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Documento BOE-A-2005-7018

Resolución de 14 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, por la que se delegan en el Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias competencias en relación con los proyectos de construcción de líneas ferroviarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2005, páginas 14716 a 14717 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2005-7018
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/04/14/(4)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la disposición adicional tercera del Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba su Estatuto, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias ejerce, respecto de las atribuciones y encomiendas de construcción y administración de líneas ferroviarias las funciones hechas a favor del ente público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias con anterioridad al 31 de diciembre de 2004, las mismas funciones que correspondían a este último, así como las facultades de supervisión y replanteo de los proyectos y, en su caso, de certificación del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental. Las facultades que el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias ha asumido sobre dichas infraestructuras no incluyen, por consiguiente, ni la aprobación de los proyectos de construcción ni tampoco, en consecuencia, su modificación, puesto que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 613/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Gestor de Infraestructuras Ferroviarias, se trataba de funciones reservadas al órgano competente del Ministerio de Fomento. Y esta limitación funcional dificulta notablemente en la práctica la deseable rapidez en la tramitación de los expedientes de construcción. Esta situación difiere de la prevista en los artículos 3.1.a) y 6 del Estatuto del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, conforme a los cuales la resolución del Ministerio de Fomento que determine el establecimiento de nuevas infraestructuras o la modificación de las líneas integrantes de la Red Ferroviaria de Interés General podrá disponer que la entidad pública empresarial apruebe los proyectos básicos y de construcción de las líneas. Con objeto de reforzar la agilidad y la eficacia del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias en la construcción de infraestructuras ferroviarias, resulta conveniente delegar en dicha entidad la competencia para aprobar los proyectos básicos y de construcción correspondientes a las líneas cuya construcción o administración fueron encomendadas al Gestor de Infraestructuras Ferroviarias, sobre las cuales la disposición adicional tercera del Real Decreto 2395/2004 le ha atribuido las facultades de supervisión y replanteo de los proyectos y de certificación del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental. En razón de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y previa autorización de la titular del Departamento, resuelvo:

Primero.-Se delega en el Presidente de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias la competencia para aprobar y, en su caso, modificar los proyectos básicos y de construcción de infraestructuras ferroviarias cuya ejecución y administración tuviera encomendada el ente público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias.

Segundo.-Esta resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de abril de 2005.-El Secretario de Estado, Víctor Morlán Gracia.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/04/2005
  • Fecha de publicación: 29/04/2005
  • Efectos desde el 30 de abril de 2005.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional 3 del del estatuto aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21913).
Materias
  • Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Fomento
  • Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación

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