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Documento BOE-A-2006-1080

Orden MAM/64/2006, de 4 de enero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, mediante el sistema de concurso-oposición, en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal, en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente y sus Organismos Autónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 24 de enero de 2006, páginas 2992 a 2998 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-1080

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2005 define, en su artículo 11, los puestos de trabajo considerados empleo temporal de carácter consolidable. Asimismo establece que los procesos de consolidación de empleo temporal de naturaleza estructural y permanente podrán llevarse a cabo a través de convocatorias al efecto, exigiendo la autorización del Ministerio de Administraciones Públicas, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda. En consecuencia, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. del Ministerio de Medio Ambiente, en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal, en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente y sus Organismos Autónomos. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado núm. 48, de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 17 plazas de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente (Código 5913) por el sistema general de acceso libre.

Las plazas que se convocan en las presentes pruebas selectivas quedan distribuidas según se indica en el anexo VI.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará transcurridos cuatro meses, al menos, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, diplomado Universitario o haber superado tres años completos de una licenciatura.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

5. Solicitudes

Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Medio Ambiente, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/servicios_al_ciudadano/empleo_publico/procesos_selectivos 5.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Sra. Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfonos 91 597 69 78, dirección de correo electrónico: mpranz@mma.es.

7. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «F», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 10 de enero de 2005 («Boletín Oficial del Estado» del 17 de enero) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado, el día 3 de enero de 2005.

8. Superación del proceso selectivo

8.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 104.2 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, los funcionarios interinos que desempeñan los puestos de trabajo ofertados en la presente convocatoria cesarán en los mismos una vez que sean ocupados por los funcionarios de carrera de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

8.2 Los funcionarios interinos del grupo B al servicio de la Administración del Estado que superen el proceso selectivo y no tomen posesión de la plaza obtenida cesarán en la plaza que ocupan interinamente, según Acuerdo de la Comisión Superior de Personal de 17 de julio de 1997, sobre proceso de consolidación de empleo temporal.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro de Administraciones Públicas en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 4 de enero de 2006.-La Ministra, P. D. (Orden MAM/224/2005, de 28 de enero, B.O.E. de 10 de febrero), la Subsecretaria, Concepción Toquero Plaza.

Sra. Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente, Sr. Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases. Una fase de oposición y otra fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

1. Fase de oposición: Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios. Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas, uno del grupo de temas comunes y otro del grupo de temas específicos del programa que se contiene en el anexo II de la presente convocatoria. Los temas a desarrollar se escogerán entre cuatro, dos del grupo de temas comunes y dos del grupo de temas específicos del programa del anexo II, que serán seleccionados al azar en el momento del inicio de la prueba.

El tiempo de realización del ejercicio será de dos horas. El ejercicio será leído posteriormente ante el Tribunal en sesión pública, quien podrá hacer al aspirante las preguntas que considere oportunas relacionadas con los temas expuestos durante un tiempo máximo de quince minutos y lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición. Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio. Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un caso práctico planteado por el Tribunal relacionado con los temas del programa del grupo de temas específicos. El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas. El ejercicio será leído posteriormente en sesión pública ante el Tribunal quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada. Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo. La calificación final de esta fase será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. Dicha fase podrá ser superada por un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal señalada en la base 6.3 y en aquellos otros lugares que estime oportunos, la relación de aspirantes que la hayan superado con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase.

Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de la relación indicada en el párrafo anterior, para aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados. 2. Fase de concurso: En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

A. Los servicios efectivos prestados en unidades, centros directivos u organismos autónomos actualmente integrados en el Ministerio de Medio Ambiente o en el suprimido Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medioambiente, con vínculo de carácter temporal o interino de acuerdo con la siguiente progresión: Un año: 5,75 puntos.

Dos años: 11,50 puntos. Tres años: 17,25 puntos. Cuatro años: 23,00 puntos. Cinco años: 28,75 puntos. Seis años: 34,50 puntos. Siete o más años: 40,00 puntos.

La valoración de los servicios prestados como mérito en la fase de concurso únicamente se realizará si el aspirante tiene la condición de funcionario interino del grupo B en el ámbito señalado en el apartado anterior, o la ha tenido en los últimos 3 años, a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los servicios prestados se valorarán teniendo en cuenta los años completos, con arreglo a las siguientes circunstancias:

Para el tiempo prestado como personal funcionario interino: Los servicios prestados con este carácter.

Para el tiempo prestado como personal laboral temporal: Los servicios prestados con este carácter, con excepción de los períodos de excedencia forzosa y suspensión de contrato, excepto por incapacidad temporal y maternidad.

B. La posesión de titulación académica superior a la exigida para la participación en las pruebas selectivas: 5 puntos.

Los funcionarios interinos a que refiere la letra A) del apartado 2 del presente anexo que soliciten puntuación en la fase de concurso, deberán presentar certificación expedida por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Medio Ambiente. La certificación será expedida en el modelo que figura como anexo V a esta convocatoria, haciendo mención expresa, entre otros extremos, de lo siguiente:

La condición de funcionario interino del grupo B del aspirante, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o durante los tres años inmediatamente anteriores a esta misma fecha, siempre referido al ámbito señalado en la letra A) del apartado 2.

