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Documento BOE-A-2005-7045

Orden MAM/1168/2005, de 25 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2005, páginas 14959 a 14964 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2005-7045

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero, Boletín Oficial del Estado del 8, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2005, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

BASES COMUNES

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, («Boletín Oficial del Estado» núm. 48, de 25 de febrero de 2005):

BASES ESPECÍFICAS

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, Código 5913, por el sistema general de acceso libre. Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán acumularse a las de turno ordinario. La distribución por especialidades de las plazas convocadas es la siguiente:

5, Conservación del Medio Natural.

5, Control e Inspección de Vertidos, de las que 1 corresponderá al cupo de reserva para discapacitados.

Los aspirantes sólo podrán participar por una de las especialidades previstas en esta base. Si en alguna de las especialidades no se cubriera el número total de plazas convocadas, podrán acumularse en la otra especialidad convocada, según determine este Ministerio de acuerdo con sus necesidades y a propuesta del Tribunal.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Deberán poseer o estar en condiciones de obtener el título de Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario o haber superado tres años completos de una licenciatura. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Medio Ambiente, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet: www.map.es/servicios_al_ciudadano/empleo_publico/procesos_selectivos 5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Sra Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 5.3 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV y se presentará en soporte papel.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria. 6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono 91 597 56 90, dirección de correo electrónico weboposiciones@mma.es.

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «F», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, de 10 de enero de 2005 («Boletín Oficial del Estado» del 17). 7.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página Web http://www.mma.es/info_ciud/rrhh/index.htm

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia, y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 25 de abril de 2005.-P. D. (Orden MAM/224/2005, de 28 de enero, «Boletín Oficial del Estado» de 10 de febrero), la Subsecretaria, Concepción Toquero Plaza.

Sres. Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente, Presidente del Tribunal Calificador y Director del Centro responsable del curso selectivo.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. La Oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con el temario que corresponda a la especialidad concreta elegida por el mismo y que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 80 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta. Las contestaciones erróneas podrán ser valoradas negativamente, a juicio del Tribunal calificador. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio. La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Segundo ejercicio.-Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico, a elegir por los opositores de entre dos propuestos por el Tribunal, que versará sobre el temario que corresponda a la especialidad concreta elegida por el aspirante y que figura en el Anexo II de esta convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas, pudiendo disponer los opositores de la documentación y material de trabajo, en soporte papel, que estimen conveniente aportar para su realización. La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio. La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Tercer ejercicio.-Constará de dos partes:

A) En la primera parte los opositores desarrollarán por escrito dos temas del temario: uno de ellos correspondiente al Grupo de Temas Comunes y el otro a la Especialidad concreta elegida. Cada uno de estos temas será elegido por el opositor de entre dos extraídos al azar.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de cuatro horas. B) La segunda parte consistirá en la presentación oral, durante un tiempo máximo de quince minutos, por parte de los aspirantes, en sesión pública ante el Tribunal, de su historial formativo y profesional en relación con las materias propias de las funciones de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con la especialidad elegida. A tal efecto, los opositores deberán entregar al Tribunal, el mismo día en que hayan sido convocados para la realización de este tercer ejercicio e inmediatamente antes de iniciar la primera parte, una memoria con su historial formativo y profesional, adjuntando los documentos acreditativos de los extremos contenidos en ella. La no presentación de dicha memoria implicará la valoración de esta segunda parte con cero puntos. El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno, podrá formular a los aspirantes preguntas sobre los temas desarrollados en la primera parte de este ejercicio o sobre otros que tengan relación con ellos; asimismo, podrá dialogar sobre el contenido de la memoria presentada y de manera especial sobre su experiencia profesional, así como sobre la coherencia de su historial formativo y profesional en relación con las actividades y funciones propias de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos, siendo calificada la primera parte con un máximo de 30 puntos y la segunda parte con un máximo de 10 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio.

La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Prueba voluntaria de idiomas.-Esta prueba versará sobre uno o los dos siguientes idiomas:

Francés.

Inglés.

La citada prueba consistirá en acreditar oralmente ante el Tribunal, durante un tiempo máximo de 30 minutos por cada uno de los idiomas, los conocimientos suficientes de lectura, traducción y conversación del idioma que el opositor haya escogido en su solicitud, a cuyo efecto el Tribunal designará el texto sobre el que se practicará la misma.

