004 y 2005, del I Convenio colectivo de Zena Grupo de Restauración, S.A.U.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 4 de abril de 2005, páginas 11452 a 11452 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-5377
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/03/16/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el contenido de las tablas salariales actualizadas para los años 2004 y 2005 del l Convenio Colectivo de la empresa Zena Grupo de Restauración, S.A.U (Código de Convenio n.º 9015132), que fueron suscritos con fecha 2 de febrero de 2005 por la Comisión Paritaria del Convenio en la que están integradas la Dirección de la empresa y las Secciones sindicales de FETICO, CC.OO, UGT y USO firmantes del Convenio en representación, respectivamente, de la empresa y los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de marzo de 2005.-El Director General de Trabajo, Esteban Rodríguez Vera. En Madrid a 2 de febrero de 2005, en el domicilio social de Zena Grupo de Restauración, S.A.U, sito en Aravaca, Camino de la Zarzuela, 1

Por la Empresa: D. Enrique García Saelices.

D. Carlos Galve. D.ª Aurelia Lago (Asesora).

Por los representantes de los trabajadores. Como delegados de los sindicatos más representativos.

D. Jaime Fernández de Guinzo Alvarado (Delegado de CC.OO).

D.ª M.ª Isabel Pliego Giner (Delegada de UGT). D. Gabriel Villalonga Roca (Delegado de FETICO). D. Juan Antonio Delgado Hurtado (Delegado de FETICO). D. Hermenegildo Bravo Barrio (Delegado de USO). D. Ximo Alite (Asesor UGT). D. Alberto Sánchez (Asesor de CC.OO). Dña. María Susmozas (Asesor USO). D. Javier Jiménez (asesor de UGT).

Las partes antes referidas miembros de la Comisión Paritaria del I Convenio Colectivo de Zena Grupo de Restauración, S.A.U., según lo estipulado en su artículo 36.

Habiéndose previamente citado en lugar y fecha antes señalados con el fin actualizar los salarios correspondientes al año 2004 y aplicar la subida salarial del 2005 acuerdan: 1. Aprobar las tablas anexas donde se recogen la regularización del año 2004 y el incremento aprobado para el 2005.

Salarios aplicados en 2004

Categoría profesional

Salario anual

Salario mes

Salario hora

GRUPO I

Jefe de restaurante.

12.933,51

923,82

7,4

Segundo Jefe de Restaurante.

GRUPO II

Cocinero.

12.493,70

892,41

6,97

Jefe de Sector.

Camarero.

GRUPO III

Ayudante de Cocina.

11.601,39

828,67

6,47

Ayudante de Camarero. Nivel 1.

Ayudante de Camarero. Nivel 2.

10.976,39

784,05

6,12

GRUPO IV

Auxiliar de cocina.

10.976,39

784,05

6,12

Regularización 2004: 1,00389. Horas año: 1.793

Categoría profesional

Salario anual

Salario mes

Salario hora

GRUPO I

Jefe de restaurante.

12.983,82

927,41

7,24

Segundo Jefe de Restaurante.

GRUPO II

Cocinero.

12.542,30

895,87

7,00

Jefe de Sector.

Camarero.

GRUPO III

Ayudante de Cocina.

11.646,52

831,89

6,50

Ayudante de Camarero. Nivel 1.

Ayudante de Camarero. Nivel 2.

11.019,09

787,07

6,15

GRUPO IV

Auxiliar de cocina.

11.019,09

787,07

6,15

Incremento 2005: 1,03. Horas año: 1.790

Categoría profesional

Salario anual

Salario mes

Salario hora

GRUPO I

Jefe de restaurante.

13.373,34

955,23

7,47

Segundo Jefe de Restaurante.

GRUPO II

Cocinero.

12.918,57

922,75

7,22

Jefe de Sector.

Camarero.

GRUPO III

Ayudante de Cocina.

11.995,91

856,85

6,7

Ayudante de Camarero. Nivel 1.

Ayudante de Camarero. Nivel 2.

11.349,66

810,69

6,34

GRUPO IV

Auxiliar de cocina.

11.349,66

810,69

6,34

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/03/2005
  • Fecha de publicación: 04/04/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de marzo de 2005 (Ref. BOE-A-2005-5233).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Hostelería
  • Negociación colectiva

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid