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Documento BOE-A-2006-10208

Resolución de 26 de abril de 2006, de la Universidad de Oviedo, por la que se nombran Profesores Titulares de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2006, páginas 21833 a 21833 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2006-10208

TEXTO ORIGINAL

Vistas las propuestas elevadas por las Comisiones calificadoras de los Concursos de acceso convocados por Resolución de esta Universidad de fecha 6 de febrero de 2006 (B.O.E. de 21 de febrero), de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, parcialmente modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril, y habiendo cumplido los interesados los requisitos a los que alude el artículo 5, Este Rectorado ha resuelto nombrar a los siguiente profesores:

Don Salvador Ordóñez García, con D.N.I. 09.396.046-V, Profesor Titular de Universidad en el área de conocimiento de «Ingeniería Química», adscrita al Departamento de Ingeniería Química y Tecnología del Medio Ambiente.

Doña María de la Paz Menéndez Sebastián, con D.N.I. 11.437.252-L,Profesora Titular de Universidad en el área de conocimiento de «Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social», adscrita al Departamento de Derecho Privado y de la Empresa.

Los presentes nombramientos, surtirán plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión de los interesados, que deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el B.O.E., de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente, y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Oviedo, 26 de abril de 2006.-El Rector, Juan Antonio Vázquez García.

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