Esta prueba se calificará otorgando hasta 10 puntos por idioma, con un máximo de 20 puntos. Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid. La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. El curso selectivo consistirá en un período de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente y cuya duración máxima será de tres meses.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez superada la fase de oposición, será de dos meses a partir de la terminación del plazo de presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, según el apartado decimotercero de las bases comunes establecidas por el Ministerio de Administraciones Públicas. La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento. Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas selectivas deberán ser autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios. La parte teórica tendrá una duración máxima de dos meses. La parte práctica tendrá una duración máxima de un mes y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de trabajo del Ministerio de Medio Ambiente mediante la rotación de los funcionarios en prácticas por distintas Unidades Administrativas del mismo. La calificación del curso selectivo será otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada Subsecretaría. En el plazo de diez días naturales, desde la finalización de las prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la Comisión de Valoración un informe de las actividades desarrolladas. Finalizado este plazo, la Comisión de Valoración dispondrá de 20 días hábiles para facilitar las notas del curso selectivo a la Subsecretaría del Departamento. La calificación máxima del curso selectivo será de 40 puntos, siendo la calificación máxima de cada una de las dos partes del curso selectivo (teórica y práctica) de 20 puntos. El Tribunal fijará las puntuaciones mínimas necesarias para superar cada una de las dos partes del curso selectivo. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal. En la parte teórica del curso selectivo se valorará la asistencia y participación en las clases, la presentación de trabajos, las pruebas individuales o en grupo, la resolución de casos prácticos y la participación en actividades formativas complementarias. En la parte práctica del curso selectivo se valorará el cumplimiento del horario, la eficacia y rendimiento en el trabajo, la capacidad de aprendizaje y la adquisición de conocimientos prácticos. Asimismo, y en base al informe de las actividades desarrolladas elaborado por los funcionarios en prácticas, se valorará el contenido y presentación del mismo, así como los comentarios y sugerencias formuladas. Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Los aspirantes que ya fueran funcionarios antes de participar en estas pruebas selectivas, continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo. En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el tercero, segundo y primera parte del tercer ejercicio de la fase de oposición, por este orden. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II Programa

