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Documento BOE-A-2005-7935

Orden JUS/1332/2005, de 26 de abril, por la que se resuelve el concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo, convocado por Orden JUS/397/2005, de 3 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 16 de mayo de 2005, páginas 16383 a 16387 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2005-7935

TEXTO ORIGINAL

Por Orden JUS/397/2005, de 3 de febrero de 2005 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de Febrero de 2005), se convocó concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento. Finalizado el plazo de presentación de instancias, tenidos en cuenta los preceptos reglamentarios (Título III, capítulo II, artículos 39 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado), lo dispuesto en las bases de la convocatoria y valorados los méritos alegados por los concursantes, así como la propuesta formulada por la Comisión de Valoración a que hace referencia la base séptima de la citada Orden, Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y vistos los Reales Decretos 562/2004, de 19 de abril (BOE del 20) y 1475/2004, de 18 de Junio (BOE del 19), por los que se aprueba y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, respectivamente, ha resuelto:

Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el Anexo, a los funcionarios que se mencionan en el mismo.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican en el citado Anexo. Tercero.-La toma de posesión de los destinos adjudicados se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de Marzo.

Cuarto.-Contra la presente Orden y los actos derivados de la misma, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el órgano que dictó la Orden, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 26 de abril de 2005.-El Ministro, P.D. (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero, BOE del 21), la Subsecretaría, Ana María de Miguel Langa.

Sra. Subsecretaria del Ministerio de Justicia.

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