Visto el expediente de indulto de doña Josefa Aparicio Lomas, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por el Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, en sentencia de 24 de mayo de 1999, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial, sección primera, de Ciudad Real, de 30 de septiembre de 1997, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de ocho años y un día de prisión y multa de 51 millones de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de junio de 2006,
Vengo en conmutar a doña Josefa Aparicio Lomas la pena privativa de libertad impuesta por otra de cuatro años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de junio de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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