Antigüedad como personal laboral temporal o funcionario interino, referida al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Titulación académica que acredite previamente ante esa Unidad

La no presentación del anexo V o, en su caso, de los documentos justificativos de los méritos, por el aspirante, supondrá la no valoración en la fase de concurso del mérito correspondiente.

La lista provisional que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez finalizada la fase de oposición, en el lugar indicado en la base 6.3 y en aquellos lugares que el Tribunal considere oportuno. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta relación provisional, para alegar las rectificaciones que estimen oportunas respecto a la puntuación otorgada en los méritos de la fase de concurso. El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

La mayor puntuación en la fase de oposición.

La mayor puntuación en el segundo ejercicio. La mayor puntuación en el primer ejercicio. La mayor puntuación en la fase de concurso. La mayor puntuación alcanzada en el mérito antigüedad.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

No podrá declararse que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

3. Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar dicho conocimiento mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.

La prueba se calificará de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para poder realizar las pruebas de la fase de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del Diploma Básico del español como lengua extranjera establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II Programa

Grupo de temas comunes

Tema 1. La Constitución española de 1978. Características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección. Tema 2. La Corona: atribuciones y competencias. Las Cortes Generales: composición y funciones. Tema 3. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado. Tema 4. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas. Tema 5. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes. Tema 6. La Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999. Tema 7. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. Deberes y derechos de los funcionarios públicos. Tema 8. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución. Tema 9. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control. Tema 10. El principio de igualdad de género: la igualdad de trato y la igualdad de oportunidades. Su tratamiento en el Derecho comunitario y en la Constitución española. Excepciones al principio general de igualdad: exclusión de determinadas actividades profesionales, protección específica de la maternidad y el embarazo, medidas de «acción positiva». Breve referencia a la Ley 39/1999, de 5 noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.