Conservación del medio natural

1. Convenios internacionales relacionados con la Conservación de la Naturaleza. Principales características. Convenio sobre la Diversidad Biológica. Convenio de lucha contra la Desertificación. Convenio Marco de Cambio Climático y su desarrollo. Principales características y su aplicación en España. Génesis, estructura y programa del Foro Forestal de Naciones Unidas (UNFF). Convenios Washington (CITES), Bonn y Berna. Principales características y su aplicación en España. 2. El Convenio de Ramsar y el Convenio de Barcelona. Principales características y evolución. Plan de Acción para el Mediterráneo. Convenio OSPAR para la protección del medio marino del Atlántico del nordeste: estructura y objetivos. 3. Organismos internacionales para la conservación de la naturaleza. El PNUMA, UICN, el Programa MAB y las Reservas de la Biosfera. La FAO, el PNUD y la ITTO. Desarrollo e importancia en España. 4. Normativa comunitaria en materia de conservación de la naturaleza. Las Directivas de aves y hábitats. Los Reglamentos de desarrollo rural y el «Forest focus». Competencias comunitarias y nacionales en estas materias. 5. Instituciones europeas relacionadas con la conservación de la naturaleza. La Agencia Europea de Medio Ambiente. El Centro Temático de la Naturaleza de París. 6. La Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica. La Estrategia Española para el Desarrollo Sostenible. 7. Instrumentos financieros de la UE, Estatales y de las Comunidades Autónomas aplicables a la conservación de la naturaleza. El Marco de Acción Prioritaria. Los Fondos de Cohesión, FEOGA, Orientación y Garantía. Los Programas LIFE y LEADER. 8. La Red de Parques Nacionales. Características principales. Los Parques Nacionales españoles. Representación y situación actual. Plan Director. Nueva gestión según la Sentencia del Tribunal Constitucional 194/2004, de 10 de noviembre de 2004. 9. El Plan Forestal Español y los planes forestales de las Comunidades Autónomas. La Estrategia Forestal Española y la Estrategia Forestal de la Unión Europea. 10. La Planificación de espacios naturales protegidos. Planes de Ordenación de los recursos naturales (PORN). Características principales. Ejemplos concretos. 11. Planes rectores de uso y gestión (PRUG). Características principales. Ejemplos concretos. Otros instrumentos de planificación en desarrollo de los PRUG. Características principales. Ejemplos concretos. 12. La Red Natura 2000 (LICs, ZEPAs, ZECs). Otros espacios naturales protegidos (ENPs) gestionados por las Comunidades Autónomas. Desarrollo legislativo. Principales figuras de protección. Características y situación actual. 13. Las zonas protegidas en la Directiva Marco de Aguas 2000/60/CE. 14. La propiedad forestal: Montes de particulares y Montes públicos. Montes Vecinales en Mano Común y Montes de Sociedades de Vecinos. El Catálogo de Montes de Utilidad Pública. Tutela de la Administración Forestal. 15. Las regiones biogeográficas y los pisos bioclimáticos en España. Características generales de los climas y suelos de España. 16. Los humedales españoles. Tipología y distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes. El Plan Estratégico Español para la Conservación y Uso Racional de los Humedales. 17. Los ecosistemas fluviales españoles. Definición, tipología y características. Estado de conservación. Estudio de la calidad del agua en ríos mediante el empleo de índices biológicos. Elementos que determinan la pertenencia al dominio público hidráulico según la Ley de Aguas. 18. Los ecosistemas marinos. Distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes. 19. Los ecosistemas españoles de bosques caducifolios y de coníferas. Distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes. 20. Los ecosistemas españoles de bosques esclerófilos. Distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes. 21. Los ecosistemas españoles de alta montaña. Los ecosistemas esteparios y de cultivos. Distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes. 22. Los ecosistemas de la región macaronésica. Distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes. 23. La ordenación de usos y actividades en los Parques Nacionales. Los usos tradicionales y su regulación. Instrumentos de participación pública y colaboración ciudadana en los ENPs. Planes de Voluntariado. 