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Documento BOE-A-2006-11752

Orden ECI/2080/2006, de 8 de junio, por la que se conceden subvenciones dirigidas a Fundaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales, para el desarrollo de actividades formativas dentro del campo de la educación de las personas adultas, tendentes a elevar el nivel de formación que permita el desarrollo de la capacidad de participación política.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 2006, páginas 24685 a 24686 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-11752

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Orden ECI/872/2006, de 24 de febrero (BOE de 28 de marzo) por la que se convocaron subvenciones dirigidas a fundaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales, para el desarrollo de actividades formativas dentro del campo de la educación de personas adultas, tendentes a elevar el nivel de formación que permita el desarrollo de la capacidad de participación política, examinada la propuesta elaborada por la Comisión seleccionadora prevista en el apartado sexto de la citada Orden, he resuelto:

Primero.-Conceder a las fundaciones que se relacionan en el Anexo las subvenciones cuyas cuantías se señalan en el referido Anexo y cuyo importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.322H.480.04, del vigente presupuesto de gastos del Ministerio de Educación y Ciencia.

Segundo.-1. De conformidad con lo previsto en el apartado noveno de la convocatoria, el importe de las subvenciones que se conceden por la presente Orden, se hará efectivo anticipadamente a las correspondientes fundaciones beneficiarias. 2. Previamente éstas deberán constituir, a disposición de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, una garantía equivalente al 25 por ciento del importe de la subvención concedida. Dicha garantía habrá de constituirse en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, en cualquiera de las modalidades previstas en el Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero (BOE del 25), que aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos, y con los requisitos establecidos en el mismo para dichas garantías, disponiendo para ello de un plazo máximo de quince días a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado. Tercero.-El importe de las subvenciones se destinará íntegramente a financiar el coste de la actividad para la que se solicitó su concesión. Cuarto.-1. A efectos de justificar la correcta utilización de la subvención concedida, las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación a que se hace referencia en el apartado décimo de la Orden ECI/872/2006, de 24 de febrero (BOE de 28 de marzo), antes del 30 de enero de 2007. 2. Esta documentación, por duplicado (ejemplar original y copia o fotocopia), se presentará ante la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa. 3. La Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa realizará las comprobaciones que estime pertinentes para asegurar que los servicios se prestan conforme a los proyectos presentados.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Secretario General de Educación, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 8 de junio de 2006.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Pérez Iriarte.

ANEXO

Fundación

Importe

Fundación «Jaime Vera» - (PSOE)

215.400 €

Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales -(PP)

195.000 €

Fundación «Ramón Trías Fargas» - (CDC)

9.500 €

Fundación «President Josep Irla i Bosch» - (ERC)

9.500 €

Fundación por la Europa de los Ciudadanos - (IU)

5.000 €

Institut d´Estudis Humanistics «Miquel Coll i Alentorn» - (UDC)

4.000 €

Fundación «Galiza Sempre» - (BNG)

3.360 €

Fundación «Nous Horitzons» - (IPCV)

3.000 €

Fundación «Gaspar Torrente» - (CHA)

3.000 €

Fundación «Aragón XXI» - (PAR)

3.000 €

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