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Documento BOE-A-2005-6234

Resolución de 1 de abril de 2005, de la Universidad de Huelva, por la que se nombra a don Juan Jesús Mora Molina Profesor titular de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 19 de abril de 2005, páginas 13371 a 13371 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2005-6234

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso de acceso convocado por Resolución de esta Universidad de fecha 22 de diciembre de 2004 (BOE de 17 de enero de 2005), y de conformidad con lo previsto en los artículos 65 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y 17.3 del R.D. 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos, Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a don Juan Jesús Mora Molina, con DNI 29.799.498-P, Profesor titular de Universidad, de esta Universidad, del área de conocimiento de «Filosofía del Derecho», adscrita al departamento «Theodor Mommsen». De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, esta Resolución agosta la vía administrativa, y será impugnable en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, como establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998 citada.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto que recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Huelva, 1 de abril de 2005.-El Rector, Antonio Ramírez de Verger Jaén.

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