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Documento BOE-A-2005-9636

Resolución de 25 de mayo de 2005, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se ofertan puestos a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado y la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social, por el sistema general de ingreso libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 2005, páginas 19683 a 19691 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2005-9636

TEXTO ORIGINAL

Publicadas por la Comisión Permanente de Selección las relaciones definitivas de aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado y la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social por el sistema general de ingreso libre, convocadas por Orden APU/1211/2004, de 26 de abril, (publicada en BOE n.º 110, de 6 de mayo), procede disponer lo necesario para que los aspirantes seleccionados soliciten destino. En consecuencia, esta Secretaría General para la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de redistribución de competencias en materia de personal de la Administración del Estado, en relación con lo establecido en el artículo 12.1.c) del Real Decreto 562/2004, de 19 de abril (Boletín Oficial del Estado del 20), por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales y el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 17), a propuesta de la Dirección General de la Función Pública resuelve:

Primero.-Aprobar la lista de puestos a ofertar, a los aspirantes seleccionados en las pruebas de ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado y en la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social, incluidos en el anexo I.a) y anexo I.b) de esta Resolución.

Segundo.-La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (publicado en BOE n.º 303, del 17) por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. Tercero.-De acuerdo con lo señalado en la base común 12.4 de la convocatoria la adjudicación de las plazas a los aspirantes que han superado el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan. Cuarto.-Los aspirantes deberán solicitar destino utilizando para ello el anexo II que se adjunta a esta Resolución, en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. A los aspirantes que no presenten su solicitud de destino dentro del plazo señalado, o presentada ésta en tiempo y forma, no incluyesen puestos de trabajo suficientes para obtener uno de ellos, se les adjudicará destino en alguno de los puestos vacantes del anexo I.a) o anexo I.b) que resulten sin adjudicar, una vez atendidas las peticiones de los demás aspirantes. Quinto.-La obtención de un puesto de los ofertados en el anexo I.a), números del 1 al 52, ambos inclusive, supondrá adquirir la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado. En los restantes casos, anexo I.b), números del 53 al 70, ambos inclusive, el ingreso se producirá en la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Sexto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría General en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tengan los interesados sus domicilios, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar, asimismo, desde el día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 regla segunda, de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.

Madrid, 25 de mayo de 2005.-El Secretario General, Francisco Javier Velázquez López.

Sra. Directora General de la Función Pública.

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