Con fecha 22 de julio de 2004, el Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, por delegación, el Secretario de Estado de Economía dictó Orden ministerial resolviendo el expediente de referencia, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de fecha 30 de abril de 2003, entre otros, a European Collective Integral Luxembourg, S. A., y habiendo adquirido firmeza, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» de la siguiente sanción por infracción muy grave, impuesta en dicha Orden ministerial, que dispuso, entre otras sanciones, la siguiente:
«V. Imponer a European Collective Integral Luxembourg, S. A., la siguiente sanción, prevista en el artículo 12 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito (conforme a la redacción vigente de la misma en el momento de la realización de los hechos infractores): (1) Sanción de multa por importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 euros) por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 4.I) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, relativa al incremento de participaciones significativas infringiendo lo previsto en el Título VI de la Ley 26/1988.»
En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida sanción disciplinaria.
Madrid, 8 de junio de 2006.-El Secretario General, José Antonio Alepuz Sánchez.
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