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Documento BOE-A-2005-7769

Decreto 39/2005, de 7 de abril, por el que se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural declarado la «Cueva de Micolón», en Riclones, (Rionansa).

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2005, páginas 16165 a 16166 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2005-7769

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 14 de abril de 2004, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural declarado la «Cueva de Micolón», en Riclones, término municipal de Rionansa. Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto la delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural declarado la «Cueva de Micolón», en Riclones, término municipal de Rionansa, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente. En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 7 de abril de 2005, dispongo,

Artículo 1.

Delimitar el entorno de protección del bien interés cultural declarado la «Cueva de Micolón», en Riclones, término municipal de Rionansa.

Disposición adicional única.

Se faculta al Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 7 de abril de 2005.- El Presidente, Miguel Ángel Revilla Roiz.-El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Francisco Javier López Marcano.

ANEXO Descripción del entorno de protección

El entorno de protección comienza, por el extremo noreste, en la orilla del embalse de La Palombera, en el punto con coordenadas U.T.M.: 382.490-4.793.805-z: 105 m., y se dirige hasta el punto con coordenadas U.T.M.: 382.380-4.793.765-z: 155 m. Desde aquí continúa por el camino que desde el embalse llega hasta la carretera de acceso al pueblo de Riclones, en el punto con coordenadas U.T.M.: 382.525-4.793.360-z: 145 m. Este camino discurre en sentido norte-sur por el límite de la divisoria de aguas entre la ladera que da al pantano y la ladera que da a una gran dolina situada entre Riclones y el propio camino Posteriormente se toma un sendero que desciende en sentido Noroeste hasta las proximidades del pantano, hasta el punto con coordenadas U.T.M.: 382.690-4.793.515-z: 125 m., hasta llegar a la orilla del embalse en el punto con coordenadas U.T.M.: 382.750-4.793.600-105 m. El Borde del embalse cierra el perímetro de protección.

Justificación

La cueva de Micolón se encuentra al borde del embalse de La Palombera, al este del núcleo rural de Riclones. Se trata de una cavidad con casi medio kilómetro de desarrollo, de trazado laberíntico. Junto a la misma se conocen otras cavidades de reducido desarrollo con yacimiento arqueológico (Micolón II y La Brañuca). El entorno de protección propuesto pretende asegurar que todo el desarrollo de la cavidad, y las unidades geomorfológicas relacionadas de su entorno se encuentren incluidas. Para su delimitación se han tenido en cuenta aspectos geológicos y geomorfológicos. El entorno comprende el promotorio de calizas del Carbonífero superior al pie del cual se abre la cavidad. Este promontorio está delimitado lateralmente (al norte y al sur) por dos pequeñas vaguadas, que se incluyen como límites geomorfológicos. Igualmente se incluye todo el desarrollo de la cavidad en planta y la dolina que capta los impluviales del entorno y que desagua en el sistema kárstico de la cavidad. El límite oeste se ha fijado con una carretera local que delimita la zona cuyas laderas poseen pendiente hacia el cauce del Nansa, a la altura de la localización de la cavidad.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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