Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-5680

Resolución de 28 de marzo de 2005, de la Secretaría General del Senado, por la que se procede a la convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de una plaza de Programador.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 8 de abril de 2005, páginas 12117 a 12120 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2005-5680

TEXTO ORIGINAL

En ejecución del acuerdo tomado por la Mesa del Senado en su reunión celebrada el día 15 de febrero de 2005, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Senado, se procede a la convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de una plaza de Programador con destino en la Dirección de Informática de la Secretaría General del Senado. Dicho proceso de selección se realizará con sujeción a las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria.-Es objeto de esta convocatoria cubrir mediante contratación laboral de carácter indefinido una plaza de Programador, una vez superado un período de prueba de tres meses. La remuneración será la establecida en el vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Senado, en las cuantías fijadas presupuestariamente para cada ejercicio.

Las funciones del puesto serán las propias de Programador, especificadas en la plantilla orgánica de la Secretaría General del Senado. Dependerá, a tales efectos, de la Dirección de Informática de la Secretaría General del Senado. Segunda. Requisitos de los aspirantes.

2.1 Para tomar parte en el proceso de selección los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad. c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado, por cualesquiera causas, para el ejercicio profesional en el desempeño de funciones públicas.

2.2 Los aspirantes deberán reunir todos los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo. Tercera. Solicitudes.

3.1 Quienes deseen tomar parte en este proceso de selección deberán presentar solicitud, cuyo modelo se acompaña a la presente convocatoria como Anexo I, dirigida al Letrado Mayor del Senado, en el Registro de la Dirección de Gobierno Interior de la Secretaría General de dicha Cámara (plaza de la Marina Española, s/n, 28071 Madrid), en días laborables -excepto sábados-, de diez a catorce horas -o remitir en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común-, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.2 Además de los datos que constan en el modelo de solicitud publicado en el Anexo I de la presente convocatoria, los aspirantes han de acompañar fotocopia del documento nacional de identidad y de la titulación exigida en la convocatoria. 3.3 El domicilio que figure en las instancias se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación al organismo convocante de cualquier cambio de dicho domicilio.

Cuarta. Comisión de Selección.

4.1 La resolución del proceso selectivo será realizada por la Comisión de Selección designada por la Mesa del Senado, que estará integrada por los siguientes miembros: Excmo. Sr. D. Damián Caneda Morales, Secretario Tercero del Senado, que presidirá la Comisión.

Ilmo. Sr. D. Fernando Dorado Frías, Letrado Mayor Adjunto del Senado. Ilma. Sra. D.ª Isabel María Abellán Matesanz, Directora de Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado. D. Javier de Andrés Blasco, Jefe de Departamento de Asesoramiento Técnico Informático de la Dirección de Informática de la Secretaría General del Senado. D. José Ángel Alonso López, Jefe de Área de Desarrollo de la Dirección de Informática de la Secretaría General del Senado, que actuará como Secretario.

Los representantes del personal laboral podrán participar como observadores en el proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1 del Convenio Colectivo del personal laboral del Senado.

4.2 La Mesa del Senado designará a los miembros suplentes de la Comisión de Selección, que sustituirán a los titulares en caso de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función. 4.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Selección tendrá su sede en el Palacio del Senado (Plaza de la Marina Española, s/n, 28071 Madrid). 4.4 Corresponden a la Comisión de Selección las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de las pruebas y a la calificación de los aspirantes, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

Quinta. Admisión de aspirantes.

5.1 Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la realización del proceso de selección, con expresión de los motivos de exclusión en cada caso. La relación provisional de aspirantes excluidos se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos se hará pública en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales, Sección Senado», así como en el tablón de anuncios y en la página Web de la Cámara. A efectos de lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con esta publicación se considerará realizada la oportuna notificación a los interesados.

5.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial del Estado, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el motivo de exclusión serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. 5.3 Una vez finalizado dicho plazo, la Comisión de Selección hará pública, mediante el mismo procedimiento, la resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y en la que, cuando proceda, se indicarán lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio. 5.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios se harán públicos por la Comisión de Selección en el tablón de anuncios del Senado y en la página Web de la Cámara (www.senado.es/inforpractic/index.htm), con setenta y dos horas, al menos, de antelación al comienzo de los ejercicios correspondientes. 5.5 Si en cualquier momento del proceso de selección, la Comisión de Selección tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá acordar, previa audiencia del interesado, la exclusión del mismo.

Sexta. Procedimiento de selección.

6.1 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases: Prueba de conocimientos.

Entrevista, si la Comisión de Selección lo estima procedente.

6.2 Prueba de conocimientos:

Constará de dos ejercicios: Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito una serie de preguntas sobre las materias contenidas en el programa que se incluye como Anexo II a la presente convocatoria. El tiempo máximo para la realización del ejercicio se determinará por la Comisión de Selección.

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos en el plazo máximo que fije la Comisión de Selección, relativos al contenido del programa que figura como Anexo II a esta convocatoria y a las funciones asignadas al puesto de trabajo. Uno de los supuestos prácticos consistirá en la traducción de un texto de inglés de carácter técnico.

Los dos ejercicios tendrán carácter eliminatorio. Con la publicación de los resultados del primer ejercicio, se harán públicos la fecha, la hora y el lugar de realización del segundo ejercicio.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo.

Séptima. Aspirantes propuestos.-Finalizado el proceso de selección, la Comisión de Selección hará público en el tablón de anuncios de la Cámara el nombre del aspirante cuya contratación se proponga, elevando dicha propuesta a la Mesa del Senado para su aprobación.

Octava. Presentación de documentos.-Con carácter previo a la formalización del contrato, y en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se haga público el nombre del aspirante propuesto para su contratación, éste deberá presentar en la Dirección de Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado los siguientes documentos:

a) Documento nacional de identidad original, así como una fotocopia del mismo para su compulsa.

b) Documento original del título por el que haya sido admitido a participar en las pruebas selectivas, con arreglo a lo dispuesto en la base segunda de la convocatoria, así como una fotocopia del mismo para su compulsa. c) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado por cualesquiera causas para el ejercicio profesional en el desempeño de funciones públicas. d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Novena. Formalización contractual y período de prueba.-Una vez aprobada por la Mesa del Senado la propuesta de la Comisión de Selección, el órgano competente procederá a la formalización del contrato previa justificación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Transcurrido el período de prueba que se determina en la base primera de esta convocatoria y superado éste satisfactoriamente, el contratado adquirirá la condición de personal laboral fijo.

Palacio del Senado, 28 de marzo de 2005.-El Letrado Mayor del Senado, Manuel Cavero Gómez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO II

Sistemas operativos: AIX, LINUX y Windows. Lenguajes de programación: C, C++, Java, Shell de UNIX. Programación orientada a objetos. Bases de datos relacionales. Modelo entidad relación. Lenguaje SQL. Modelización. Normalización. ORACLE Developer. Diagramas de estructura y flujos de datos. Otros diagramas. Metodologías de desarrollo. Herramientas CASE. Bases de datos documentales. Diseño, consulta y optimización. Recursos de desarrollo en la web: HTML, XML, DTD, XSD, XSLT, applets y servlets Java, J2EE, Javascript, CGI's, desarrollo con servidores de aplicaciones, Web Services. Servicios y protocolos de la web y del correo electrónico. Protocolo de comunicaciones TCP/IP. Seguridad informática. Firma electrónica y criptografía. Instalación y configuración de servidores y equipos de usuario. Programación orientada a las comunicaciones y programación de scripts. Diagnóstico de los problemas del software de base. Redes de área local y redes extensas. Sistemas de ficheros en red. Conocimiento de herramientas ofimáticas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid