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Documento BOE-A-2005-903

Orden ECI/4508/2004, de 27 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso por promoción horizontal, de personal laboral fijo, a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2005, páginas 1858 a 1865 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-903

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso, por promoción horizontal de personal laboral fijo, a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 25 plazas de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, Código 5048, por el sistema de promoción horizontal del personal laboral fijo. Las plazas corresponden a los Organismos Públicos de Investigación: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Instituto Español de Oceanografía e Instituto Geológico y Minero de España. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. 1.2 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria. 1.3 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes de la finalización del mes de abril de 2005. La duración máxima del proceso selectivo será de tres meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio. 1.4 Los aspirantes que hubieran superado las pruebas, pero, al no reunir méritos suficientes, no hubieran aprobado, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se considerarán equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar y Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad a la finalización del año académico 1975-1976. Se entenderá que un aspirante está en condiciones de obtener cualquiera de los títulos indicados cuando cumpla los requisitos académicos exigidos para la expedición material de los mismos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 2.1.3 Estar incluido a efectos de promoción interna de carácter horizontal en lo previsto en el apartado 3.º del artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004. 2.1.4 Pertenecer, como personal laboral fijo a los grupos profesionales 5 ó 6 del Área de Investigación y Laboratorio del Convenio Único o a una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y en-contrarse destinado en alguno de los Organismos Públicos Investigación. 2.1.5 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados como personal laboral fijo en los grupos profesionales 5 o 6 del Área de Investigación y Laboratorio del Convenio Único o en una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que hayan sido encuadrados en ellos. 2.1.6 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de correspondientes funciones. 2.1.7 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. 2.1.8 Se entenderá que una categoría o grupo profesional se encuentra en situación equivalente a los efectos previstos en esta Convocatoria, cuando sus funciones, contenido profesional y nivel técnico resulte coincidente con los grupos profesionales 5 o 6 del Área de Investigación y Laboratorio, teniendo en cuenta a estos efectos los Acuerdos de la Comisión General de Clasificación Profesional de 6 de julio de 2000 y 21 de mayo de 2001.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Educación y Ciencia, en las sedes centrales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, del Instituto Español de Oceanografía o del Instituto Geológico y Minero de España, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV. 3.2 La presentación de solicitudes se realizará en los Registros Generales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano, 117, 28006 Madrid), del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (avenida Complutense, 22, 28071 Madrid), del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (carretera de La Coruña, km. 7,5, 28071 Madrid), del Instituto Español de Oceanografía (avenida de Brasil, 31, 28020 Madrid), del Instituto Geológico y Minero de España (calle Ríos Rosas, 23, 28071 Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Secretario de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del pasaporte.

Un certificado emitido por la Secretaría General o la Subdirección General de Recursos Humanos del Organismo donde se encuentre prestando servicios acreditativo de que el interesado tiene la consideración de personal laboral fijo de los grupos profesionales 5 ó 6 del Área de Investigación y Laboratorio del Convenio Único, o de una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y que desempeñen funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las de los grupos profesionales 5 o 6 del Área de Investigación y Laboratorio del Convenio Único. La certificación habrá de cumplimentarse según el Anexo VI de esta convocatoria. Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5 Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud de participación en este proceso. La contravención de esta norma determinará la exclusión de los aspirantes que no la hubiesen observado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Ministra de Educación y Ciencia, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o pasaporte, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación del la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio que integra la fase de la oposición. Contra la orden por la que se eleve a definitiva la relación de admitidos y excluidos, que se hará pública en los mismos lugares en el que hubiesen sido expuestas las listas a que se refiere el apartado anterior, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto administrativo, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria. 5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. 5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley citada en la base anterior. 5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en:

Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Dirección: calle Serrano, 117. 28006 Madrid.

Teléfono: 91 5855265/5263. E-mail: p.decabo@orgc.csic.es; l.diaz@orgc.csic.es Persona de contacto: Pedro de Cabo Gómez.

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas. Dirección: Avenida de la Complutense, 22. 28071 Madrid.

Teléfono: 91 3466495.

E-mail: julia.sendino@ciemat.es Persona de contacto: Julia Sendino Muñoz.

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

Dirección: Carretera de La Coruña, km. 7,5. 28071 Madrid.

Teléfono: 91 3473982. E-mail: redondo@inia.es Persona de contacto: Cristina Redondo Collado. Instituto Español de Oceanografía.

Dirección: Avda. de Brasil, 31. 28020 Madrid.

Teléfono: 91 5970841. E-mail: pablo.manso@md.ieo.es Persona de contacto: Pablo Manso Muñoz.

Instituto Geológico y Minero de España.

Dirección: c/ Rios Rosas, 23. 28003 Madrid.

Teléfono: 91 3495710. E-mail: c.demiguel@igme.es Persona de contacto: Carmen de Miguel Montes.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «S», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero). 6.2 Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. 6.3 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante. 6.4 Concluido cada el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. 6.5 En el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente a aquél en el que se haga pública la lista de aprobados del ejercicio de la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado deberán presentar en los Registros Generales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano, 117, 28006 Madrid),del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (avenida Complutense, 22, 28071 Madrid), del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (carretera de La Coruña, km. 7,5, 28071 Madrid), del Instituto Español de Oceanografía (avenida de Brasil, 31, 28020 Madrid) o del Instituto Geológico y Minero de España (calle Ríos Rosas, 23, 28071 Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como Anexo V. La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso. 6.6 La lista que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total, se hará pública, mediante resolución de la Autoridad convocante, a propuesta del Tribunal calificador. Dicha resolución se hará pública, al menos, mediante su exposición en los tablones de anuncios e inserción en la página Web del Ministerio de Educación y Ciencia: http:\www.mec.es. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la inserción de dicha relación en la página Web del citado Departamento, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y por la misma Autoridad, a propuesta del Tribunal, se publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso en los mismos lugares a que se refiere el párrafo anterior. En esta resolución se indicará el recurso que proceda contra la misma.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Tribunal hará pública en el Organismo en el que tiene su sede la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzada. Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el plazo indicado no serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. 7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. 7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará en el Organismo, Subdirección General o asimilada y localidad en la cual se encuentren prestando servicio como laborales fijos, siempre que ya se encuentren destinados en alguno de los Organismos que se relacionan en la base 1.1 de esta Convocatoria. En el caso de los aspirantes que superen el proceso selectivo y que no se encuentren destinados en alguno de los Organismos Públicos de Investigación a los que se refiere la citada base 1.1 la adjudicación de puestos se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la excelentísima señora Ministra de Educación y Ciencia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso -administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso -Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 27 de diciembre de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, BOE del 6-5), el Subsecretario, Fernando Gurrea Casamayor.

Ilmo. Sr. Subdirector General de Personal de Administración del Ministerio de Educación y Ciencia y Sr. Presidente del Tribunal Calificador.

Anexo I Descripcion del proceso selectivo

1. La fase de oposición constará de un ejercicio, de carácter eliminatorio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas, con respuesta múltiple de las cuales una de ellas será la correcta, sobre las materias incluidas en el temario que figura como Anexo II a esta convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. El ejercicio de la oposición se calificará de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener un máximo de 50 puntos para superar el ejercicio. 2. Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

2.1 Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del trabajador en la Administración, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria, correspondiente tanto a los servicios prestados como a los reconocidos hasta la fecha indicada, a razón de 0,80 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 16 puntos.

2.2. Tiempo de permanencia en las categorías y grupos profesionales a que se refiere la presente convocatoria: Se valorará el tiempo de permanencia en las mismas, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria, según el siguiente detalle:

Según el tiempo de permanencia en el grupo profesional 5 del Área de Investigación y Laboratorio del Convenio Único o en una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado, a razón de 1,70 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 25 puntos.

Según el tiempo de permanencia en el grupo profesional 6 del Área de Investigación y Laboratorio del Convenio Único o en una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado, a razón de 1,20 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 25 puntos. 2.3 Titulación académica: Se otorgarán 4 puntos por la posesión, a la fecha de publicación de esta Convocatoria, de una titulación académica superior a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Grupo D en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

3. Calificación del concurso-oposición: La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición, sin que en ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso pueda aplicarse para superar el ejercicio de la fase de oposición, ni se pueda exceder el número de plazas convocadas. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición. De continuar el empate, se atenderá a la puntuación otorgada al mérito de antigüedad y, por último, al tiempo de permanencia en los grupos y Área Funcional a los que se refiere la base 2.1. 4 de la Convocatoria, por este orden. Si aún hubiere lugar para ello, se atenderá al mayor nivel de titulación académica poseída. Finalmente, se dirimirá por el criterio de antigüedad total en la Administración, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de la convocatoria.

4. Lugar de celebración del proceso selectivo: Todas las pruebas selectivas de las diferentes especialidades se celebrarán en Madrid.

ANEXO II Programa

Tema 1: La Administración General del Estado: órganos centrales y territoriales. Organismos Públicos: organismos autónomos y entidades públicas empresarias. Tema 2: El Ministerio de Educación y Ciencia. Organización y funciones. Los Organismos Públicos de Investigación. Tema 3: La investigación científica y técnica. La Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Tema 4: Estructura de la materia: átomos y moléculas. Tema 5: Elementos químicos: sistema periódico (metales y no metales). Tema 6: Magnitudes y unidades: longitud, masa, tiempo. Tema 7: Magnitudes y unidades: temperatura y humedad. Tema 8: La célula: estructura y función. Tipos de células. Tema 9: Rocas y minerales. Clasificación e identificación. Tema 10: Normas y buenas prácticas de laboratorio. Normas básicas de manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Procedimientos normalizados. Tema 11: Toma y preparación de muestras. Técnicas de conservación y preparación. Tema 12: Conceptos básicos en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales. La seguridad en el laboratorio.

ANEXO III Tribunal Calificador

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

Tribunal titular:

Presidente: Paloma Navarrete Martínez, Escala de Técnicos Superiores Especialistas de Organismos Públicos de Investigación.

Secretario: Francisco Javier Cabanillas Bravo, Cuerpo de Gestión de Empleo del INEM. Vocales: Luis Gutiérrez Nebot, Escala de Ayudantes de Investigación de Organismos Públicos de Investigación; Ricardo Gómez de Paz, Ayudante de Investigación de Organismos Públicos de Investigación; Concepción Díaz Guerri, Ayudante de Investigación de Organismos Públicos de Investigación.

Tribunal suplente:

Presidente: Ángel Díaz Gutiérrez, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Secretaria: María Pilar de Blas Sanz, Escala de Asistentes Sociales de la Administración de la Seguridad Social. Vocales: Francisco Javier Segura Sacristán, Cuerpo General Administrativo de la Administración Civil del Estado; Joaquín Molinero Atienza, Titulado de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Rosa Díez López, Ayudante de Investigación de Organismos Públicos de Investigación.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares. En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación». En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará únicamente la expresión «Auxiliares de Investigación». En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «PH» (promoción interna). En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Educación y Ciencia». En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», en el apartado «Exigidos en la convocatoria», se indicará, de entre las siguientes opciones, la que corresponda a la titulación académica que posea el aspirante (con indicación del dígito y de la titulación concreta de que se trate):

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4»: Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará el Ministerio y Organismo de destino del aspirante.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 4,78 €. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Educación y Ciencia. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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