24. El uso público en los espacios naturales protegidos. Principales características. Técnicas de interpretación y sensibilización. El Patrimonio cultural y su relación con los ENPs. La Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español. La UNESCO y las declaraciones de Patrimonio de la Humanidad. 25. Ordenación de montes y tratamientos culturales de las masas arboladas. Multifuncionalidad de los sistemas forestales. Manejo sostenible. Los sistemas de certificación forestal. Otros sistemas de certificación y de etiqueta ecológica. 26. El aprovechamiento de los recursos naturales. Las actividades cinegéticas y piscícolas. Normativas y regulación. 27. La incidencia y los impactos originados por las infraestructuras hidráulicas, urbanas, las actividades industriales y agrícolas en el dominio público hidráulico. 28. La incidencia y los impactos originados por las infraestructuras costeras (puertos, espigones, diques, etc.) y las explotaciones industriales (acuicultura, explotación de salinas, actividades extractivas, etc.) en el litoral. 29. Las aguas subterráneas. Principales características de los acuíferos españoles. Principales problemas de conservación en relación con la diversidad biológica. 30. Los componentes de la diversidad biológica y su estado de conservación. Los hábitat naturales y seminaturales. Medio Terrestre y medio marino. 31. Los componentes de la diversidad biológica y su estado de conservación. Las especies silvestres. Especies terrestres y de agua dulce. Especies marinas. 32. Los recursos genéticos. Las plantas cultivadas. Las razas ganaderas. Los conocimientos tradicionales. Los organismos vivos modificados. El acceso a los recursos genéticos. 33. Restauración, rehabilitación y creación de sistemas naturales. Principios y métodos. Ejemplos concretos en el medio fluvial. 34. Los Sistemas de Información Geográfica (GIS). Concepto, tipos, potencialidades. Captura de datos, ortofotos, GPS. Modelos digitales del terreno (MDTs) y aplicaciones. Aplicación a la gestión del medio natural y la ordenación territorial. 35. La Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. Concepto y tipología viaria. Naturaleza jurídica. Titularidad y competencias. Tránsito ganadero. Usos compatibles y complementarios. Defensa del dominio público viario. Desafectación demanial. Red Nacional de Vías Pecuarias. Colaboración de la Administración General del Estado en la recuperación de las vías pecuarias. 36. Mejora y conservación de los recursos genéticos forestales. Criterios para la elaboración de programas específicos. Producción y comercialización de material forestal de reproducción. Legislación vigente. Comercio interior e internacional. 37. La sanidad forestal: Principales plagas y enfermedades de los ecosistemas forestales españoles. El impacto de los eventos climáticos extremos, la contaminación atmosférica y el cambio climático. Redes europeas de seguimiento del estado sanitario de las masas forestales. 38. La erosión del suelo y la desertificación. La restauración hidrológico-forestal: Principios generales y objetivos. Sistema corrector de cuencas. Trabajos de restauración de la cubierta vegetal. Trabajos de corrección de cauces. 39. La lucha contra los incendios forestales. Técnicas de prevención y extinción. 40. Técnicas de manejo y control de poblaciones y especies animales. Catálogos nacionales y autonómicos de especies amenazadas. Desarrollo y aplicación. Planes de recuperación. 41. La conservación «ex situ» de la diversidad biológica. Parques Zoológicos y Jardines Botánicos. Cría en cautividad. Bancos de germoplasma y de células somáticas. La clonación. 42. Los paisajes españoles, características principales. La Convención Europea del Paisaje. Principales problemas de conservación. 43. Las formaciones costeras de playas y dunas. La dinámica litoral. Perfil de equilibrio de las playas. La erosión costera: Causas y correcciones. 44. El seguimiento de los procesos naturales como parte integrante de la gestión del medio natural. 45. El Banco de Datos de la Naturaleza. III Inventario Forestal Nacional. Atlas de especies silvestres. Inventario de hábitat.

