La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en Sentencia de fecha 19 de mayo de 2003, ya firme tras haber sido resuelto el recurso de casación interpuesto contra la misma, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Manuel Feijoo Suárez, con DNI número 34.924.326, adscrito a la Comisaría Local de Maspalomas (Las Palmas) y actualmente en situación de suspenso provisional de funciones, como autor de un delito continuado contra la salud pública, además de otras, a la pena de inhabilitación absoluta durante doce años. Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.d.) del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, según redacción dada por el artículo 105, uno, de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, «la condición de funcionario se pierde cuando recaiga pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta» Esta Secretaría de Estado dispone:
1º. Declarar la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Manuel Feijoo Suárez.
2º. El cese en la situación de suspensión provisional de funciones en que ahora se encuentra.
Madrid, 30 de noviembre de 2004.-El Secretario de Estado, Antonio Camacho Vizcaíno.
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