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Documento BOE-A-2006-11465

Orden DEF/2034/2006, de 19 de junio, por la que se concede el Premio Extraordinario de Defensa 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 27 de junio de 2006, páginas 24181 a 24181 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2006-11465

TEXTO ORIGINAL

Los Premios Defensa fueron creados en 1999 con el fin de reconocer trabajos sobre cuestiones relacionadas con la defensa, la paz, la seguridad y la historia militar, desarrollados en universidades, institutos, fundaciones y asociaciones; trabajos de estudio e investigación realizados en centros docentes de estudios militares españoles; y aquellos otros emitidos en prensa, radio y televisión españolas. La Orden DEF/3760/2003, de 26 de diciembre, deroga la anterior Orden de Creación de estos premios con el fin de incluir, además de los citados, un galardón que premie artículos o estudios de investigación sobre aspectos jurídicos relacionados con el ámbito de la defensa o de la Jurisdicción Militar, el Derecho Militar en general y, particularmente, los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

Asimismo, se crea el Premio Extraordinario de Defensa para recompensar la labor continuada de una persona o entidad en trabajos o colaboraciones ligadas a la defensa, la paz y la seguridad, y se establecen las normas generales para su adjudicación. En esta séptima edición, correspondiente al año 2006, el Ministro de Defensa ha decidido otorgar este Premio Extraordinario Defensa 2006, dotado con 6.000 euros y figura en bronce de Miguel de Cervantes a:

Cruz Roja Española.

Cruz Roja Española fue fundada el 6 de julio de 1864, desarrolla su actividad bajo la protección del Estado Español y se rige por los Convenios Internacionales y por los actuales Estatutos de 28 de junio de 1997.

El objetivo general de la Cruz Roja Española es la difusión y aplicación de los Principios Fundamentales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, fomentando y consiguiendo la colaboración voluntaria desinteresada de las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas en las actuaciones y sostenimiento de la Institución. Los objetivos de la Institución están recogidos en el Real Decreto de 1 de marzo de 1996 y por los Estatutos de 28 de junio de 1997, donde se especifica que las actividades se concretan en la consecución de los siguientes fines:

1. La búsqueda y fomento de la paz.

2. La difusión y enseñanza del Derecho Internacional Humanitario. 3. La difusión y defensa de los Derechos Humanos. 4. La actuación en caso de conflictos armados, como auxiliar de los servicios de sanidad pública, por los Convenios de Ginebra y Protocolos adicionales en los que España sea parte a favor de todas las víctimas de la guerra, tanto militares como civiles. 5. La atención a las personas y colectivos que sufren. 6. Accidentes, catástrofes, calamidades públicas, conflictos sociales, enfermedades, epidemias y otros riesgos o siniestros colectivos y sucesos similares. 7. Acciones de solidaridad y de bienestar social. 8. Programas de salud. 9. La promoción de la participación voluntaria de las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, en las actividades de sostenimiento de la Institución para el cumplimiento de sus cometidos. 10. El fomento de la participación de niños y jóvenes, así como de los ideales de paz, mutuo respeto y entendimiento entre todos los hombres y los pueblos. La Cruz Roja atenderá a todos, sin discriminación alguna por razón de sexo, edad, raza, nacimiento, religión, credo político y cualesquiera otras condiciones personales o sociales.

Cruz Roja Española, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y patrimonial para el cumplimiento de sus fines. Es auxiliar y colaboradora de las Administraciones Públicas en las actividades humanitarias y sociales, conservando la independencia y autonomía de la Institución, y acomoda sus actuaciones a los Principios Fundamentales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

Madrid, 19 de junio de 2006.-El Ministro de Defensa, José Antonio Alonso Suárez.

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