Control e inspección de vertidos

1. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico y su modificación por el Real Decreto 606/2003: protección del dominio público hidráulico y de la calidad de las aguas. 2. Orden MAM/1873/2004, de 2 de junio, por la que se aprueban los modelos oficiales para la declaración de vertido y se desarrollan determinados aspectos relativos a las autorización de vertido y liquidación del canon de control de vertidos. 3. Regulación de los vertidos. Vertidos directos e indirectos a las aguas superficiales y subterráneas. Autorización de vertido. Tramitación. Declaración de vertido. 4. Instrumentos administrativos para la gestión de los vertidos de aguas residuales. Renovación, revisión y revocación de la autorización de vertido. Canon de control de vertidos. 5. Procedimiento de control y vigilancia de los vertidos. Inspecciones. Inspección de actividades industriales. Entidades colaboradoras. Papel de la guardería fluvial y del Seprona. 6. La contaminación de las aguas superficiales. Vertidos directos e indirectos. Competencias. Autorización de vertido de las entidades locales y de las comunidades autónomas. Reglamentos de vertidos a los sistemas de saneamiento. Ordenanzas municipales. 7. Infracciones y sanciones por vertidos de aguas residuales. Intervención de la administración hidráulica ante vertidos no autorizados o que incumplen el condicionado de la autorización. Evaluación de daños al Dominio Público Hidráulico. Infracciones constitutivas de delito o falta. 8. Procedimientos de actuación ante casos de vertidos accidentales. Coordinación en el Organismo de cuenca y con otras administraciones. Medidas correctoras y de seguimiento. 9. Contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas en aguas superficiales. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Sustancias de Lista l y de Lista II. Programas de reducción de sustancias de Lista II. Sustancias preferentes. 10. Contaminación de acuíferos. Protección de las aguas subterráneas frente a la contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas. Estudio hidrogeológico. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Sustancias de Lista l y de Lista II. 11. Estrategia para combatir la contaminación de las aguas frente a contaminantes desarrollada por la Directiva 2000/60/CE. Sustancias prioritarias. Normas de calidad ambiental. 12. La gestión de los vertidos mediante el enfoque combinado en la normativa europea y nacional. Gestión de vertidos en función de los límites de emisión. Gestión de vertidos en función de los Objetivos de calidad. Documentos BREF. 13. Normativa relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Mejores Técnicas Disponibles. Autorización ambiental integrada. Cometidos del organismo de cuenca. 14. Normativa relativa al tratamiento de las aguas residuales urbanas. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Zonas sensibles. Plan Nacional de Saneamiento y Depuración. Declaración de las zonas sensibles. 15. Impacto de los vertidos industriales y urbanos en la masas de agua afectadas. Regulación. Zona de mezcla del vertido. Eutrofización. 16. Parámetros físicos, químicos y microbiológicos relacionados con la calidad de las aguas. Influencia en la calidad de las aguas. 17. Indicadores y parámetros de calidad para la clasificación del estado de las aguas superficiales y subterráneas según la directiva marco de agua 2000/60/CE. 18. Diseño del muestreo para el control del condicionado de la autorización. Mediciones in situ de calidad de aguas. Equipos y material de campo. Condiciones de seguridad del muestreador. Instrumentación, manejo y mantenimiento. 19. Toma de muestras de aguas naturales y residuales. Tipo de muestreadores. Sistemas de medición caudal. Tipos de muestras. Cadena de custodia. Conservación y transporte de las muestras en función de los parámetros a medir. 20. Toma de muestras de sedimento y peces. Conservación y transporte de muestras. 21. Objetivos medioambientales de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. 22. Protección de las aguas frente a la contaminación agraria. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Aguas afectadas. Zonas vulnerables. Programas de actuación. Código de buenas practicas agrarias. 23. Directivas comunitarias relativas a la calidad requerida en las aguas superficiales para los distintos usos del agua. Incorporación a la legislación española. Zonas Protegidas en la Directiva 2000/60/CE. 24. Sistemas de vigilancia y control de aguas superficiales y subterráneas. Redes de control existentes. Programas de seguimiento previstos en la Directiva 2000/60/CEE. 25. Red de estaciones automáticas de alerta de calidad. Objetivos y funciones. Parámetros. Sistemas de comunicación. 26. Pretratamientos y tratamientos fisicoquímicos para aguas residuales urbanas. 27. Tratamientos biológicos para las aguas residuales urbanas. 28. Tratamientos terciarios de efluentes urbanos. 29. Tecnologías de bajo coste en la depuración de aguas residuales en pequeñas poblaciones. 30. Gestión fangos generados en una estación depuradora de aguas residuales. Naturaleza. Tratamiento. Deshidratación, secado e incineración. Destino final. 31. Reutilización de fangos procedentes de una estación depuradora de aguas residuales urbanas. Normativa Plan Nacional de lodos de Depuradoras de Aguas Residuales. 32. Reutilización de efluentes depurados. Tecnologías específicas para la regeneración de efluentes. 33. Técnicas de tratamiento de los efluentes industriales. Caracterización de las aguas residuales. 34. Aguas residuales procedentes de la industria papelera. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 35. Aguas residuales procedentes de la industria siderúrgica. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 36. Aguas residuales procedentes de industria de transformación de metales ferrosos. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 37. Aguas residuales procedentes de industrias metalúrgicas no férreas. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 38. Aguas residuales procedentes de la Industria de recubrimientos electrolíticos. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 39. Aguas residuales procedentes de la industria textil. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 40. Aguas residuales procedentes de la industria de curtidos. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 41. Aguas residuales procedentes de la industria minera. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 42. Aguas residuales procedentes de la industria de la madera y del mueble. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 43. Aguas residuales procedentes de la industria de alimentación, bebidas y lecheras. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 44. Aguas residuales procedentes de la industria de mataderos. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones. 45. Contaminación causada por la ganadería y las granjas de producción ganadera en las aguas continentales. Medidas de minimización.

