Visto el expediente de indulto de doña María Sol Pombo Expósito, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, sección primera, de Pontevedra, en sentencia de 18 de mayo de 2001, como autora de un delito contra la intimidad, a la pena de dos años y seis meses de prisión y multa de 18 meses con una cuota diaria de 3.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de mayo de 2005,
Vengo en conmutar a doña María Sol Pombo Expósito la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 27 de mayo de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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