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Documento BOE-A-2005-9732

Resolución de 25 de mayo de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2005, páginas 19783 a 19786 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2005-9732

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 8) por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2005 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Esta Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 28), de Presupuestos Generales del Estado para 1991, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, Código 0011. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero («Boletín Oficial del Estado» núm. 48 de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 34 plazas, por el sistema de acceso libre, y 34 plazas por el sistema de promoción interna del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, Código 0011.

Del total de estas plazas convocadas por el sistema general de acceso libre se reservarán 2 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan de igualdad de género en la Administración General del Estado, se hace constar que existe infrarrepresentación de la mujer en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema establecido en la Resolución de 23 de mayo de 2005 por la que se aprueban las bases generales que regulan el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que allí se establecen y que sustituye a la Resolución de 3 de julio de 2001 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado. Hasta que se dicte la resolución de nombramiento de funcionarios de carrera, los funcionarios en prácticas completarán, en su caso, su formación a través de un período de prácticas que se desarrollará en los Servicios Centrales o Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en que vayan a ser destinados como funcionarios de carrera, salvo que la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la que corresponde la competencia para la fijación de las normas de desarrollo de este período, disponga otra cosa.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexos 1, 2, 3 y 4 de la mencionada Resolución de 23 de mayo de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

4. Calendario

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del día 30 de septiembre de 2005. La duración máxima de la fase de oposición será de 12 meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

5. Requisitos de los candidatos

Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán cumplir los siguientes:

5.1. Nacionalidad: Ser español.

5.2. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, u otro título equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 5.3. Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna deberán cumplir, además:

Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al Grupo B, debiendo en este último caso estar además destinados en la Administración General del Estado.

Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionarios de carrera en Cuerpos o escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 del la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicaciones, adscritos al Grupo B.

6. Solicitudes

6.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet (www.map.es/servicios al ciudadano/empleo publico/procesos_selectivos).

6.2. La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá al Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 6.3. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el apartado Octavo.2 de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en Cuerpo o Escalas de la Administración General del Estado. 6.4. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo II. 6.5. A la solicitud se acompañará:

A las solicitudes suscritas en el extranjero se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

Los aspirantes que estén exentos del pago de tasas actuarán de acuerdo con los puntos 8 y 9 del apartado Octavo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales actuarán de acuerdo con lo previsto en el punto 14 del apartado Octavo de la Orden mencionada en el párrafo anterior.

6.6. Los aspirantes que se presenten por cupo de reserva para personas con discapacidad podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas.

Para resolver con objetividad la solicitud planteada, el interesado deberá adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía. 6.7. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

7. Tribunal

7.1. El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo I a esta convocatoria.

7.2. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. El Tribunal velará, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Constitución Española, por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos. 7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en los locales de la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales. Avenida Cardenal Herrera Oria, número 378, 28071 Madrid, teléfono 91 339 88 77.

8. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra F, según lo establecido en la resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 10 de enero de 2005 («Boletín Oficial del Estado» del 17).

9. Norma adicional

La resolución de convocatoria y las bases de este proceso selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se incluirán en la página Web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, pudiendo ser consultados a través de ella (www.agenciatributaria.es)www.agenciatributaria.es

10. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 25 de mayo de 2005.-El Presidente, P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999, «Boletín Oficial del Estado» de 9 de julio), el Director General, Luis Pedroche y Rojo.

Sres.: Director del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica y Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I Tribunal Calificador de las Pruebas Selectivas para Ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado

El Tribunal quedará constituido de la siguiente forma:

Tribunal titular:

Presidenta: Doña María Soledad Fernández Doctor, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Vocales: Don Sixto Álvarez Melcón, del Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Don José Manuel Guirola López, del Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Don Jesús Gascón Catalán, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Doña Marta Fernández-Cuartero Paramio, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Don Joaquín de la Llave de Larra, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Don Vicente José Bartual Ramón, del Cuerpo de Abogados del Estado. Doña M. Ángeles Forner Gros, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Doña M. Isabel Martínez Gil, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Don Bernardo Pérez de León Ponce, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. Secretaria: Doña Virginia Reyes Pérez Alegre, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Celso González González, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Vocales: Don Santiago Díaz de Sarralde, del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias. Don Francisco Javier Salinas Jiménez, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. Doña Cristina Rodríguez Villar, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Doña Ana María Jiménez García, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Doña M. Begoña García-Rozado González, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Don Alfonso Redondo Cerro, del Cuerpo de Abogados del Estado. Doña Rosa Gomis Muñoz, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Don Guillermo Martínez de Simón Santos, del Cuerpo de Abogados del Estado. Don Alfonso J. Constante Villuendas, del Cuerpo de Ingenieros de Minas de la Hacienda Pública a Extinguir. Secretaria: Doña M. Carmen Balbas Ruesgas, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO II Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares. En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, se consignará «Ministerio de Hacienda-AEAT». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «AEAT». En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado», código 0011, correspondiente» En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará con arreglo a las siguientes claves:

«L»: Acceso libre

«A»: Promoción interna (sólo funcionarios de los Cuerpos Técnicos del Ministerio de Hacienda, Auditoria y Contabilidad y de Gestión Catastral). «G»: Promoción interna (funcionarios del resto de Cuerpos o Escalas del Grupo B). En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará las siglas «AEAT», código TB. En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación poseída o en condiciones de obtener. En el recuadro 25, apartado A, se consignará el Cuerpo o Escala de procedencia; en el apartado B, se consignará el idioma elegido.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 26,02 €. para la participación en la convocatoria por el sistema de acceso libre y de 13,01 € para la participación en la convocatoria por el sistema de promoción interna.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 01822370430200204057 del BBVA, abierta en la sucursal de la C/ Alcalá, n.º 16, de Madrid a nombre de «Tesoro Público, Agencia Estatal de Administración Tributaria, Ingresos Tasas Oposiciones Extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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