Grupo de temas comunes

1. El Estado. El marco constitucional. La Jefatura del Estado: la Corona. Los poderes del Estado: El Poder Legislativo. El Poder Ejecutivo. El Poder Judicial. 2. Administración Pública y sociedad. Los principios de funcionamiento. La evolución de la Administración pública española. Los retos de la Administración Pública actual. Técnicas de traslación de competencias. 3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución constitucional de competencias. Las entidades locales: su clasificación. Relación de las entidades locales con los otros entes territoriales. La distribución de competencias en materia de medio ambiente en España. Especial referencia a aguas, costas, biodiversidad y calidad ambiental. 4. Las Administraciones Públicas: principios constitucionales de organización y funcionamiento. Sus relaciones: cooperación, coordinación, colaboración y control. El control de la Administración. La Administración consultiva: mención especial al Consejo de Estado. 5. La Administración General del Estado: sus órganos centrales, superiores y directivos. La organización ministerial actual en España. Administración periférica del Estado y Administración en el exterior. La Administración institucional y la Administración corporativa. Organismos públicos: organismos autónomos, entidades públicas empresariales y entidades de derecho público. El sector público estatal. 6. La organización general del Ministerio de Medio Ambiente. Los órganos horizontales y los órganos sectoriales. Organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades del Ministerio de Medio Ambiente. 7. La situación de la mujer en la sociedad contemporánea. La promoción de la igualdad de género en la vida familiar y laboral. Normativa vigente. 8. Medio ambiente y desarrollo sostenible: de Estocolmo a Río 92. De Río a Johannesburgo. La importancia del medio ambiente en la Unión Europea: evolución a través de los Tratados. Programas de Acción en Materia de Medio Ambiente. 9. El medio ambiente como objeto del Derecho. Concepto de medio ambiente y su tratamiento constitucional. La perspectiva comparada: el tratamiento del medio ambiente en Europa y América. 10. Derecho ambiental comunitario. Instrumentos jurídicos: Reglamentos, Directivas y Decisiones. La Estrategia Europea de Desarrollo Sostenible. Pilares y principios. Seguimiento. 11. Acceso a la información en materia de medio ambiente: Convenio de Aarhus. La participación en la gestión ambiental. Normativa de la Unión Europea. Normativa aplicable. 12. Instrumentos de participación en materia de medio ambiente. Especial referencia a las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones empresariales y sindicales. Preocupación social por el medio ambiente: conciencia ambiental. Creencias y actitudes proambientales. 13. La Ley 4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres y su desarrollo reglamentario. Principales características e instrumentos. La regulación de los espacios naturales. Especial referencia a los Parques Nacionales. 14. Los montes: la normativa de la Unión Europea. Distribución competencial en materia forestal. El papel de la Administración General del Estado. Las competencias de las Comunidades Autónomas. Montes públicos y privados. 15. La contaminación atmosférica: tipos, orígenes y características. Sus fuentes. Sectores y actividades contaminantes. El convenio marco sobre cambio climático. Estrategia comunitaria sobre cambio climático. Normativa española. 16. La prevención de la contaminación acústica. Aspectos teóricos. Fuentes y técnicas de medición. Efectos sobre la salud y el medio ambiente. Medidas correctoras. Normativa comunitaria y española sobre ruido. La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido. 17. Legislación sobre Evaluación de Impacto Ambiental: La EIA en el ámbito comunitario: Directiva 85/337/CEE, ámbito de aplicación. Proyectos sometidos a EIA. La Directiva 97/11/CE por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE. La Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. 18. Contaminación. Principios. Aspectos tecnológicos. Las Mejores Técnicas Disponibles. Valores límites de emisión. Los permisos integrados de instalación. La Directiva 96/61/CE y la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la evaluación ambiental estratégica de planes y programas públicos. 19. El Reglamento Europeo relativo a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (SGAM o EMAS). Concepto. Objeto. Ámbito de aplicación. La relación entre el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales e ISO (Organización Internacional de Normalización). Actividades con organismos genéticamente modificados. Normativa comunitaria. Normativa española: la Ley 9/2003, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente. 20. Instrumentos comunitarios de financiación en materia de medio ambiente. Evolución y perspectivas. Especial referencia al caso español.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal Titular:

Presidente: D. Francisco Jarabo Sánchez, Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Secretario: D. José Jiménez Quintas, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado. Vocales: D.ª Alejandra Puig Infante, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM; D. Alberto Orio Hernández, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM, y D. Jesús Serrada Hierro, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del M.A.P.A.

Tribunal Suplente:

Presidente: D. Roberto Vallejo Bombín, Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Secretario: D.ª Marta Coll de la Vega, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado. Vocales, D.ª M. Blanca Ruíz Franco, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente; D.ª María Inmaculada García Bonilla, Cuerpo de Ingenieros de Montes, y D. Alberto de Anta Montero, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, Código 5913.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará la especialidad por la que se opte de entre las previstas en el apartado 1 de las bases específicas de esta convocatoria. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra L. En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará Ministerio de Medio Ambiente y código 00040. En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará Madrid. En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22 con una cruz. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en el punto 4 de las bases específicas de esta convocatoria. En el recuadro 25, apartado A, se consignará el idioma o idiomas elegidos por el aspirante (idiomas a que se refiere el apartado 1 del Anexo I). El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,52 €. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0085/2145/82/0000000079 del Banco Santander Central Hispano a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

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