Grupo de temas específicos

Tema 1. La organización general del Ministerio de Medio Ambiente. Los órganos horizontales: Ministro, Subsecretaría, Secretaría General Técnica. La organización periférica del Ministerio de Medio Ambiente. Tema 2. Los órganos sectoriales del Ministerio de Medio Ambiente: la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad y la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático: sus órganos y centros directivos. Funciones. Las Confederaciones Hidrográficas. Tema 3. Organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades del Ministerio de Medio Ambiente. Fundaciones participadas por el Ministerio de Medio Ambiente o por sus organismos y sociedades. Tema 4. Órganos de participación adscritos al Ministerio de Medio Ambiente: especial referencia al Consejo Asesor del Medio Ambiente. Órganos de cooperación y coordinación adscritos al Ministerio de Medio Ambiente: especial referencia a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente. Tema 5. Medio Ambiente y desarrollo sostenible: de Estocolmo a Río 92. De Río a Johannesburgo. Tema 6. El medio ambiente como objeto de Derecho. Concepto de medio ambiente y su tratamiento constitucional. La perspectiva comparada: el tratamiento del medio ambiente en Europa y América. Tema 7. La distribución de competencias en materia de medio ambiente en España. Especial referencia a aguas, costas, biodiversidad y calidad ambiental. Tema 8. La importancia del medio ambiente en la Unión Europea: evolución a través de los Tratados. Programas de Acción en Materia de Medio Ambiente. Tema 9. Derecho ambiental comunitario. Instrumentos jurídicos: Reglamentos, Directivas y Decisiones. Tema 10. La Estrategia Europea de Desarrollo Sostenible. Pilares y principios. Seguimiento. Tema 11. El VI Programa de Acción en materia de medio Ambiente. Las estrategias temáticas. Tema 12. La Agencia Europea de Medio Ambiente. Evolución, funciones y organización. Tema 13. Principales Convenios Internacionales en materia de biodiversidad. Tema 14. Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas. Tema 15. El Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública de Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los títulos II y III de la Ley de Aguas. Tema 16. El Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 9/1985, de 2 de agosto, de Aguas. El dominio público hidráulico del Estado. Utilización del Dominio Público Hidráulico del Estado. Tema 17. El Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 9/1985, de 2 de agosto, de Aguas. De la protección del dominio público hidráulico y de la calidad de las aguas continentales. Régimen económico-financiero de la utilización del dominio público hidráulico. Infracciones y sanciones. Contrato de cesión de derechos. Tema 18. Legislación española relativa a la calidad requerida en las aguas superficiales para las distintos usos del agua (producción de agua potable, baños, vida piscícola). Registro de Zonas Protegidas. Tema 19. Directiva del Consejo 91/676/CEE, de 12 de diciembre, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en agricultura. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Aguas afectadas. Zonas vulnerables. Programas de actuación. Código de buenas practicas agrarias. Tema 20. Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. Objeto y finalidades. Bienes del dominio público marítimo-terrestre. Limitaciones de la propiedad sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar. Tema 21. Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. Utilización del dominio público marítimo-terrestre. Régimen económico-financiero de la utilización. Infracciones y sanciones. Competencias administrativas. Tema 22. La Directiva 2000/60/CE, del Consejo, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. Objeto y objetivos medioambientales. Planteamiento combinado para combatir la contaminación. Seguimiento del estado. Programa de medidas. Plan hidrológico. Tema 23. Contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas en aguas superficiales. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Sustancias de Lista l y de Lista II. Programas de reducción de sustancias de Lista II. Sustancias preferentes y prioritarias. Tema 24. Directiva del Consejo 91/271/CEE, de 21 de mayo de 1991, sobre tratamiento de aguas residuales urbanas. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Tipos de tratamiento de aguas residuales urbanas. Zonas sensibles. Tema 25. Convenios Internacionales en materia de Conservación de la Naturaleza. Especial referencia a los de Diversidad Biológica, Ramsar, CITES, Lucha contra la desertificación y a los vinculados a la protección del medio marino. Tema 26. La Ley 4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. Desarrollo reglamentario y modificaciones. Tema 27. Normativa Comunitaria relacionada con el Medio Natural y su desarrollo en España(1): Directiva 79/409/CEE relativa a la Conservación de las Aves. Directiva 92/43/CEE relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. Tema 28. Normativa Comunitaria relacionada con el Medio Natural y su desarrollo en España (2): Instrumentos Financieros. Directiva 2000/60/CE Marco del Agua. Tema 29. Organismos e Instituciones Internacionales para la Conservación de la Naturaleza. Especial referencia a los vinculados a las Naciones Unidas y a la Unión Europea. Tema 30. La contaminación atmosférica. Convenios internacionales, normativa comunitaria y española en materia de medio ambiente atmosférico. Tema 31. El convenio marco sobre cambio climático. Estrategia comunitaria sobre cambio climático. Normativa española. Los derechos de emisión. Tema 32. Normativa comunitaria y española sobre ruido. La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. La evaluación, prevención y reducción del ruido ambiental. Tema 33. Normativa internacional, comunitaria y nacional en materia de residuos. Clases de residuos. La producción, posesión, transporte y los principios de gestión. Tema 34. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. La Legislación sobre envases y residuos de envases. Los Planes y Programas Nacionales. Tema 35. Normativa comunitaria y nacional sobre sustancias y preparados peligrosos. Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre su clasificación, envasado y etiquetado. Tema 36. Legislación sobre Evaluación de Impacto Ambiental: La EIA en el ámbito comunitario: Directiva 85/337/CEE, ámbito de aplicación. Proyectos sometidos a EIA. La evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Tema 37. El marco jurídico de evaluación de Impacto Ambiental en España. La Legislación básica estatal: El Real Decreto Legislativo 1302/1986 de EIA. El R.D. 1131/1988 por el que se aprueba el Reglamento para su ejecución. Tema 38. La Directiva 96/61/CE y la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. Principios. Aspectos tecnológicos. Las Mejores Técnicas Disponibles. Valores límites de emisión. Los permisos integrados de instalación. Los intercambios de información. Tema 39. El Reglamento europeo relativo a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales. Concepto. Objeto. Ámbito de aplicación. Sistemas de gestión medioambiental, normas ISO. Tema 40. Actividades con organismos genéticamente modificados. Normativa comunitaria. Normativa española: la Ley 9/2003, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.

ANEXO III Tribunal Calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don Francisco Jarabo Sánchez, del Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Secretario: Don José Jiménez Quintas, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado. Vocales:

Doña Alejandra Puig Infante, de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Don Ángel Joaquín Navarro Barberán, de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM. Doña María Victoria Herrera Alonso, de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña Rocío Díaz Casado, del Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Secretaria: Doña Marta Coll de la Vega, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado. Vocales:

Don Javier Ruza Rodríguez, de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Doña Elena Carolina Sancho Gómez, de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM. Don Luis Hernández Camargo, del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio del Ministerio de Medio Ambiente», y en el recuadro correspondiente a código que figura a su lado «5913». En el recuadro 17, «Forma de acceso», los aspirantes que estén prestando servicios como funcionarios interinos en el grupo B en el Ministerio de Medio Ambiente, consignarán necesariamente la letra «A». El resto de los aspirantes consignarán la letra «B». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Medio Ambiente». En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el dígito que corresponda de las siguientes opciones de acuerdo con la mayor titulación académica poseída:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o equivalente.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,91 €.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0085/2145/82/0000000079 del Banco Santander Central Hispano a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO VI

Distribución territorial de las plazas objeto de la presente convocatoria

Localidad

Unidad

Número de plazas

Oviedo

Confederación Hidrográfica del Norte

1

Siero (Asturias)

Confederación Hidrográfica del Norte

7

Calzadilla de los Hermanillos (León)

Confederación Hidrográfica del Duero

1

Zaragoza

Confederación Hidrográfica del Ebro

3

Murcia

Confederación Hidrográfica del Segura

2

Valencia

Confederación Hidrográfica del Júcar

3

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