Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-598

Orden ECI/4465/2004, de 15 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2005, páginas 1293 a 1298 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-598

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación con sujeción a las siguientes bases de convocatoria:

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 4 plazas de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, Código 5048, por el sistema de promoción interna.

La distribución de las plazas convocadas es la siguiente:

Destino

Número

de plazas

Instituto Nacional de Tecnología Agraria y Alimentaria.

2

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas

1

Instituo Geológico y Minero de España

1

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. 1.2 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria. 1.3 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes de la finalización del mes de abril de 2005. La duración máxima del proceso selectivo será de tres meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio. 1.4 Los aspirantes que hubieran superado las pruebas, pero, al no reunir méritos suficientes, no hubieran aprobado, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria siempre que participen en la misma especialidad. 1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera los siguientes requisitos de participación: 2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo E, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo E y estar además destinados en la Administración General del Estado. 2.1.3 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo E, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo E. 2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. Se entenderá que un aspirante está en condiciones de obtener cualquiera de los títulos indicados cuando cumpla los requisitos académicos exigidos para la expedición material de los mismos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 2.1.5 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de correspondientes funciones. 2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Educación y Ciencia, en las sedes centrales del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria o del Instituto Geológico y Minero de España, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV. 3.2 La presentación de solicitudes se realizará en los Registros Generales del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (avenida Complutense, 22, 28071 Madrid), del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (carretera de La Coruña, km. 7,5, 28071 Madrid), del Instituto Geológico y Minero de España (calle Ríos Rosas, 23, 28071 Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Secretario de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.3 A la solicitud se acompañará:

1. Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del pasaporte.

2. Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5 Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud de participación en este proceso. La contravención de esta norma determinará la exclusión de los aspirantes que no la hubiesen observado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Ministra de Educación y Ciencia, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o pasaporte, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación del la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Contra la orden por la que se eleve a definitiva la relación de admitidos y excluidos, que se hará pública en los mismos lugares en el que hubiesen sido expuestas las listas a que se refiere el apartado anterior, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto administrativo, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. 5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley citada en la base anterior. 5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede, según la especialidad de que se trate, en:

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas

Dirección: Avenida Complutense, 22. 28071 Madrid. Teléfono: 91 346 64 90. E-mail: julia.sendino@ciemat.es Persona de contacto: Julia Sendino Muñoz.

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

Dirección: Carretera de La Coruña, km. 7,5. 28071 Madrid. Teléfono: 91 347 39 82. E-mail: redondo@inia.es Persona de contacto: Cristina Redondo Collado.

Instituto Geológico y Minero de España.

Dirección: c/ Ríos Rosas, 23. 28003 Madrid. Teléfono: 91 349 57 10. E-mail: c.demiguel@igme.es Persona de contacto: Carmen de Miguel Montes.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «S», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. 6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4. 6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante. 6.5 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. 6.6 En el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente a aquél en el que se haga pública la lista de aprobados del último ejercicio de la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado deberán presentar en los Registros Generales del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (avenida de la Complutense, 22, 28071 Madrid), del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (carretera de La Coruña, km. 7,5, 28071 Madrid), o del Instituto Geológico y Minero de España (calle Ríos Rosas, 23, 28071 Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como Anexo V. La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso. 6.7 La lista que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total, se hará pública, mediante resolución de la Autoridad convocante, a propuesta del Tribunal calificador. Dicha resolución se hará pública, al menos, mediante su exposición en los tablones de anuncios e inserción en la página Web del Ministerio de Educación y Ciencia: http:\www.mec.es. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la inserción de dicha relación en la página Web del citado Departamento, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y por la misma Autoridad, a propuesta del Tribunal, se publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso. En esta resolución se indicará el recurso que proceda contra la misma.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzada en la sede del Organismo a la que corresponda la especialidad de que se trate.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el plazo indicado no serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. 7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada especialidad. 7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la excelentísima señora Ministra de Educación y Ciencia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso -administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso -Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 15 de diciembre de 2004.-La Ministra, P. D. (Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, BOE de 6 de mayo de 2004), el Subsecretario, Fernando Gurrea Casamayor.

Ilmo. Sr. Subdirector General de Personal de Administración del Ministerio de Educación y Ciencia y Sr. Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. La fase de oposición constará de un ejercicio, de carácter eliminatorio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas, con respuesta múltiple de las cuales una de ellas será la correcta, sobre las materias incluidas en el temario que figura como Anexo I a esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. El ejercicio de la oposición se calificará de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener un máximo de 50 puntos para superar el ejercicio.

