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Documento BOE-A-2005-5458

Resolución de 22 de marzo de 2005, de la Dirección General de Universidades, por la que se conceden Certificados de Calidad de los Servicios de Biblioteca de las Universidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 5 de abril de 2005, páginas 11565 a 11565 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-5458

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 24 de agosto de 2004 (BOE de 7 de septiembre), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se convocó la presentación de solicitudes para la obtención del Certificado de Calidad de los Servicios de Biblioteca de las Universidades, y para la obtención de ayudas para la mejora de los servicios de biblioteca en las Universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro. Concluido el proceso de evaluación de las solicitudes presentadas en plazo, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación ha elaborado un informe individualizado de cada solicitud de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 4 del Anexo A de la convocatoria, así como una relación con la calificación global obtenida por cada una de ellas. A la vista de los mencionados informes y de conformidad con lo dispuesto en el punto 2 del Anexo A de la Resolución de 24 de agosto, la Subdirección General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado ha elevado la correspondiente propuesta de concesión del Certificado de Calidad. En consecuencia, esta Dirección General, ha resuelto:

Primero.-Conceder el Certificado de Calidad a los Servicios de Biblioteca de las Universidades que se relacionan en el Anexo de esta Resolución.

Segundo.-denegar el resto de solicitudes presentadas al no haber alcanzado en el proceso de evaluación y selección la calificación establecida para la obtención de dicho certificado. Tercero.-de acuerdo con lo previsto en el apartado 2.3 del Anexo B de la Resolución de 24 de agosto, el plazo de presentación de solicitudes de ayudas para la mejora de los servicios de biblioteca de las universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que hayan obtenido el Certificado de Calidad permanecerá abierto un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Contra la presente resolución cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses desde su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Lo que comunico a los oportunos efectos.

Madrid, 22 de marzo de 2005.-La Directora General, Carmen Ruiz-Rivas Hernando.

Sr. Subdirector de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado.

ANEXO

Universidades cuyos servicios de biblioteca han obtenido el certificado de calidad

Universidad

Referencia

Universidad Autónoma de Madrid

CCB-2004-0016

Universidad de Burgos

CCB-2004-0013

Universidad de Cádiz

CCB-2004-0011

Universidad de Cantabria

CCB-2004-0010

Universidad de Girona

CCB-2004-0008

Universidad de Granada

CCB-2004-0017

Universidad de las Islas Baleares

CCB-2004-0003

Universidad de Navarra

CCB-2004-0015

Universidad de Salamanca

CCB-2004-0002

Universidad Jaume I

CCB-2004-0004

Universidad Rey Juan Carlos

CCB-2004-0014

Universidad Rovira i Virgili

CCB-2004-0007

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