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Documento BOE-A-2006-11263

Orden ECI/1997/2006, de 30 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Colegio Suizo de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 2006, páginas 23948 a 23948 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-11263

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña Raquel Gómez Pérez, solicitando la inscripción de la Fundación Colegio Suizo de Madrid, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad Asociación Colegio Suizo de Madrid, en Alcobendas (Madrid), el 16 de diciembre de 2005, según consta en la escritura pública número tres mil doscientos diecisiete, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Gerardo V. Wichmann Rovira.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Alcobendas (Madrid), carretera de Burgos, km. 14 y, su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: La promoción de la educación y la enseñanza a niños y adultos de ambos sexos y de cualquier nacionalidad y/o religión, en todos los grados, de conformidad con la legislación vigente en Suiza y en España. Asimismo, será objeto de la Fundación el fomento y la práctica de actividades deportivas, de educación física, culturales y musicales en todas sus modalidades. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Magin Esteban Guardiola Stöcklin; Vicepresidente-Tesorero: Don Luis León Grosclaude Valdelomar; Secretaria: Doña Flavia Erika Keller Villanueva Sánchez; Vocales: Doña Anne Elisabeth Ardilso; Don Mario José Díaz Liebelt; Don Albert Burkhardt Barandun; Don Peter Steiner; Don René Portenier y Doña Ana Filippini Apalategui. En documentos privados con firmas legitimadas notarialmente consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente: El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002, y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones, y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Colegio Suizo de Madrid en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia. Por todo lo cual, dispongo:

Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada Fundación Colegio Suizo de Madrid, de ámbito estatal, con domicilio en Alcobendas (Madrid), carretera de Burgos, km. 14, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 30 de mayo de 2006.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Javier Díaz Malledo.

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