2. Fase de concurso. En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

2.1 Antigüedad. Se valorará la antigüedad del funcionario, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y los reconocidos hasta la fecha indicada al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 0,80 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

2.2 Trabajo desarrollado en los Organismos Públicos de Investigación adscritos al Ministerios de Educación y Ciencia o de Sanidad y Consumo. Se valorarán únicamente los años de servicios efectivamente prestados en los Organismos Públicos de Investigación adscritos al Ministerio de Educación y Ciencia o de Sanidad y Consumo hasta la fecha de publicación de la convocatoria, a razón de 1,25 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos. 2.3 Grado personal consolidado. Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la finalización del plazo de presentación del certificado a que hace referencia la base 6.6 de la convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado consolidado inferior a 10: 7 puntos.

Grado 10: 8 puntos. Grado 11: 9 puntos. Grado 12: 10 puntos. Grado 13: 11 puntos. Grado 14: 12 puntos.

2.4 Por estar desempeñando un puesto de trabajo en alguno de los Organismos Públicos de Investigación a los que corresponden las plazas convocadas. Se valorará únicamente estar desempeñando un puesto de trabajo en alguno de los Organismos Públicos de Investigación a los que se refiere la base 1.1 de la Convocatoria en el momento de la fecha de publicación de la convocatoria: 2 puntos.

2.5 Titulación académica. Se otorgará 4 puntos por la posesión de titulación académica superior a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Grupo D en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, a la fecha de publicación de la convocatoria.

3. Calificación del concurso-oposición: La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición, sin que en ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso pueda aplicarse para superar el ejercicio de la fase de oposición, ni se pueda exceder el número de plazas convocadas. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición. De continuar el empate, se atenderá, sucesivamente, a los siguientes criterios: a la puntuación otorgada al mérito de antigüedad, al trabajo desarrollado en los Organismos Públicos de Investigación y al grado personal consolidado, por este orden. Si aún hubiere lugar para ello, se atenderá al mayor nivel de titulación académica poseída. Finalmente, se dirimirá por el criterio de antigüedad total en la Administración, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de la convocatoria. 4. Lugar de celebración del proceso selectivo: Todas las pruebas selectivas de las diferentes especialidades se celebrarán en Madrid.

ANEXO II

Programa

Tema 1: La Administración General del Estado: órganos centrales y territoriales. Organismos Públicos: organismos autónomos y entidades públicas empresarias. Tema 2: El Ministerio de Educación y Ciencia. Organización y funciones. Los Organismos Públicos de Investigación. Tema 3: La investigación científica y técnica. La Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Tema 4: Estructura de la materia: átomos y moléculas Tema 5: Elementos químicos: sistema periódico (metales y no metales) Tema 6: Magnitudes y unidades: longitud, masa, tiempo. Tema 7: Magnitudes y unidades: temperatura y humedad. Tema 8: La célula: estructura y función. Tipos de células. Tema 9: Rocas y minerales. Clasificación e identificación. Tema 10: Normas y buenas prácticas de laboratorio. Normas básicas de manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Procedimientos normalizados Tema 11: Toma y preparación de muestras. Técnicas de conservación y preparación. Tema 12: Conceptos básicos en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales. La seguridad en el laboratorio.

ANEXO III

Tribunal calificador

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

Tribunal titular:

Presidente: Nuria Expósito Beneítez, Cuerpo General de Gestión de la Administración General del Estado.

Secretario: Jesús María Gil Manzanedo, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del MAPA. Vocales: María Dolores San Juan Sancha, Cuerpo General Administrativo de la Administración General del Estado. Miguel Francisco Fernández Notario, Escala de Auxiliares de Laboratorio de Organismos Autónomos del MAPA. Myriam Mingarro Muñoz Cobo, Cuerpo General de Gestión de la Administración General del Estado.

Tribunal suplente:

Presidente: Alfonso Arribas Herrera, Investigador Titular de Organismos Públicos de Investigación.

Secretario: María Luz Paz Vivas, Escala de Inspectores de Calidad. Vocales: Elia Brea Bonilla, Cuerpo General Administrativo de la Administración General del Estado. Purificación Martín Sanz, Escala de Auxiliares de Laboratorio de Organismos Autónomos del MAPA. Guillermo Escribano Martínez, Cuerpo de Subinspectores de Trabajo y Seguridad Social.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación» En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará únicamente la expresión «Auxiliares de Investigación». En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «P» (promoción interna) En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Educación y Ciencia» En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la presente convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», en el apartado «Exigidos en la convocatoria», se indicará, de entre las siguientes opciones, la que corresponda a la titulación académica que posea el aspirante (con indicación del dígito y de la titulación concreta de que se trate):

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4»: Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará el Ministerio y Organismo de destino del aspirante.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 4,78 €. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Educación y Ciencia. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid